Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/4/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 05 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 39

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adecúase al Enfermero Profesional Hipólito Calizaya, CUIL 20-17322808-3, al cargo categoría C-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, en la U. de O.: R 6-01-17 Hospital "Dr. Jorge Uro", a partir de la emisión del presente decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N 6256, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2022
Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-17 Hospital Dr. Jorge Uro, la Partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-23 "Adecuación Personal Ley N 4413", correspondiente a la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro. ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7540-S/2022.EXPTE. Nº 716-481/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adecuase a la Licenciada en Enfermería Sequeira, Luciana Rosa, CUIL N 27-26475788-1, en el cargo categoría A-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413 de la Unidad de Organización R6-01-04 Hospital San Roque, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con la partida Presupuestaria que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos -Ejercicio 2022, Ley 6256, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2022:
Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-04 Hospital San Roque, la Partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-23 "Adecuación Personal Ley N 4413", correspondiente a la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro. ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7557-S/2022.EXPTE. Nº 733-465/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por reconocido a favor del Dr. Loza, Néstor Gustavo CUIL N 20-18345108-2, cargo categoría C j-2, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4418, de la U. de O.: R6-01-23 Hospital Wenceslao Gallardo, el adicional por permanencia en el servicio de guardia del 60%
sobre la categoría de ingreso, a partir del 14 de noviembre del 2021, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr. Loza, Néstor Gustavo, correspondiente al 60 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 14 de noviembre del 2021, a las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N 6256, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2022
La partida 01-01-01-01-02-61 Bonificación por Permanencia en Servicios de Guardia de Jur., asignada, a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6- 01-23 Hospital Wenceslao Gallardo.EJERCICIOS ANTERIORES:
Se imputarán a la Deuda Publica Provincial, partida 03-10-15-01-26 "P/Pago Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Publica.ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7725-E/2023.EXPTE. Nº 1057-162-19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 FEB. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Créase el Jardin Independiente N 21 JI N 21. Segunda Categoría, Jornada Simple con sede en la Escuela N 34 "Pedro José Portal" de la Localidad La Ovejería, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy.ARTÍCULO 2º.- Asignase a el Jardín Independiente N 21 JI N 21. creada por Artículo 1, el CUE N 3801025-00, de acuerdo con el Registro de Numeración de Establecimientos Educativos de Educación Común de Jurisdicción Provincial.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/4/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha05/04/2023

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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