Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/6/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. n 808

Santa Rosa, 27 de Junio de 2003

- Ministerio de Bienestar Social: Alberto José PONS
- Documento Nacional de Identidad N 12.244.991.
- Ministerio de Cultura y Educación: Silvia MORENO - Documento Nacional de Identidad N
14.232.814.
- Ministerio de la Producción: Laura Esther TAPIA Documento Nacional de Identidad N 20.561.186.
- Ministerio de Hacienda y Finanzas: María Teresa TULLIO - Documento Nacional de Identidad N
5.407.192.
- Secretaría General de la Gobernación: Juan Miguel ABDO - Documento Nacional de Identidad N
21.081.096.
- Instituto de Seguridad Social: Dra. María Regina ATENCIO -Libreta Cívica N 5.443.662.Decreto N 984 -17-VI-03Art. 1.Apruébase lo actuado por la Dirección General de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y en consecuencia autorízase a la citada repartición a convocar un llamado a LICITACION PRIVADA para la ejecución de la obra:
REMODELACION
COCINA
CENTRAL
Y AMPLIACION SANITARIOS - HOSPITAL LUCIO
MOLAS - SANTAROSA, conforme al Presupuesto Oficial que asciende a la suma de $ 230.881,00 con un plazo de ejecución de 150 días corridos, encuadrando el procedimiento en las disposiciones del artículo 9 de la Ley General de Obras Públicas N 38 y sus modificatorias.Art. 2.- El gasto que demande la ejecución de la obra será imputado de la siguiente manera: $
180.000,00 a: carácter 0 - Jurisdicción R - Unidad de Organización 02 - Cuenta 0 - Función 310 - Sección 2 P.P. 051 - p.p. 02 - Subparcial 01 - 3791 COCINA
LUCIO MOLAS del presupuesto en vigencia y la diferencia faltante será imputada al presupuesto del año 2004, para lo cual deberá darse cuenta a la Cámara de Diputados según lo establecido en la Ley N 3
vigente.-

BOLETIN OFICIAL N 2533

212-1 Metileo: $ 2.300,00 - Adquisición bomba sumergible.
084-4 Monte Nievas: $ 5.000,00 - Reparación parque automotor.
213-9 Trenel: $ 5.000,00 - Reparación pala cargadora.
151-1 Agustoni: $ 5.000,00 - Construcción viviendas.
131-3 Cuchillo Có: $ 2.000,00 - Adquisición mesas y sillas Salón Usos Múltiples.
143-8 Limay Mahuída: $ 2.500,00 - Adquisición cubiertas y llantas camión.
193-3 Maisonnave: $ 1.800,00 - Reparación motoniveladora.
104-0 Perú: $ 3.600,00 - Adquisición cisterna.
186-7 Quetrequén: $ 1.500,00 - Ultima cuota adquisición inmueble.
062-0 Sarah: $ 4.000,00 - Construcción tapial cementerio.Disp. N 098 -12-VI-03- Art. 1.- Acuérdase un aporte no reintegrable por la suma de $/Lp 7.000,00, a favor de la Municipalidad de Intendente Alvear -0653-, destinado a cubrir gastos de funcionamiento.Disp. N 099 -13-VI-03- Art. 1.Acuérdanse aportes no reintegrable por la suma total de $ 22.000,00, a favor de las comunas que se citan por los montos que se indican, para atender el financiamiento de déficit, gastos de emergencia y otros conceptos Artículo 11 Ley 1.065, de acuerdo al siguiente detalle:
011-7 Doblas: $ 1.000,00
065-3 Intendente Alvear: $ 1.000,00
153-7 General Pico: $ 5.000,00
024-0 Santa Rosa: $ 2.000,00
204-8 Toay: $ 8.000,00
213-9 Trenel: $ 1.000,00
176-8 Villa Mirasol: $ 4.000,00.

MINISTERIO DE LA PRODUCCION
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
SUBSECRETARIA DE
ASUNTOS MUNICIPALES
Disp. N 097 -11-VI-03- Art. 1.Acuérdense aportes no reintegrables por la suma total de $ 45.200,00, a favor de las Comunas que se citan, por los montos y conceptos que se indican, con destino en todos los casos a financiar total o parcialmente inversiones en obras públicas y/o equipamiento general y/o proyectos particulares de interés comunal, tal como lo establece el artículo 8 de la Ley Provincial N
1065, de acuerdo al siguiente detalle:
111-5 Bernasconi: $ 2.500,00 - Adquisición mini tractor.
011-7 Doblas: $ 2.500,00 - Adquisición neumáticos.
194-1 Embajador Martini: $ 4.000,00 - Reparación caminos vecinales.
043-0 Lonquimay: $ 3.500,00 - Adquisición protectores de motores.

Res. N 147 -19-VI-03- Art. 1.- Concédese a la Señora Nélida CARLE de MANGO L.C. N
5.441.364, beneficiaria de un crédito de promoción industrial por Decreto N 1953/97, una ampliación del plazo de devolución del capital adeudado y de sus correspondientes intereses, por el lapso de 4 años.-

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS AGRARIOS
DE LA TEMPORADA
Disp. N 94 -13-V-03- Art. 1.- Se establece la temporada de caza comercial de liebre europea dentro del período comprendido entre el 15 de Mayo y el 31 de Julio del corriente año.
DE LOS REQUISITOS PARA CAZAR
Art. 2.- Para el ejercicio de la caza comercial el cazador deberá contar con:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/6/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha27/06/2003

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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