Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/3/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 03 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 26

deberán obtener turno bajo la modalidad instrumentada en la página: www.tribcuentasjujuy.gov.ar/Turnos, por el termino de quince 15 días, contados a partir de la notificación de la presente. En ningún caso podrán ser retiradas de la oficina conforme art. 85 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1886.
ARTÍCULO 5º: Dispónese que todos los actos emanados del Tribunal de Cuentas y/o sus Vocalías, y/o Fiscalías, se notificaran, a través del Sistema Integral de Gestión Electrónica SIGE, conforme a la Resolución Nº 1955-TP-RG-2020, el responsable, Sr. Juan Ramón Páez, deberá generar una casilla electrónica para recibir notificaciones, la cual deberá gestionarse en la página web del Tribunal de Cuentas www.tribcuentasjujuy.gov.ar. La notificación se tendrá por formalizada en la fecha en que la cédula digital se deja disponible en el domicilio electrónico del destinatario de la comunicación, y por notifica da en el momento en que se realice la apertura de la misma o bien tres 3 días después de haber sido remitida a la casilla si no hubiere abierto la misma. ARTÍCULO
6º: Notifíquese. Fdo.: DRA. MARIANA L. BERNAL - VOCAL LETRADA I del Tribunal de Cuentas. Ante mí, Dra. Noemí H. Fernández, Secretaría de Actuación. Publíquese Edictos en un diario de circulación local y en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.
01/03/06 MAR. LIQ. Nº 31475 $1.650,00.Por el presente, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3, Secretaría N 5 de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. Cardozo Santos Daniel, DNI Nº 36.850.902, que en los autos Expte. Nº B-230223/10, caratulado: DEMANDA DE SIMULACIÓN: CARDOZO, SANTOS ACEVO C/
GALAN, RUFINA y otro; que tramitan por ante el Juzgado de 1era Instancia en lo Civil y Comercial N 3, Secretaria N 6, de la Provincia de Jujuy, por la presente vía, las siguientes providencias: San Salvador de Jujuy, 23 de SEPTIEMBRE de 2022.- Proveyendo el escrito Nº 390769, atento a lo solicitado, ordenase la notificación de la providencia de fs. 513, mediante PUBLICACIÓN DE EDICTOS en el boletín oficial y en un diario de circulación local en contra de la Sr. Cardozo Santos Daniel, DNI 36.850.902, por el término de cinco días contados a partir de la última publicaci ón.- Fdo. Dra. Rondón, Marisa Eliana - Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial - Ante mi Dra. López Pfister, María Laura - Secretaria.- Providencia de fs. 513: San Salvador de Jujuy, 19 de Mayo de 2021.- Téngase presente el informe actuarial que antecede.- De lo acordado en la audiencia que antecede, córrase VISTA al Sr. Santos Daniel Cardozo en su domicilio real, por el término de CINCO DÍAS.- Líbrese Oficio a la Policía de la Provincia de Jujuy, a los fines de que a título de colaboración notifique al Sr. Santos Daniel Cardozo en el domicilio de calle Juan B. Justo Nº 470, Barr io San Pedrito, de ésta Ciudad Capital.- Firme que sea la presente, procédase a la homologación del acuerdo de fs. 501.- Notifíquese art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dra. Rondón, Marisa Eliana - Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial - Ante mi Dra. López Pfister, María Laura - Secretaria.- Publíquese por única vez en el Boletín Oficial y tres veces en cinco días en un diario local.- San Salvador de Jujuy, 30 días del mes de Noviembre del año 2022.01/03/06 MAR. LIQ. Nº 22266-22413-22412 $1.650,00.DR. DIEGO ARMANDO PUCA JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N 2, SECRETARIA 4, EN EL
EXPTE. N C-184056/21- EJECUTIVO URZAGASTE, LUIS CARLOS C/ CARRILLO, MARIANELA FERNANDA ha dictado el siguiente proveído:
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DE OCTUBRE DE 2022.- 1.- Proveyendo el escrito Nº 413006 del DR. EZEQUIEL EDUARDO MARTINEZ, téngase presente el oficio al Tribunal Electoral debidamente diligenciado.- 2.- Asimismo, líbrese Edictos a fin de notificar al demandado de lo proveído a fs. 10 el que deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días, haciéndole saber al accionado que l os términos comienzan a correr a partir del DECIMO DIA de la última publicación, conforme lo establecido por el art. 162 del CPC.- 3.- Asimismo y siendo criterio del suscripto, el letrado deberá confeccionar el oficio y presentarlo para control y firma atento a lo establecido en el art. 50 y 72 del CPC.- 4.- Notifíquese art. 155 del CPC.- VA FDO.
DIEGO ARMANDO PUCA, JUEZ ANTE MI PROC. ENZO RUIZ, FIRMA HABILITADA. //SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DE AGOSTO DE 2021.1.- Téngase por presentado al DR. MARTINEZ EZEQUIEL EDUARDO por parte, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de URZAGASTE LUIS CARLOS a mérito de la copia del Poder Gral. Para juicios que agrega.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts.
472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado MARIANELA FERNAND CARILLO, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS OCHENTA MIL $ 80.000 por capital reclamado, con mas la suma de PESOS CUARENTA MIL $ 40.000, calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría 4, sito en calle INDEPENDENCIA Esq. LAMADRID bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.- Al efecto comisiónese al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.- Asimismo, intímese al demandado, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMEROS de asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten Art. 52 del C.P.C..- 4.- Asimismo y siendo criterio del suscripto, el letrado deberá confeccionar el oficio y presentarlo para control y firma atento a lo establ ecido en el art. 50 y 72 del CPC.- 5.Notifíquese Art. 154 del C.P.C..- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia TRES VECES EN CINCO
DIAS. Se hace saber al accionado que los términos comenzaran a correr a partir del décimo día de la última publicación, conforme lo dispuesto por el art. 162
del CPC.-. SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DE NOVIEMBRE DE 2022.01/03/06 MAR. LIQ. Nº 31335 $1.650,00.Por la presente se hace saber que en el expediente N C-067.063/16 caratulado EJECUCION DE SENTENCIA Y HONORARIOS ASOCIACION CIVIL
SIN FINES DE LUCRO COLEGIO LOS LAPACHOS contra AMARILLA RODRIGUEZ TERESITA NURIMAR ordinario por cobro de pesos. Se ha dictado el siguiente decreto que se transcribe a continuación: SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018.- 1.- Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por la DRA. ROSALIA TXAPI BACA fs. 57 y en virtud de lo previsto por el Art. 298 2 apartado del C.P.C., dese por decaído el derecho a contestar la demanda a la accionada SRA: AMARILLA RODRIGUEZ, TERESITA NURIMAR.- Firme, se designará como representante de la misma al Sr. Defensor Oficial Civil que por turno corresponda.- 2.- Conforme Arts. 50 y 72 del C.P.C. impónese al proponente la carga de confeccionar la cedula correspondiente a los fines de la notificación a la demandada para su posterior control y firma del tribunal los qu e deberían presentarse en la secretaria de la Sala. 3.- Notifíquese por Cedula y a la demandada en el domicilio denunciado.- FDO. DRA. MARIA DEL HUERTO SAPAGVOCALPOR
ANTE MIDRA. MARIA EMILIA DEL GROSSOPROSECRETARIA03/06/08 MAR. LIQ. Nº 31523 $1.650,00.-

EDICTOS SUCESORIOS

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/3/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha03/03/2023

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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