Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/9/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Septiembre, 09 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 101

se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos Art. 162 del C.P. Civil. IIIDel acuse de negligencia de la producción de la prueba informativa, córrase vista a las partes por el término de cinco días. IV-Notifíquese por cédula. Al Dr. Enrique Rogelio Mateo - Juez - Ante Mi Dra. Marcela VilteSecretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local por cinco 5 veces en tres 3 días.- San Salvador de Jujuy, 30 desde Junio 2022.05/07/09 SEPT. LIQ. Nº 29576 $2.250,00.Sala IIVocalía 4- de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy en el expediente C-194995/22: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles ZAMBONI, MARCELO LUIS C/ MURGA, MARGARITA, hace saber a todos los que se consideren con derecho que se ha dictado la siguiente PROVIDENCIA: San Salvador de Jujuy, 11 de julio de 2022. I.- Téngase presente lo manifestado por la Dra. Carolina Hebe Orrillo Federici en escrito Nº 300300. II.- En consecuencia, córrase TRASLADO de la presente demanda a la Sra. Margarita Murga sus herederos, con domicilio en calle S/N San Francisco Valle Grande Pcia. de Jujuy, para que contesten en el término de QUINCE DIAS más UN DÍA en razón de la distancia a rt. 3 Ley 6263 bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho a contestar demanda si no lo hiciere. II.- Atento lo solicitado, a tales fines publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y en un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrán por notificados desde la última publicación de los mismos Art. 531 del C.P.C. debiendo la letrada presentar las diligencias de manera colaborativa en el Sistema de Gestión Judicial para control y firma Art. 50 y 72 del C.P.C.. III.- Notifíquese Art. 155 del C.P.C..- Firmado por Mateo, Enrique Rogelio - Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial - Firmado por Nebhen, Ana Romina - Prosecretario Técnico de Juzgado.05/07/09 SEPT. LIQ. Nº 29607 $1.350,00.La Dra. Alejandra M. L. Caballero PTE. de Tramite de la Sala III de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. N C142.041/2019, Caratulado: ORDINARIO POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE INMUEBLES: RAMOA, EVARISTA c/ SUCESION DE
LUCIO BIENVENIDO PEÑA, procede a notificar el presente Decreto: San Salvador de Jujuy, 04 de mayo de 2022. 1. Atento lo solicitado por la prescribiente y a fin de la debida traba de la Litis art. 530 de la Ley nº 5486, confiérase traslado de la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva del inmueble individualizado como Matrícula A-17618 Nomenclatura Catastral Circunscripción 1 Sección 11 Manzana 04 Parcela 15 Padrón A-34214, ubicado en calle el Gaucho Nº 165 del Barrio San Pedrito del Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, a ARMINDA ELENA JAIME; RENE OSCAR
JAIME; JOSE PEDRO REALES; MIRIAM CRISTINA HERRERA, DIEGO VICTOR MANUEL CARDOZO, DARIO EMILIO CARDOZO, GLADIS
ESTELA CARDOZO, LUIS FERNANDO CARDOZO, ROBERTO LUIS CARDOZO, JUAN CARLOS GARZON, OLGA ESTER GARZON Y RAFAEL
HERMINIO GARZON y a quienes se consideren con derecho, en la forma de estilo, por el plazo de QUINCE 15 DÍAS y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hicieren art. 298 del C.P.C., Art. 531º del C.P.C. - Conf. modificación Ley 5486. A tales fines, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir. Ordenase, asimismo, la exhibición de los edictos en el Palacio de Tribunales, provincia de Jujuy y en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy. Transmitir mediante radio difusión local durante treinta 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva Conf. Art. 535º del C.P.C.-modif. Ley 5486.- 4. Intímaseles para que en igual término, constituyan domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores art. 52 del C. P. C..- 5. Atento lo dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación Ley nº 26.994, ordenase la anotación de litis en el Registro de la Propiedad Inmueble sobre el inmueble objeto de la presente causa.- 6. Notifíquese art. 155/6 del C.P.C..- Fdo. Dra. Alejandra CaballeroPte. de Trámite, ante mi Dr. Augusto BonillaSecretario.