Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 2/2/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3295

Santa Rosa, 2 de febrero de 2018

dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.Decreto N 38 -22-I-18- Art. 1.- Apruébase el Concurso Interno de antecedentes y oposición convocado por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, mediante Resolución N 249/2017.Art. 2.- Promuévase a partir dela fecha del presente Decreto a la Categoría 3, Rama Administrativa, de la Ley N 643, a la Agente Silvana Marcela BUSTO, D.N.I. N
26.372.924, Afiliado N 82687, Legajo N 113850, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.Decreto N 39 -23-I-18- Art. 1.- Autorízase la intervención en el Concurso Interno de Antecedentes y Oposición a convocarse en la Jurisdicción O Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, para cubrir 5 cargos vacantes Categoría 1, Rama Administrativa Ley N 643, a agentes que revisten hasta la Categoría 14 inclusive, de la misma Rama y Ley.Decreto N 40 -24-I-18- Art. 1.- Ratifícase el Acuerdo celebrado el 1 de enero de 2018 entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia y la Asociación Civil OTTO KRAUSE, Matrícula N 2259, de la ciudad de General Pico, por el que se dispuso la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2018 el convenio que las partes suscribieran el 6 de enero de 2015, que fuera aprobado por Decreto N 10/15; por el que dicha Asociación pone a disposición del organismo provincial los recursos humanos especialmente capacitados para la contención de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad psicosocial, conforme lo normado en los artículos 4 de la Ley N 26061, 6 inciso d de la Ley N
2703 y 45 de la Ley N 1270, atento lo expuesto en los considerandos precedentes que forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Delégase en el Ministerio de Desarrollo Social las facultades concedidas a este Poder Ejecutivo por la Norma Jurídica de Facto N 835 para otorgar a la entidad citada en el artículo anterior, subsidios hasta la suma de $1.500.000,00, a los fines del cumplimiento del Decreto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Norma Jurídica de Facto N 951.Decreto N 41 -24-I-18- Art. 1.- Ratifícase el Acuerdo celebrado el 1 de enero de 2018 entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia y la Fundación AYUDÁNDONOS, Matrícula N 1224, de la ciudad de Santa Rosa, por el que se dispuso la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2018 del convenio que las partes suscribieran el 1 de julio de 2014, que fuera ratificado por Decreto N 359/14; por el que dicha Fundación pone a disposición del organismo provincial los recursos humanos especialmente capacitados para la contención de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad psicosocial, conforme lo normado en los artículos 4 de la Ley N 26061, 6 inciso d de la Ley N
2703 y 45 de la Ley N 1270, atento lo expuesto en los considerandos precedentes que forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Delégase en el Ministerio de Desarrollo Social las facultades concedidas a este Poder Ejecutivo por la Norma Jurídica de Facto N 835 para otorgar a la entidad citada en el artículo anterior, subsidios hasta la suma de $1.500.000,00, a los fines del cumplimiento del Decreto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Norma Jurídica de Facto N 951.-

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Decreto N 42 -24-I-18- Art. 1.- Ratifícase el Acuerdo celebrado el 1 de enero de 2018 entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia y la ASOCIACIÓN RUMEN, Matricula N 1808, de la ciudad de General Pico, por el que las partes propician la prórroga del convenio de referencia hasta el 31 de diciembre de 2018, el convenio que las palies suscribieron el día 25 de junio de 2014 que fuera aprobado por Decreto N 365/14, por el que dicha Asociación pone a disposición del organismo provincial los Recursos Humanos capacitados y los recursos materiales para la atención de los Adolescentes, con el objeto de realizar actividades recreativas, formativas, integradoras y de contención, conforme lo normado en los Artículos 4 de la Ley N 26061, 6 inciso d de la Ley N 2703 y 45 de la Ley N 1270 atento a lo expuesto en los considerandos precedentes. Dicho convenio forma parte del presente Decreto.Art. 2.- Delégase en el Ministerio de Desarrollo Social las facultades concedidas a este Poder Ejecutivo por la Norma Jurídica de Facto N 835 para otorgar a la entidad citada en el artículo anterior, subsidios hasta la suma de $1.500.000,00, a los fines del cumplimiento del Decreto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Norma Jurídica de Facto N 951.Decreto N 43 -24-I-18- Art. 1.- Ratifícase el Acuerdo celebrado el 1 de enero de 2018 entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia y la Fundación WETRACHÉ, Matricula N 1694, de la ciudad de Santa Rosa, por el que se dispuso la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2018 del convenio que las partes suscribieran el 25 de junio de 2014, que fuera ratificado por Decreto N 362/14; por el que dicha Fundación pone a disposición del organismo provincial los recursos humanos especialmente capacitados para la contención de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad psicosocial, conforme lo normado en los artículos 4 de la Ley N 26061, 6 inciso d de la Ley N
2703 y 45 de la Ley N 1270, atento lo expuesto en los considerando s precedentes. Dicho convenio forma parte del presente Decreto.Art. 2.- Delégase en el Ministerio de Desarrollo Social las facultades concedidas a este Poder Ejecutivo por la Norma Jurídica de Facto N 835 para otorgar a la entidad citada en el artículo anterior, subsidios hasta la suma de $1.500.000,00, a los fines del cumplimiento del Decreto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Norma Jurídica de Facto N 951.Decreto N 44 -24-I-18- Art. 1.- Créase, en la órbita de la Subsecretaría de Medios de Comunicación, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, la Dirección General de Comunicación Social y la Dirección General de Contenidos.Art. 2.- Suprímese la Dirección General de Prensa, prevista en el Anexo XVIII del Decreto N 19/15, perteneciente a la jurisdicción I, U.O. 22 pasando la planta de personal a revistar en la Dirección General de Comunicación Social.Art. 3.- Sustitúyese el Anexo XII del Decreto Reglamentario N 19/15 de conformidad al Anexo I del presente Decreto.Art. 4.- Apruébase el Manual de Misiones y Funciones de las Direcciones Generales de Comunicación Social y de Contenidos, que como Anexo II, integra el presente Decreto.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 2/2/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha02/02/2018

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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