Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 19/11/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 4

RIO GALLEGOS, 19 de Noviembre de 2015.-

circunscripción III, del pueblo El Chaltén de esta Provincia, con destino a vivienda familiar.-

P-2

CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente Dr. GUILLERMO BASUALTO RODRIGO SUAREZ
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial _________

ACUERDO Nº 065
RIO GALLEGOS, 06 de Octubre de 2015.Expediente Nº 488.947/12.MODIFICASE el Artículo 23º, del Acuerdo Nº 001/15, en cuanto al destino se refiere, quedando redactado de la siguiente manera: Artículo 23º.ADJUDICASE en venta a favor del señor Gustavo Fernando MINOTTI, D.N.I. Nº 22.501.555, sobre la superficie de quinientos sesenta y ocho metros cuadrados con cincuenta y seis centímetros cuadrados 568,56 m, ubicada en la Parcela Nº 5, de la Manzana Nº 9, Circunscripción IV, del pueblo de El Chaltén de esta Provincia con destino a vivienda familiar y comercio.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de Tierras, se confeccionará la liquidación correspondiente a la modificación en el artículo anterior, siendo para vivienda y comercio 15 módulos el metro cuadrado m, equivalentes los mismos a un modulo al precio de un litro de gas-oil, fijada por Resolución Nº 944/05, ratificada por Acuerdo N 076/05, la cual será remitida al interesado.-

P-2

CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente Dr. GUILLERMO BASUALTO RODRIGO SUAREZ
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial _________

DISPOSICIONES
D.P.R.H.
DISPOSICION Nº 098
RIO GALLEGOS, 30 de Octubre de 2015.VISTO:
El Expediente N 498.211/02 y:
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la Empresa Minera Santa Cruz S.A., solicita el permiso de captación de agua del pozo N 1, ubicado en las coordenadas Lat 464030.6 - Long 701639.9 de la Unidad Minera San José, con fines de abastecimiento poblacional;
Que obra en expediente, ensayos de bombeo del punto de captación mencionado, realizados por el Lic. en Geología Rufino Alberto Sánchez;
Que la dotación a autorizar se ha fijado en un metro cúbico y medio por hora 1.5 m3/hr a extraerse del Pozo N 1, en función de los estudios presentados;
Que los metros cúbicos solicitados, serán ratificados mediante la lectura del caudalímetro instalado;
Que el uso que se le dará al agua extraída será catalogado como uso de abastecimiento poblacional, por lo que la empresa deberá cumplimentar con la Disposición N 020/2013 de la Ley 1451;
Que se autorizará la extracción por un período de seis 6 meses desde el 01 de octubre de 2015;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia;
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que mediante Resolución N 998/2002 delega dicha función a la
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4989 DE 14 PAGINAS

Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS
DISPONE:
Artículo 1º Otorgar permiso a favor de la Empresa Minera Santa Cruz S.A., con domicilio legal en General Mosconi 247, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, para realizar la captación de agua del pozo N l, ubicado en las coordenadas Lat 464030.6 - Long 701639.9, con fines de abastecimiento poblacional en el Unidad Minera San José, teniendo en cuenta la Normativa Vigente y de acuerdo a lo presentado.
Artículo 2º Que la dotación que se autoriza es de un metro cúbico y medio por hora 1.5m3/
hr a extraer del pozo 1. Con un régimen de bombeo de 4 horas de producción y 2 horas de recuperación, según lo recomendado en el Ensayo de bombeo presentado.
Artículo 3º Otorgar permiso por un período de seis 6 meses, a partir del 01 de octubre de 2015, con posibilidad de renovación.
Artículo 4º Que la empresa deberá presentar en forma quincenal, seguimiento de los niveles estáticos y dinámicos del pozo, y en un plazo de quince 15
días hábiles a partir de recibida la presente, la correspondiente caracterización físico química del agua.
Artículo 5º Que la empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la declaración jurada de los consumos mensuales realizados y el correspondiente registro fotográfico del caudalímetro instalado, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.
Artículo 6º Que el agua utilizada tendrá carácter de uso de abastecimiento poblacional, por lo que la Empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición N 020/DPRH/2013 Sistema Tarifario por uso especial de agua Ley 1451.
Artículo 7º Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta C.A.P. Fondos de Terceros, suc.
Río Gallegos, previa conformidad de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.
Artículo 8º Que el permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Disposición 03/03 Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial, perteneciente a la Ley Provincial de Aguas 1451.
Artículo 9º Facultar a técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así se considere conveniente.
Artículo 10º Que la empresa deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta 30 días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición.
Artículo 11º Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
Artículo 12º Que tal lo establece el Artículo N
40, de la Ley Provincial de Agua 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
Artículo 13º REGISTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración. Notifíquese a Minera Santa Cruz S.A. y cumplido. ARCHIVESE.-

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MAYORGA MARTA
Directora Provincial Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial
BOLETIN OFICIAL
DISPOSICION Nº 099
RIO GALLEGOS, 02 de Noviembre de 2015.VISTO:
El Expediente N 498.211/02, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la empresa Minera Santa Cruz S.A., solicita autorización para la perforación de un 1 pozo de exploración denominado PN 5, ubicado en la Unión Minera San José, tendiente a la posible captación de agua;
Que el pozo se ubicará en las siguientes coordenadas Gauss Kruger, Campo Inchauspe: Y: 2403287;
X: 4830625, en un radio de 5 metros del pozo N 3, el cual será dado de baja, de acuerdo a lo informado por Minera Santa Cruz S.A.;
Que será la empresa Macizo del Deseado S.A., la que realice los trabajos de perforación, la cual se encuentra inscripta en el Registro de Empresas Perforadoras, perteneciente a la Ley 1451;
Que se deberá solicitar a la Empresa, Memoria descriptiva y técnica de la perforación realizada, a fin de evaluar la posterior dotación a autorizar.
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia;
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que, mediante Resolución N 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente, POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS
DISPONE:
1º Otorgar permiso a favor de la Empresa Minera Santa Cruz S.A., con domicilio legal en Gral.
Mosconi 247 de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, para realizar la perforación de un 1 pozo de exploración denominado PN 5, ubicado en la Unidad Minera San José; tendiente a la captación de agua con fines de abastecimiento poblacional, teniendo en cuenta la Normativa vigente y de acuerdo con lo presentado.
2º Que la perforación se realizará en las siguientes coordenadas Gauss Kruger, Campo Inchauspe:
Y: 2403287; X: 4830625, en un radio de 5 metros del pozo N 3, el cual será dado de baja, de acuerdo a lo informado por Minera Santa Cruz S.A.
3º Que el permisionario deberá remitir a esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, toda la información técnica resultante del estudio hidrogeológico que se realice:
Perfiles litológicos Ensayos de bombeo a caudal constante y variable y ensayos de recuperación.
Determinación de los niveles estáticos y dinámicos del pozo Profundidad total, profundidad del entubado Diámetro de la cañería guía Tipo y profundidad de filtros Profundidad y tipo de grava utilizada Caudal característico Caudal recomendado.
Registro fotográfico Protocolos de análisis fisicoquímicos y bacteriológicos.
Y demás información que esta Autoridad de Aplicación, crea conveniente solicitar.
4º Facultar a técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así se considere conveniente.
5º Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la Normativa Vigente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 19/11/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha19/11/2015

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1654

Primera edición19/02/2002

Ultima edición21/03/2023

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