- San Salvador de Jujuy, de Junio de 2.022.05/07/09 SEPT. LIQ. Nº 29512 $1.350,00.El Dr. Enrique Rogelio MateoVocal, Presidente de trámite en la Cámara en lo Civil y ComercialSala IIVocalía N 4 en el Expte. N C202054/2022, caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: RODRIGUEZ, MARCELO SILVANO c/ ESTADO PROVINCIAL procede a notificar el siguiente decreto: Despacho 06 de Junio del 2022, que en el día de la fecha conforme lo dispuesto por las Acordadas N 18/22 y 86/20 procedo a formar EXPEDIENTE ELECTRONICO MIXTO. Que se procede a reservar en caja fuerte UN 1 CD acompañado con escrito N 267796.Infor mo a su vez que el Dr. Diego German Roldán Ruiz Díaz no dio cumplimiento con el pago de aportes ley y que en el expediente C- 117826/18, "Diligencias Preparatorias a fs. 133 se encuentra ficha parcelaria que indica como única colindante a la Sra. Armella de Rodríguez Carmen. San Salvador de Jujuy, 06 de Junio del 2022. I.Proveyendo al escrito de fs. 13/17, téngase por presentado al Dr. Diego German Roldán Ruiz Díaz, por parte y por constituido domicilio legal, en representación del Sr. Marcelo Silvano Rodríguez, a mérito de la fotocopia juramentada Poder General para juicios que obra a fs. 2/3vta y y ampliación en escrito Nº 267796. Agréguese el Cd. que acompaña y resérvese en caja fuerte. II.-Córrase TRASLADO de la demanda y de la ampliación del escrito Nº 267796
al ESTADO PROVINCIAL en el domicilio denunciado para que conteste en el término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de ley. III.- A fin de dar cumplimiento con lo previsto por el Art. 1905 del C.C.C., líbrese oficio a la Dirección Provincial de Inmuebles para que proceda a la ANOTACIÓN DE LITIS
sobre el Inmueble individualizado como Parcela 1, Circunscripción 2, Sección 2, Padrón I-1006, Ubicado en Finca Hornillo Dto. Maimará, Provincia de Jujuy.
IV.- Citase a la MUNICIPALIDAD DE MAIMARA en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del juicio, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. V.-Atento al informe actuarial, intímese a la parte actora para que en el término de cinco días informe los nombres de lo colindantes del inmueble a prescribir. VII.- Citase y emplazase por edictos a quienes se consideren con derecho sobre la Fracción de Terreno del Inmueble individualizado como Parcela 1, Circunscripción 2, Sección 2, Padrón I -1006, Ubicado en Finca Hornillo Dto. Maimará, Provincia de Jujuy. VII.- Colóquese el CARTEL INDICATIVO con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486. VIII.- Impónese al letrado la carga de confeccionar la diligencia correspondiente debiendo adjuntar las mismas de forma colaborativa en el Sistema de Gestión Judicial. IX.-Atento el informe actuarial que antecede, intímase al Dr. Diego German Roldán Ruiz Díaz para que en el plazo de cinco días dé cumpli miento con el pago de aporte inicial Art. 22 inc. C Ley 4764/96, estampilla profesional Ley 3329/76, estampilla previsional, bajo apercibimiento de aplicar una multa de $250 por cada día de demora; y a acreditar en autos el pago de $500 Ley 6003- Anexo VArt. 13 inc. b.- monto fijo en concepto de tasa de justicia, bajo apercibimiento de comunicar los organismos pertinentes. XI. Notifíquese por cédula. C.I. Dr. Enrique Rogelio Mateo - Juez - Ante Mi Dra. Marcela VilteSecretaria. San Salvador de Jujuy, 23 de junio de 2022.07/09/12 SEPT. LIQ. Nº 29578 $1.350,00.Dr. Enrique Rogelio Mateo Presidente de la Cámara Civil y Comercial segunda Voc. 4 de la Provincia de Jujuy, en el Expte N B-274907/12caratulados Prescripción Adquisitiva de Inmuebles FARFAN, ISAAC c/ APAZA, NICANOR se ha ordenado la publicación del presente para hacer saber el dictado de la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 16 de Mayo de 2022. Atento a lo informado, previo a ordenar la Audiencia de Vista de Causa, citase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre la Fracción de Terreno del Inmueble individualizado como Circunscripción 1, Sección 1, Manzana A Parcela 4, Padrón J-1436, Matrícula J-1557 Ubicado en Pasaje Almirante Brown S/N Bº Santa Bárbara de la Ciudad de Humahuaca, Provincia de Jujuy de titularidad registral del Sr. NICANOR APAZA, a fin de que tomen conocimiento del presente juicio, dentro del término de quince días hábiles de notificados, con más un día en razón de la distancia Art. 3 Ley 6263, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Como
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha08/09/2022

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

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