Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 28/11/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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Que asimismo se deberá Ratificar el Contrato celebrado entre la citada Cooperativa, representada por su Presidente, señora Malvina BIANCHI, su Secretaria señora María Belén CATRIMAN, y su Tesorera, señora Rosa ACOSTA, por una parte y por la otra, el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Cruz, representado en este acto por el Subsecretario de Abordaje Territorial señor Marcos TABACCO, constituyendo domicilio en su público despacho, sito en calle Salta Nº 75 de nuestra ciudad capital.Que el referido contrato tendrá vigencia, a partir del día 1º de julio de 2012, por un período de doce 12 meses, el cual podrá ser renovado por igual período, por acuerdo de partes en forma sucesiva y bajo las mismas condiciones, valores y términos que se pacten al momento de la renovación, según lo establecido en su CLAUSULA DECIMA QUINTA.Que atento a los plazos establecidos, se deja constancia que el importe a afectar al presente Ejercicio Financiero, asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS VEINTITRES CON VEINTE
CENTAVOS $ 632.923,20, correspondiente al período comprendido entre los meses de julio a diciembre del año 2012, debiéndose afectar al próximo ejercicio financiero la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS
VEINTITRES CON VEINTE CENTAVOS
$ 632.923,20, por el período comprendido entre los meses de enero a junio del año 2013.Que la presente contratación de servicios se realiza conforme a lo estipulado por la Ley Nº 760 de Contabilidad, sus modificatorias Leyes Nros. 2278, 2592 y 2732 y Decreto Reglamentario Nº 263/82
modificado por Decreto Nº 1812/10, en su Artículo 26º - Punto 3 - Inciso p Para adquirir bienes o Servicios que realicen o presten las Cooperativas de Trabajo con domicilio en la Provincia, que fueran promovidas por el Gobierno Provincial en función de Programas Sociales.Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 802/12, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 116 y a Nota SLyT-Nº 1831/12, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 122;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- CONTRATAR DIRECTAMENTE con la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales VIRGEN DEL VALLE Limitada Matrícula en trámite, C.U.I.T. Nº 30-71141259-6, con domicilio en Barrio 17 de Octubre, sito en calle Julio Carpio Nº 375 de la ciudad de Caleta Olivia, en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS
SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS
CUARENTA Y SEIS CON CUARENTA CENTAVOS $ 1.265.846,40, en concepto de Servicios de Atención Integral de Niños, servicio de cocina, auxiliar de cocina, distribución y servicio de comida, lavado y planchado en el Jardín Maternal Virgen del Valle de la mencionada ciudad, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.Artículo 2º.- RATIFICAR en todas sus partes el Contrato celebrado entre la Cooperativa de Trabajo VIRGEN DEL VALLE Limitada representada por su Presidente señora Malvina BIANCHI D.N.I.
Nº 31.007.095, su Secretaria señora María Belén CATRIMAN D.N.I. Nº 32.954.979, y su Tesorera, señora Rosa ACOSTA D.N.I. Nº 33.260.129, por una parte y por la otra, el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Cruz, representado en este acto por el Subsecretario de Abordaje Territorial señor Marcos TABACCO Clase 1957 - D.N.I. Nº 12.799.449, constituyendo domicilio en su público despacho, sito en calle Salta Nº 75 de nuestra ciudad capital, de conformidad a las dieciocho 18 Cláusulas, ANEXOS I y II, el referido Contrato tendrá vigencia, a partir del día 1º de julio de 2012, por el término de doce 12 meses, el cual podrá ser renovado por igual período, por acuerdo de partes
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4776 DE 12 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 28 de Noviembre de 2013.en forma sucesiva y bajo las mismas condiciones, valores y términos que el contrato inicial, según lo establecido en su Cláusula Décima Quinta y que como ANEXO I forma parte integrante del presente, atento a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 3º.- AFECTAR la suma total de PESOS
SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTITRES CON VEINTE CENTAVOS $ 632.923,20, con cargo al ANEXO: Ministerio de Desarrollo Social - ITEM: Subsecretaría de Desarrollo Humano y Economía Social - CARACTER:
Administración Central - FINALIDAD: Servicios Sociales - FUNCION: Promoción y Asistencia Social - SUB.FUNCION: Promoción y Asistencia Social sin Discriminar - SECCION: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operación - PARTIDA PRINCIPAL:
Servicios No Personales - PARTIDA PARCIAL:
Otros Servicios - PARTIDA SUB.PARCIAL: Otros No Especificados, del Ejercicio 2012.Artículo 4º.- DEJAR CONSTANCIA que la suma correspondiente a los meses de enero a junio de 2013, será afectado al próximo Ejercicio Financiero.Artículo 5º.- ABONAR a la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales VIRGEN DEL
VALLE Limitada, la suma total de PESOS
SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTITRES CON VEINTE CENTAVOS $ 632.923,20, a razón de PESOS CIENTO
CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y
SIETE CON VEINTE CENTAVOS $ 105.487,20
