Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 20/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3380

Santa Rosa, 20 de septiembre de 2019

Pág. N 3

Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.
LEY N 3169: APROBANDO LOS CONVENIO ESPECÍFICOS N 865, 890, 940, 1014 Y 1876, PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN
NACIONAL DE PRIMERA INFANCIA CELEBRADOS ENTRE LA SECRETARÍA NACIONAL DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA DE LA
NACIÓN Y EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N 11321/19
SANTA ROSA, 10 SEP 2019

Artículo 1: Apruébanse los Convenio Específicos N 865, 890, 940, 1014 y 1876, para la implementación del Plan Nacional de Primera Infancia celebrados entre la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia de La Pampa, ratificados mediante el Decreto N 1879/19 del Poder Ejecutivo, que forma parte de la presente Ley.
Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintinueve días del mes de agosto de dos mil diecinueve.

POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N 3690/19
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa C.P.N.
Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas
Fernanda Estefanía ALONSO, Ministra de Desarrollo Social.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 10 SEP 2019

REGISTRADA BAJO EL N 3169
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados, Provincia de La Pampa - Dra.
Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL CIENTO
SESENTA Y NUEVE 3169.
Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.

DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto N 2085 -30-V-19- Art. 1.- Habilítanse los créditos presupuestarios para atender erogaciones del mes de junio del corriente año, por los montos y conceptos que figuran en planillas anexas de fojas 265 a 286 del Expediente N
19273/18, de acuerdo con el Presupuesto aprobado por Ley N
3144 y sus modificatorias.
Decreto N 2473 -1-VII-19- Art. 1.- Habilítanse los créditos presupuestarios para atender erogaciones del mes de julio del corriente año, por los montos y conceptos que figuran en planillas anexas de fojas 291 a 311 del Expediente N
19273/18, de acuerdo con el Presupuesto aprobado por Ley N
3144 y sus modificatorias.
Decreto N 3480 -28-VIII-19- Art. 1.- Apruébase la Licitación Privada N 152/19, tramitada por el Departamento Compras y Suministros, y consecuentemente, adjudícase a los Señores Martín Alejandro NAAB, D.N.I. N 25.831.413, y Javier Oscar NAAB, D.N.I. N 18.419.063, la provisión de pan con destino al personal que presta servicios en Casa de Gobierno Av. Luro esquina Padre Buodo, en el edificio del Ministerio de Salud 9 de Julio y González, en el edificio del Ministerio de Desarrollo Social Pellegrini y Quintana, y en el Departamento de Estadística Sanitaria, Predio del Hospital Dr. Lucio Molas, todos de la ciudad de Santa Rosa, en la suma de $ 38,75 el kilogramo de pan Felipe. S/Expte. N 5274/19
Decreto N 3520 -2-IX-19- Art. 1.- Autorizase, a partir de la fecha, a la Dirección Provincial de Vialidad a fijar el valor del
viático móvil para Comisiones de Servicios de más de un día, que se realicen fuera de la Provincia, en la suma de $ 3.040,00, el valor del viático móvil para Comisiones de Servicios de más de un día, que se realicen dentro de la Provincia, en la suma de $ 2.050,00, el valor del viático fijo para el personal que pernocte en casillas que provee la Repartición y se encuentren a más de 20 km. de su asiento habitual en la suma de $
2.050,00 y el valor del viático fijo para el personal que pernocte en dependencias de la Repartición o en Casa habitación para el personal de Inspección de Obras en $ 1.437,00.
Art. 2.- Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a fijar el valor del desarraigo en $ 260,00.
Art. 3.- Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad a fijar los restantes valores de viáticos dentro y fuera de la Provincia de acuerdo a la reglamentación vigente en esa Repartición, conforme los valores fijados en los artículos precedentes.
Art. 4.- Derogase el Decreto N 3055/2018.
Decreto N 3529 -2-IX-19- Art. 1.- Apruébase la Licitación Pública N 43/19, tramitada por el Departamento Compras y Suministros, y consecuentemente, adjudícase a la COOPERATIVA DE TRABAJO RENACER LIMITADA, C.U.I.T. N 3371533641/9, la contratación de los servicios de limpieza y jardinería en el Colegio Secundario Tomas Mason ubicado en la calle Torroba N 759 de la ciudad de Santa Rosa, en la suma mensual de $ 139.737,73. S/Expte. N 3887/19
Decreto N 3556 -3-IX-19- Art. 1.- Apruébase la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 20/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha20/09/2019

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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