Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 4/10/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3069

Pág. N 2149

Santa Rosa, 4 de octubre de 2013

DADO en SANTA ROSA, Provincia de La Pampa, en el día de la fecha.
Presidente Subrogante Dr. José Roberto SAPPA, Vocal Dr. Francisco GARCIA, POR ANTE MÍ: Secretario Dr. José Carlos MOSLARES, Tribunal de Cuentas Provincia de La Pampa.SENTENCIA Nº 2749/2013
Santa Rosa, 13 de septiembre de 2013

Mayo-Agosto/2011, tramitada en Expediente Nº 3914/2012
- TdeC.
Artículo 2º: Revócase el cargo impuesto mediante Sentencia N 1537/2013, por la suma de PESOS UN
MIL OCHOCIENTOS $ 1.800,00 por los conceptos detallados en el Informe de Jefatura de División Segunda obrante a fojas 11 del Expediente Nº 3914/2012 -TdeC.
Artículo 3º: Rubríquese por Secretaría el presente fallo que consta de DOS fojas, fírmese DOS ejemplares del mismo, comuníquese y cumplido archívese.

VISTO:
La Sentencia Nº 1537/2013 dictada por este Tribunal, correspondiente a Rendición de Subsidios otorgados a la Entidad Padres y Amigos del J.I.N. Nº 14 Período Mayo-Agosto/2011, tramitada en Expediente Nº 3914/2012 -TdeC; y CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo dispuesto en la misma, el Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa intima a la devolución de la suma de PESOS UN MIL
OCHOCIENTOS $ 1.800,00 a la entidad beneficiaria del subsidio Padres y Amigos del J.I.N. Nº 14, y solidariamente a sus autoridades Señor Guillermo Carlos GARCIA - DNI Nº 21.573.341, Señor Marcelo Sergio FAUR DNI Nº 20.589.440 y Señor Marcelo Gastón de la BARRERA DNI Nº 21.882.948 en calidad de Presidente y Secretario y Tesorero;
Que los responsables han presentado en tiempo y forma Recurso de Revocatoria obrante a fojas 8 y 9;
Que valorados dichos descargos, Jefatura de División Segunda emite Informe obrante a fojas 11, mediante el cual considera que debería desestimarse la totalidad del cargo;
Que el Sr. Vocal de Sala II comparte lo expresado, elevando las actuaciones al Tribunal para el dictado de Sentencia;
Que abocado el Tribunal de Cuentas a la consideración de las presentes actuaciones, comparte lo expresado en los mencionados Informes, ya que se ha evaluado y merituado adecuadamente la documental presentada e incorporada por los responsables, siendo el análisis final ajustado a derecho;
Que cumplidos los recaudos previstos por el Decreto Ley Nº 513/69 y en concordancia con el artículo 29, corresponde a este Cuerpo expedirse con relación a las rendiciones de cuentas presentadas;
POR ELLO:
LA SALA II
DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
FALLA:
Artículo 1º: Téngase por presentado el Recurso de Revocatoria contra lo resuelto mediante Sentencia Nº 1537/2013, correspondiente a la Rendición de Cuentas presentada por la entidad beneficiaria Padres y Amigos del J.I.N. Nº 14, en concepto de subsidios otorgados por la Cámara de Diputados - Período
DADO en SANTA ROSA, Provincia de La Pampa, en el día de la fecha.
Presidente Subrogante Dr. José Roberto SAPPA, Vocal Dr. Francisco GARCIA, POR ANTE MÍ: Secretario Dr. José Carlos MOSLARES, Tribunal de Cuentas Provincia de La Pampa.SENTENCIA Nº 2750/2013
Santa Rosa, 13 de septiembre de 2013
VISTO:
La Sentencia Nº 1458/2013 dictada por este Tribunal, correspondiente a Rendición de Subsidios otorgados a la Entidad Fundación Para la Educación Período Mayo-Agosto/2011, tramitada en Expediente Nº 3621/2012 -TdeC; y CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo dispuesto en la misma, el Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa intima a la devolución de la suma de PESOS UN MIL $
1.000,00 a la entidad beneficiaria del subsidio Fundación Para la Educación, y solidariamente a sus autoridades Señora Bibiana TITTARELLI - DNI Nº 21.925.974, Señora Liliana Marina MORES DNI Nº 25.728.351 y Señor Laureano BURGOS DNI Nº 24.369.804 en calidad de Presidente y Secretario y Tesorero;
Que los responsables han presentado en tiempo y forma Recurso de Revocatoria obrante a fojas 14 a 28;
Que valorados dichos descargos, Jefatura de División Segunda emite Informe obrante a fojas 30, mediante el cual considera que debería desestimarse la totalidad del cargo;
Que el Sr. Vocal de Sala II comparte lo expresado, elevando las actuaciones al Tribunal para el dictado de Sentencia;
Que abocado el Tribunal de Cuentas a la consideración de las presentes actuaciones, comparte lo expresado en los mencionados Informes, ya que se ha evaluado y merituado adecuadamente la documental presentada e incorporada por los responsables, siendo el análisis final ajustado a derecho;
Que cumplidos los recaudos previstos por el Decreto Ley Nº 513/69 y en concordancia con el artículo 29, corresponde a este Cuerpo expedirse con relación a las rendiciones de cuentas presentadas;
POR ELLO:
LA SALA II

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 4/10/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha04/10/2013

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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