mensuales, a partir del día 1º de julio del año 2012 y por el término de doce 12 meses.Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario General de la Gobernación a cargo del Despacho del Ministerio de Desarrollo Social.Artículo 7º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social y a la Dirección Provincial de Contrataciones y a la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Economía y Obras Públicas a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Sr. Claudio Alejandro Pesse ________
DECRETO Nº 1911
RIO GALLEGOS, 21 de Septiembre de 2012.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 206.136/12, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita Contratar Directamente con la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales ELUNEY Limitada, Matrícula Nº 30.861, C.U.I.T. Nº 30-70917244-8, con domicilio en el Barrio 152 Viviendas - Calle Luis Gotti Nº 223, de nuestra ciudad capital, por la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS
SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS CON
CUARENTA CENTAVOS $ 2.207.822,40, en concepto de Servicio de atención Integral de Niños en el Jardín Maternal MANUELITA del Centro Integrador Comunitario Santa María de Belén de nuestra ciudad capital, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.Que asimismo se deberá ratificar el Contrato celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por su titular, señora Elsa Beatriz CAPUCHINELLI y por la otra parte la citada Cooperativa, representada en este acto por su Presidente, señora Evangelina Adriana FERNANDEZ, su Secretaria señora Yanina MORALES y su Tesorera señora Sandra Patricia ANDRADE.Que el referido Contrato tendrá vigencia, a partir del día 1º de agosto del año 2012, por el término de doce 12 meses, el cual podrá ser renovado por igual período, por acuerdo de partes en forma sucesiva y bajo las mismas condiciones, valores y términos que el contrato inicial, según lo establecido en su cláusula
BOLETIN OFICIAL
Décima Quinta;
Que atento a los plazos establecidos, se deja constancia que el importe a afectar al presente Ejercicio Financiero, asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL
NOVECIENTOS VEINTISEIS $ 919.926,00, correspondiente al período comprendido entre los meses de agosto a diciembre del año 2012, a razón de PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON VEINTE
CENTAVOS $ 183.985,20, debiéndose afectar al próximo ejercicio financiero la suma de PESOS UN
MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE
MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON
CUARENTA CENTAVOS $ 1.287.896,40, por el período comprendido entre los meses de enero a julio del año 2013;
Que la citada contratación de servicios se realiza conforme a lo estipulado por la Ley Nº 760 de Contabilidad, sus modificatorias Leyes Nros. 2278, 2592 y 2732 y Decreto Reglamentario Nº 263/82
modificado por Decreto Nº 1812/10, en su Artículo 26º - Punto 3 - Inciso p - Para adquirir bienes o Servicios que realicen o presten las Cooperativas de Trabajo con domicilio en la Provincia, que fueran promovidas por el Gobierno Provincial en función de Programas Sociales.Que cabe mencionar que se cuenta con la autorización del Ministerio de Economía y Obras Públicas, dando cumplimiento a lo expuesto en el Artículo 9º del Decreto Nº 005/12.Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 898/12, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 161 y a Nota SLyT-GOB-Nº 1843/12, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 167;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- CONTRATAR DIRECTAMENTE
con la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales:
ELUNEY Limitada, Matrícula Nº 30.861, C.U.I.T. Nº 30-70917244-8, con domicilio en el Barrio 152 Viviendas - Calle Luis Gotti Nº 223, de nuestra ciudad capital, por la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS
CON CUARENTA CENTAVOS $ 2.207.822,40, en concepto de Servicio de atención Integral de Niños en el Jardín Maternal MANUELITA del Centro Integrador Comunitario Santa María de Belén de nuestra ciudad capital, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.Artículo 2º.- RATIFICAR en todas su partes el contrato celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por su titular, señora Elsa Beatriz CAPUCHINELLI D.N.I. 10.431.995 y por la otra parte la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales: ELUNEY Limitada, representada en este acto por su Presidente, señora Evangelina Adriana FERNANDEZ D.N.I. Nº 26.870.226, su Secretaria señora Yanina MORALES D.N.I. Nº 30.069.160 y su Tesorera señora Sandra Patricia ANDRADE D.N.I. Nº 16.616.897, conformidad a las dieciocho 18 Cláusulas y Anexo que lo componen, el referido Contrato tendrá vigencia, a partir del día 1º de agosto del año 2012, por el término de doce 12 meses, el cual podrá ser renovado por igual período, por acuerdo de partes en forma sucesiva y bajo las mismas condiciones, valores y términos que el contrato inicial, el que como ANEXO I forma parte integrante del presente, atento a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 3º.- AFECTAR la suma total de PESOS
NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS $ 919.926,00, con cargo en el ANEXO: Ministerio de Desarrollo Social ITEM: Utilidades ISPRO LOAS - CARACTER:
Administración Central - FINALIDAD: Servicios Sociales - FUNCION: Promoción y Asistencia Social - SUBFUNCION: Promoción y Asistencia Social sin Discriminar - SECCION: Erogaciones Corrientes

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 28/11/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha28/11/2013

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1654

Primera edición19/02/2002

Ultima edición21/03/2023

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