Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/10/2023

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 09 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 114

Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-07 Hospital Dr. Arturo Zabala, la Partida Gasto en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-23 "Adecuación Personal Ley N 4413". correspondiente a la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8946-S/2023.EXPTE. Nº 715-474/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 AGO. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promuévase a partir del 01 de enero de 2023, a la Sra. Rodríguez, Ana María, CUIL N 27 -14651802-3, al cargo categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N 3161/74, de la Unidad de Organización R6-01-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", en el marco de lo dispuesto por la Ley N 5502, y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente Decreto se atenderá con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2023
La partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos, Ley N 6325, para la Unidad de Organización "R6- 01-03" Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana, la que en caso de resultar insuficiente se reforzará tomando Créditos de la partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesorodenominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley N 5502".ARTÍCULO 3º.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3. Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley N 3161/74 modificada por Ley N 5748.ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y el Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para su conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8954-S/2023.EXPTE. Nº 741-029/10.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 AGO. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto N 3048-S-2021, de fecha 23 de abril de 2021, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- Adecuase a la Licenciada en Enfermería Elisa Norma Piñero, CUIL 27-26751492-0, al cargo categoría A-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, en la U. de O.: R 6-01-24 Hospital "Gdor. Ing. Carlos Snopek", a partir de la fecha del presente decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2023, Ley N 6325, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2023
Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-24 Hospital Gdor. Ing. Carlos Snopek, la Partida de Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-23 Adecuación Personal Ley N 4413", en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8957-S/2023.EXPTE. Nº 712-182/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 AGO. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Salud, a imputar la erogación derivada del Expte. N 712-182/2019, caratulado: "REF. SOLICITUD DE PAGO
De CRITICIDAD PARA LA DRA. PAOLA BETIANA VIDOVIC cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables a la Partida 03-10-15-01-26 "Para el Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de RecursosEjercicio 2.023- Ley N 6325, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto debiendo el organismo respectivo cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

3224

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/10/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha08/10/2023

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones1225

Primera edición10/01/2018

Ultima edición19/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2023>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031