Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/9/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Septiembre, 23 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 107

ARTÍCULO 8.- Téngase por rejerarquizado al Señor Toconas, Sergio Fernando CUIL 20-22880587-5, del cargo categoría 13 c-4 al cargo categoría 16 c4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General. Ley N 3161/74. de la Unidad de Organización: R6 -01-13 Hospital "Maimara", por el periodo comprendido entre el 01 de agosto de 2012 hasta el 10 de diciembre de 2014.ARTÍCULO 9º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto vigente que a continuación se indican EJERCICIO 2021
El Presupuesto General Ejercicio 2021, Ley N 6213, prevé en la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-13 Hospital Maimara, la partida de Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomara fondos de la Partida 01-01-01-01-01-78 "Regularización Decreto 1135-G-2012", correspondiente a la Unidad de Organización "K" Obligaciones a cargo del Tesoro.
EJERCICIOS ANTERIORES Periodo no Consolidado:
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial "03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspo ndan a ejercicios anteriores. A
tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTÍCULO 10º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 11.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5260-MS/2022.EXPTE Nº 1414-770/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAR. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al SARGENTO PRIMERO DÁVILA
DANIEL FACUNDO, D.N.I. N 30.548.596, Legajo N 15.147, por haber infringido lo dispuesto en el articulo 15 Inc. a y z agravado por el artículo 40 inc. g del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme el artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal.ARTICULO 2.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y concordantes de la Ley N 1886/48.ARTICULO 3.-Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5261-MS/2022.EXPTE. Nº 1414-757/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAR. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTÍA al SARGENTO AYUDANTE
FERNÁNDEZ JOSÉ NICOLÁS, D.N.I. N 24.454.265, LEGAJO N 13.636, por infracción al artículo 15 inc. h y z del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme lo dispuesto en el artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal.ARTICULO 2º.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y concordantes de la Ley N 1886/48.ARTICULO 3.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5262-MS/2022.EXPTE. Nº 1414-835/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAR. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al CABO PRIMERO SUBELZA
JORGE ARIEL, D.N.I. N 36.486.253, Legajo N 17.480, por haber infringido lo dispuesto en el artículo 15 inc. a y z del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme el artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal.ARTICULO 2º.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y concordantes de la Ley N 1886/48.ARTICULO 3.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha22/09/2022

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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