Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/4/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Abril, 22 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 46

DECRETO Nº 4777-DEyP/2021.EXPTE Nº 2020-070/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2021.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Disponese la adecuación del agente AMADOR PABLO ALEJANDRO CUIL N: 20-24252958-9, Personal de Planta Permanente de la Dirección de Desarrollo Económico Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, categoría 3, Escalafón General, a la Categoría A-1, Escalafón Profesional, Ley N 4413, a partir de la fecha del presente Decreto.ARTICULO 2º.- Lo establecido en el artículo anterior se atenderá con la siguiente partida:
JURISDICCION "P" MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
Personal Profesional Ley N 4413

U. de O.: P-9-B Dirección de Desarrollo Económico y Social.
ARTICULO 3º.- En el aspecto estrictamente presupuestario, el presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2021, Ley 6213, prevé para la Jurisdicción "P" Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Unidad de Organización 9-B Dirección de Desarrollo Económico Social, la partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-23 "Adecuación Personal Ley N 4413", correspondiente a la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Económico y Producción y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5º.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficia l. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno abierto para su difusión. Pase a la Dirección Provincial de Personal, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto respectivamente. Vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido, ARCHIVESE.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 4845-MS/2021.EXPTE Nº 200-244/2020.c/agdos. Nº 1400-230/2019, 1401-330/2019 y Nº 1414-1984/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DIC. 2021.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Oficial Sub Inspector Arias Martín Saúl, D.N.I. N 35.309.940, Legajo N 1 8.045, en contra de Resolución N 000134-MS/20, por las consideraciones expuestas en el exordio.ARTICULO 2º.- Tome razón Fiscalía de Estado. Notifíquese. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase a Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 4859-ISPTyV/2021.EXPTE Nº 615-1989/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DIC. 2021.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos - Ejercicio 2021 - Ley N 6213 conforme se indica a continuación:
SE DISMINUYE:
JURISDICCIÓN:
GORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
U. DE O. FINALIDAD:
G2INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY
FINALIDAD:
4BIENESTAR SOCIAL
FUNCIÓN:
2VIVIENDA Y URBANISMO
Sección:
2EROGACIONES DE CAPITAL
Sector:
5INVERSIÓN REAL
Part. Ppal.:
8TRABAJOS PÚBLICOS
Part. Parcial:
8TRABAJOS PÚBLICOS - CON RECURSOS AFECTADOS
Part. S.Parcial:
192 COMBUSTIBLE-LEYES N 23966 Y 244464 - FONAVI
2.5.8.8.192.004
Aporte Pcial. al Plan de Emerg. Habitacional y Solidaridad 45.000.000,00
SE CREA:
FINALIDAD:
4BIENESTAR SOCIAL
FUNCIÓN:
2VIVIENDA Y URBANISMO
Sección:
2EROGACIONES DE CAPITAL
Sector:
5INVERSIÓN REAL
Part. Ppal.:
8TRABAJOS PÚBLICOS
45.000.000,00
Part. Parcial:
8TRABAJOS PÚBLICOS - CON RECURSOS AFECTADOS
45.000.000,00
Part. S.Parcial:
192 COMBUSTIBLE-LEYES N 23966 Y 244464 FONAVI
45.000.000,00
2.5.8.8.192.010
Costo Financiero de Obras 45.000.000,00
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia e Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/4/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha21/04/2022

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones1226

Primera edición10/01/2018

Ultima edición24/06/2024

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