Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 27/5/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 29 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 59

24/29/31 MAY. LIQ. Nº 32409-32539 $1.650,00.INSCRIPCION DE MARTILLERO - RODOLFO ROQUE ROSSO D.N.I. N 28.342.791, comunica que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 62
inc. 1 de la Ley 4152/85 y Ley Nacional N 25028/99, Art. 1 y Art. 3, ha solicitado su inscripción en la Matrícula de Martillero Público. Oposiciones en la sede del Colegio de Martilleros, sita en Coronel Dávila esquina Araoz, Ciudad de Nieva.- Publíquese por tres 3 veces en diez 10 días en el Boletín Oficial y un Diario local.- Fdo. José A. Mele Brusotti - Presidente.15/22/29 MAY. LIQ. Nº 32420 $1.650,00.Dra. María Julia Garay Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6, Secretaría N 12, en el Expte. N C-140312/19, caratulado: Prepara Vía Ejecutiva INDEPENDENCIA S.R.L. c/ ALABI, MARIA ANGELICA y otro, se ha dictado el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 17 de Marzo de 2021. Atento a lo solicitado, constancias de autos y a lo informado por Secretaría, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs.78 vta, teniéndose por expedita la vía ejecutiva, en consecuencia, líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de MARIA ANGELICA ALABI y DIANA
ANGELICA DOMINGO ALABI en los domicilios denunciados, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCO
$134.905 en concepto de capital reclamado con más la de PESOS VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO $26.981 presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, se informa que ya se procedió a trabar EMBARGO sobre el automotor domino OUZ082 según constancias en fs 86 vta hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial a los propios afectados y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso expresen montos, nombre y domicilio del o los Acreedores y cíteselos de remate para que en el tér mino de cinco días, concurran ante este Juzgado y Secretaría, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución. Córrase traslado a las partes demandadas del pedido de intereses con las copias respectivas, y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, intímese a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificar en lo sucesivo por Ministerio de ley Art.52 del C.P.C.. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de justicia con las facultades inherentes del caso y a quien se librará el mandamiento respectivo. Notifíquese por cedula.- Publíquense en edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días. - Hágase saber a los demandados que los términos comienzan a correr a partir de la última notificación.29/31 MAY. 02 JUN. LIQ. Nº 32182 $1.650,00.Dr. Diego Armando Puca Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, Secretaría N 3, en el Expte. N C-162115/20 caratulado: COBRO DE
ALQUILERES O ARRIENDOS INDEPENDENCIA S.R.L. c/ COGNETTA GRIMAUDO, MARTIN GABRIEL, MAYANS EDUARDO ENRIQUE Y
GARCIA NASER MARCELO DANIEL, se han emitido los siguientes proveídos: San Salvador de Jujuy, 14 de Junio de 2022.- Habiendo dado cumplimiento con lo ordenado a fs 116 de autos y atento a la demanda de ejecutiva deducida y lo ordenado por los Art. 472, 478 y correlativos del C.P.C.
líbrese en contra de los demandados Sres. COGNETA GRIMAUDO MARTI, MAYANS EDUARDO ENRIQUE Y GARCIA NASER MARCELO DANIEL, Mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON
79/100 $ 527.459,79, por capital reclamado, con más la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON
89/100 $263.729,89, presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En efecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose Designar depositario judicial al propio afectado y en caso de negativa, a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso expresen montos, nombre y domicilio del Acreedor y CITESELO A REMATE para que en el término de cinco 5 días, concurra ante este Juzgado Nº 2 y Secretaria Nº 3, sito en calle Independencia esquina Lamadrid, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución. Asimismo, intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de Notificar en lo sucesivo por Ministerio de ley Art. 52 del C.P.C..- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Juez de Paz, con las facultades Inherentes del caso y a quien se librara el mandamiento respectivo.-Siendo criterio del suscripto deberá el solicitante presentar las diligencias para su debido control y firma.Notifíquese Art. 154 del C.P.C..- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón Juez, ante mí Dra. María de los Ángeles Meyer Secretaria y San Salvador de Jujuy, 31 de marzo del 2.023.-1.- Proveyendo el escrito digital Nro. 587797 de la Dra. Gomez De La Torre, Elsa Magdalena, de fecha 21/03/2023 y conforme se solicita en el escrito que antecede, ordenase la notificación por edictos a los demandados SRES. COGNETTA GRIMAUDO, MARTIN GABRIEL D.N.I., Nro.
27.232.328, SR. EDUARDO ENRIQUE MAYANS D.N.I. NRO. 10.616.963 y GARCIA NASER, MARCELO DANIEL D.N.I, NRO 22.583.291, las partes pertinentes de la providencia de fecha 14 de junio del 2022 y que rola agregada a fs. 121 de autos, conforme lo prevé el art. 162 del C.P.C. de la Provincia.2.- Para el caso que los demandados SRES. SRES. COGNETTA GRIMAUDO, MARTIN GABRIEL D.N.I., Nro. 27.232.328, SR. EDUARDO ENRIQUE
MAYANS D.N.I. NRO. 10.616.963 y GARCIA NASER, MARCELO DANIEL D.N.I. NRO 22.583.291 no se presente a hacer valer sus derechos en persona, se le designara oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, que por turno corresponda.-3.- Impóngase la carga procesal de la confección de las diligencias aquí ordenadas a la letrada proponente Dra. GOMEZ DE LA TORRE Art. 72 del CPC, quien deberá p resentarlas debidamente confeccionadas en forma colaborativa en el SIGJ, para su posterior control, firma digital y puesta a disposición.- 4.- Notifíquese Art. 155 del C.P.C..- Fdo.
Dr. Diego Armando PucaJuezAnte mí: Dr. Juan Pablo Zalazar ReinaldiFirma Habilitada.- Publíquense en edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Hágase saber a los demandados que los términos comienzan a correr a partir de la última notificación.29/31 MAY. 02 JUN. LIQ. Nº 32181 $1.650,00.Ref. Expte. Nº C-193658/2021 caratulado: Divorcio: VALERIO IGNACIO, GERMAN MAXIMILIANO c/ JURADO, LORENA JUDITH.- Tribunal de FamiliaSala IIVocalía N 4, Ordena: San Salvador de Jujuy, 11 de febrero de 2022.- I.- Por presentado el Dr. Lucas Alejandro Albornoz constituyendo domicilio legal y por parte, en nombre y representación del Sr. GERMAN MAXIMILIANO VALERIO IGNACIO, DNI 28.310.148 a mérito d e la carta poder que adjunta en pdf..- II.- Téngase por deducida demanda de Divorcio, en conformidad a lo dispuesto por el art. 437/438 del Código Civil y Comercial. III.- Del Convenio Regulador presentado, córrase traslado a la Sra. LORENA JUDITH JURADO, DNI 30.726.493 por el término de Diez Días, bajo apercibimiento de ley. IV.- Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- V.- Diligencias a cargo del letrado.- VI.Notifíquese art. 155 del CPC..- Publíquese en el Boletín Oficial y Diario Local por tres veces en cinco 5 días.- Ante mí: Dr. Héctor DargamSecretario.San Salvador de Jujuy, 26 de Abril de 2023.29/31 MAY. 02 JUN. LIQ. Nº 32527 $1.650,00.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 27/5/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha27/05/2023

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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