Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/9/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 29 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 110

Y OTROS: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los CINCO días del mes de JULIO del año dos mil veintitrés, ante mí, MARIA CRISTINA PALACIOS, Escribana Titular del Registro número dieciséis, comparecen, por una parte, la señorita MARÍA
PAULA BELLOMO TERRÓN, Documento Nacional de Identidad número 32.629.930, CUIL 27-32629930-3, soltera, nacida con fecha 18/04/1987, domiciliada en calle El Naranjero número 656, Barrio Los Perales de esta Ciudad; y por la otra, los señores, PEDRO ALBERTO BE LLOMO TERRÓN, Documento Nacional de Identidad número 23.581.333, CUIT 20-23581333-6, nacido el 17/11/1973, casado en primeras nupcias con María Belén Jenefes, domiciliado en calle Pasquini López número 318, Barrio Alto La Viña de esta Ciudad, JOSÉ ADRIAN BELLOMO TERRON, Documento Nacional de Identidad número 26.793.951, CUIT 23-26793951-9, nacido el 19/12/1978, divorciado, domiciliado en calle Coronel Arias número 421, Barrio Ciudad de Nieva de esta Ciudad, y LUCIANO BELLOMO TERRON, Documento Nacional de Identidad número 26.232.266, CUIT 20 -26232266-2, nacido el 26/09/1977, casado en primeras nupcias con María Pía Izquierdo, domiciliado en calle El Lapacho número 199, Barrio Los Perales de esta Ciudad. Todos argentinos. Personas a quienes individualizo y son de mi conocimiento, las que declaran bajo juramento que a la fecha, no se registran sobre ellas restricciones a la capacidad o declaraciones de incapacidad. INTERVIENEN por sus propios derechos, y los señores José Adrián Bellomo Terrón y Luciano Bellomo Terrón lo hacen además en nombre y representación y en su calidad de socios gerentes de la sociedad denominada BELLOMO S.R.L. COMPAÑÍA
ARGENTINA DE CONSTRUCCIONES, CUIT 30-50342617-6, con domicilio de su sede social en calle Belgrano número 1383/1387 de esta Ciudad, según se acredita mas adelante.-I EXPOSICIÓN: La señorita María Paula Bellomo Terrón expone: I.1. Que es titular de VEINTE MIL 20.000 cuotas sociales, de la sociedad de responsabilidad limitada denominada "BELLOMO S.R.L. COMPAÑÍA ARGENTINA DE CONSTRUCCIONES", cuyo contrato social y estatuto fuera otorgado mediante instrumento privado de fecha 10 de mayo de 1976, e inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, bajo asiento número 3693, a los folios 482 al 487 del Legajo XLI del Registro de Escrituras Mercantiles, y al folio 204, Acta número 2655, del Libro VII de la Matrícula de Comerciantes, ambas inscripciones practicadas con fecha 13 de agosto de 1976; el que fuera luego sucesivamente modificado según se relacionará mas adelante. I.2. Que las mencionadas cuotas sociales se encuentran totalmente integradas. I.3. Que sobre las cuotas sociales no se registra ningún género de gravámenes, restricciones o derechos reales. I.4. Que en el día de la fecha y mediante escritura número 69 obrante en este mismo protocolo, ha celebrado un contrato oneroso de renta vitalicia con los señores Pedro Alberto Bellomo Terrón, José Adrián Bellomo Terrón y Luciano Bellomo Terrón, en virtud del cual, y como contraprestación, se obligó a otorgar la cesión que sigue. I.5. Que el número de cuotas de las que es titular le impide dividirlas en las cantidades que necesita a los efectos de este acto sin fraccionarlas, por lo que, a fin de poder continuar con el otorgamiento de la cesión que se instrumentará en esta escritura, y de actualizar en moneda vigente el valor nominal del capital social, es necesario previamente dejar modificada y consecuentemente salvada esta cuestión, a cuyos efectos cuenta con la conformidad de los restantes socios.