Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 6/5/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3204

Santa Rosa, 6 de mayo de 2016

corroborado que el hecho que diera origen a la presente fuera realizado por Héctor José Dibin, sino que por el contrario el autor de los mismos sería Esteban Saúl Avalos; por lo que corresponde dictar el sobreseimiento de Héctor José Dibin, en los términos requeridos por el representante del Ministerio Público Fiscal. Finalmente, corresponde señalar que, habiendo corrido la vista pertinente a las partes, no se opusieron a lo solicitado por la Fiscalía, ni solicitaron la realización de medida probatoria alguna. Por lo expuesto Fallo: 1 dictando el sobreseimiento de Héctor José Dibin, D.N.I. N
29.074.142, nacido el día 24 de octubre de 1981, en la ciudad de Santa Rosa, La Pampa, soltero, domiciliado en calle San Luis N 1.758 de la localidad de Toay, en orden al delito por el cual se formalizara la investigación fiscal preparatoria nº 38.474 artículo 290, inciso 2; del Código Procesal Penal, con la constancia que la formación de la causa no afecta el buen nombre y honor del que pudiera gozar.- 2 Notifíquese, a través de la Oficina Judicial, practíquense las comunicaciones que correspondan y, oportunamente remítanse las actuaciones al Ministerio Público Fiscal. "
B.O. 3204 - 3205
Dirijo a Ud. el presente en el Legajo nº 46047/0, caratulado:
"MPF
C/MUÑOZ, Clemente Oscar S/Facilitación de la prostitución", a efectos de solicitarle se publique durante dos días en el Boletín Oficial, la notificación de MUÑOZ Clemente Oscar, D.N.I. nº 7.349.852, conforme lo dispuesto en el presente legajo que en su parte pertinente dice: "46047-MPF C/MUÑOZ, Clemente Oscar S/Facilitación de la prostitución - SANTA
ROSA L.P.; 30/03/2016.--Por recibido y conforme lo normado por el art. 296 del C.P.P., notifíquese a las partes de la acusación del Ministerio Público Fiscal y colóquese el legajo de investigación para su consulta por el plazo común de seis días.- Fdo.: GOMEZ, Lucas Alejandro Oficina Judicial
B.O. 3204 - 3025

P ág. N 999

Ramón Rivera DNI 37.034.066, nacido el día 30/08/1992, en Santa Rosa Provincia de La Pampa, de nacionalidad argentino, peón de albañil, de estado civil Soltero, con domicilio en calle Catriel Norte, casa N 622 de esta ciudad, Tel 2944347209, hijo de Ramón Miguel y Marcela Alicia Torino RESULTANDO CONSIDERANDO
FALLO: 1 CONDENANDO a Jonathan Ramón Rivera de circunstancias personales ya enunciadas, a la pena de a la PENA de UN AÑO DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, SIN
COSTAS arts. 355, 474 y 475 del c.p.p. como autor del delito Lesiones Leves Calificadas por la relación de pareja y Amenazas con Armas, en concurso real art. 89 -en relación a los arts. 92 y 80 inc. 1 149 bis, 1 párrafo, 2
supuesto del C.P.. 2.-3.-. II Abstenerse de realizar actos de perturbación y/o intimidación con respecto a Anabela Romina Polanco III Fdo: Mauricio Piombi, Juez de Control.B.O. 3204 - 3205

SECCIÓN COMERCIO, INDUSTRIA Y
ENTIDADES CIVILES
CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA Y
ARQUITECTURA DE LA PAMPA
RESOLUCIÓN Nº 1/16
Santa Rosa, 12 de abril de 2016
VISTO:
La Ley Provincial N 1163 del Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura de La Pampa y;
CONSIDERANDO:
Que faculta al Directorio en su art. 14, a fijar los valores vigentes de la Norma Jurídica precedentemente citada en la Provincia de La Pampa; y de acuerdo a lo tratado y aprobado en la reunión de directorio del día 12
de Abril de 2016;

POR ELLO:
Dirijo a Ud. el presente en Legajo nº 38543, caratulado:
EL DIRECTORIO DEL CONSEJO PROFESIONAL DE
"RIVERO, Jonathan Ramón s/ AMENAZAS SIMPLES Y
INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE LA PAMPA
LESIONES LEVES AGRAVADAS POR HABER
MANTENIDO UNA RELACIÓN DE PAREJA", a efectos RESUELVE:
de solicitarle se publique durante dos días en el Boletín Oficial, la notificación de Anabela Romina POLANCO, DNI
ARTICULO 1: Adecuar los montos previstos en la Ley de N: 38.807.999, domiciliada en calle Pasaje Sin Nombre, Arancel N 1163 de acuerdo al detalle enunciado en el casa n 89 e/ Donatti y Antartida Argentina, conforme lo anexo I que forma parte de la presente, con vigencia a dispuesto por el art. 143 del C.P.P., de la resolución que partir del día 9 de Mayo del corriente año.en su parte pertinente dice: "SENTENCIA NÚMERO DOS
ARTICULO 2: Queda derogada la resolución N 04/2015
MIL DIECISÉIS.- En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la y todas aquellas que se opongan a la presente.Provincia de La Pampa, a los 17 días del mes de Marzo ARTICULO 3: REGISTRESE, PUBLIQUESE EN
del año dos mil dieciséis, en la sede del Juzgado de BOLETÍN OFICIAL Y CUMPLIDO ARCHIVESE.Control N Tres, se constituye el Sr. Juez, Dr. Mauricio Arq. María G. MATILLA, Presidente M.M.O. José R.
Piombi, a efectos de dictar sentencia en el expediente N
RODRIGUEZ, Secretario C.P.I.A.L.P.38543 caratulado "RIVERO, Jonathan Ramón s/ Lesiones B.O. 3204
Leves - Amenazas Simples" seguido respecto de Jonathan ANEXO
nota: se mencionan solamente los valores monetarios y según los artículos de la Ley Provincial nº 1163
ART. 3
HASTA
DESDE
DESDE

2.400
2.400
9.600

HASTA
HASTA

9.600
24.000

25 %
20 %
15 %

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 6/5/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha06/05/2016

Nro. de páginas66

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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