- II AUMENTO DE CAPITAL-MODIFICACIÓN DE ESTATUTO: En base a lo expuesto precedentemente, los comparecientes, socios integrantes de BELLOMO S.R.L. COMPAÑÍA ARGENTINA DE CONSTRUCCIONES y quienes representan la totalidad del capital social de dicha sociedad, resuelven por unanimidad: 1º AUMENTAR el CAPITAL SOCI AL de la sociedad de, pesos ley 18.188 un millón $ Ley 1.000.000,00- hoy $ 0,1-, dividido en 100.000 cuotas de pesos ley 18.188 diez $ Ley 10,00 -hoy $ 0,000001- cada una, a PESOS TRES MILLONES $3.000.000,00, dividido en tres mil 3000 cuotas de pesos cien 100 cada una, el que suscriben e integran en su totalidad en dinero en efectivo, por la suma de pesos tres millones $3.000.000,00, en proporción a sus respectivas participaciones, incluida la que les corresponde a cada uno ellos como herederos declarados en el sucesorio de su padre y otrora socio de la sociedad, Pedro Virgilio Bellomo, que tramita mediante Expediente número C-177666/2021, ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial número 2, Secretaría número 4, de esta Provincia. y como cesionarios de su madre y cónyuge supérstite, Herminia Honoria Terrón, otorgada mediante escritura número 117 de fecha 27 de agosto de 2021, autorizada por la Escribana María Cristina Palacios, correspondiendo por lo tanto la siguiente distribución: Pedro Virgilio Bellomo hoy sus herederos y cesionarios: seiscientas 600
cuotas sociales; Pedro Alberto Bellomo Terrón: seiscientas 600 cuotas sociales mas el derecho a la adjudicación en sucesori o de ciento cincuenta 150
cuotas sociales; José Adrián Bellomo Terrón: seiscientas 600 cuotas sociales mas el derecho a la adjudicación en sucesorio de ciento cincuenta 150 cuotas sociales; Luciano Bellomo Terrón: seiscientas 600 cuotas sociales mas el derecho a la adjudicación en sucesorio de ciento cincuenta 150 cuotas sociales; y María Paula Bellomo Terrón: seiscientas 600 cuotas sociales mas el derecho a la adjudicación en sucesorio de ciento cincuenta 150 cuotas sociales.
Agregan que la integración del aumento de capital será acreditada oportunamente con el comprobante de depósito en el banco que la autoridad competente designe y cuando ésta así lo ordene, de conformidad con la normativa legal. 2º MODIFICAR, en virtud del aumento dispuesto, la cláusula cuarta de su estatuto, la que a partir de ahora, queda redactada de la siguiente forma: ARTICULO 4º: El capital social se fija en la suma de PESOS TRES MILLONES $
3.000.000,00, dividido en TRES MIL 3000 CUOTAS de PESOS CIEN $100,00 cada una. La sociedad podrá exigir cuotas suplementarias de capital, hasta un monto máximo equivalente a cinco 5 veces el capital actual, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 160 de la Ley de Sociedades vigente..
Por lo demás quedan sin modificación las restantes cláusulas del contrato y estatuto social de la mencionada sociedad.- III CESIÓN: III.1. OBJETO: En este estado, la señorita María Paula Bellomo Terrón en adelante denominada la cedente-, DICE: que dando cumplimiento a la obligación asumida en el contrato oneroso de renta vitalicia antes relacionado, por este instrumento, CEDE Y TRANSFIERE a favor de los señores PEDRO ALBERTO BELLOMO TERRON, JOSÉ ADRIÁN BELLOMO TERRON y LUCIANO BELLOMO TERRON en adelante denominados los cesionarios-, las seiscientas 600 cuotas sociales de las que es titular en la sociedad denominada Bellomo SRL Compañía Argentina de Construcciones, distribuidas en partes iguales es decir, doscientas 200 cuotas sociales a cada uno de ellos-. III.2. ACEPTACIÓN: Por su parte, los cesionarios manifiestan: que ACEPTAN la presente cesión en los términos establecidos, subrogándose, en todos los derechos y obligaciones correspondientes a la participación de la socia cedente en Bellomo S.R.L. Compañía Argentina de Construcciones, cuyo contrato social y estatuto declaran conocer y aceptar. III.3. NOTIFICACIÓN A LA SOCIEDAD: En este acto, los señores José Adrián Bellomo Terrón y Luciano Bellomo Terrón en nombre y representación y en su calidad de socios gerentes de BELLOMO S.R.L.
COMPAÑÍA ARGENTINA DE CONSTRUCCIONES, toman conocimiento y SE NOTIFICAN de la presente cesión. III.4. NUEVA COMPOSICIÓN DEL
ELENCO Y DEL CAPITAL SOCIAL: Como consecuencia de la presente cesión, la composición del elenco social y la distribución de las respectivas participaciones en el capital social de BELLOMO S.R.L. COMPAÑÍA ARGENTINA DE CONSTRUCCIONES, queda a partir de ahora de la siguiente forma: Pedro Virgilio Bellomo hoy sus herederos y cesionarios: titular de seiscientas 600 cuotas sociales aun pendientes de adjudicación en el juicio sucesorio relacionado anteriormente para su posterior inscripción en el Registro Público a nombre de los sucesores; Pedro Alberto Bellomo Terrón, titular de ochocientas 800 cuotas sociales; José Adrián Bellomo Terrón, titular de ochocientas 800 cuotas sociales; y Luciano Bello mo Terrón, titular de ochocientas 800 cuotas sociales.- IV DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS: Los nombrados comparecientes en sus calidades de socios, y en su caso también como gerentes de BELLOMO S.R.L. COMPAÑÍA ARGENTINA DE CONSTRUCCIONES., Declaran Bajo Juramento: IV.1. Que la sede de la administración de la sociedad se encuentra ubicada y se mantiene desde su constitución en calle Belgrano número 1387/1387 de esta Ciudad, siendo éste el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la entidad. IV.2. Que la dirección de correo electrónico de la sociedad, que dejan fijada para toda notificación que deba efectuarse a la entidad es la siguiente: gestion.bellomo@gmail.com.- IV.3. Que los señores José Adrián Bellomo Terrón y Luciano Terrón, en sus calidades de gerentes de la sociedad, no se encuentran comprendidos en ninguna incompatibilidad o inha bilidad legal para ejercer sus cargos. IV.4. Que ninguno de ellos es persona políticamente expuesta en los términos de la Resolución 11/2011 de la Unidad de Información Financiera, de cuyo contenido han tomado debido conocimiento.- V TRÁMITE INSCRIPTORIO: Los otorgantes requieren y por tanto facultan a la Escribana María Cristina Palacios, para realizar todos los trámites necesarios para la inscripción de la presente cesión y modificación de contrato social, así como de la extinción del usufructo antes relacionada, en el Registro Público de la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de esta Provincia.- VI
CONSTANCIAS NOTARIALES: Yo la Autorizante, hago constar lo siguiente: VI.1. LEGITIMACIÓN DEL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD: Los señores José Adrián Bellomo Terrón y Luciano Bellomo Terrón acreditan la representación invocada mediante la siguiente documentación: VI.1.a. Contrato social otorgado por instrumento privado de fecha 10 de mayo de 1976, e inscripto en el Registro Público de Comercio de la Pro vincia de Jujuy, bajo asiento número 3693, a los folios 482 al 487 del Legajo XLI del Registro de Escrituras Mercantiles, y al folio 204, Acta número 2655, del Libro VII de la Matrícula de Comerciantes, ambas inscripciones practicadas con fecha 13 de agosto de 1976; y sus modificatorias: a Transferencia de cuota s sociales por retiro de socio, de fecha 3 de marzo de 1981, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo Asiento número 4250, a los folios 266 y 267, tomo I, del Legajo XLVI del
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/9/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha29/09/2023

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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