Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/4/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Abril, 18 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 44
LEYES - DECRETOS - RESOLUCIONES

DECRETO ACUERDO Nº 5351-HF/2022.EXPTE Nº 500-104-2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 ABR. 2022.VISTO:
La Ley N 4.307 y el artículo 17 de la Ley N6.213 y los Decreto Acuerdo Nº 1135-G-2012 y N 3555-S-2021 y;
CONSIDERANDO:
Que, dichas normas facultan al Poder Ejecutivo a fijar la política salarial del Poder Ejecutivo Provincial, ajustar las remuneraciones, salarios y jornales, incluidos los importes y tramos de las asignaciones familiares; adecuando las partidas contenidas en la mencionada norma Que, la última re-jerarquización del personal comprendido en la Ley N 3.161 se concretó mediante Decreto-Acuerdo N 1135-G-12; por lo que es criterio de este Poder Ejecutivo disponer una nueva re jerarquización;
Por ello, en función de la disponibilidad financiera y en uso de sus facultades;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- DISPONESE que el personal que revista en planta permanente comprendido en el Escalafón General régimen de la ley N 3.161 - de la Administración Pública Provincial será promovido por única vez, con carácter de re jerarquización escalafonaria, en las siguientes condiciones:
a Los agentes que detenten una antigedad mínima, continua y permanente de ocho 8 años en la categoría, serán promovidos cuatro 4 categorías.
b Los agentes que detenten una antigedad mínima, continua y permanente de seis 6 años en la categoría, serán promovidos tres 3 categorías.
c Los agentes que detenten una antigedad mínima, continua y permanente de cuatro 4 años en la categoría, serán promovidos dos 2 categorías.
d Los agentes que detenten una antigedad mínima, continua y permanente de dos 2 años y revisten en las categorías 1 a 23, serán promovidos a la categoría inmediata superior.
ARTICULO 2º.- Dispónese que, a los fines previstos en el artículo primero del presente Decreto Acuerdo, se considerará al solo efecto del c ómputo de la "antigedad en la categoría de revista", la antigedad que registraba como personal contratado en la categoría dentro del mismo nomenclador, al 31 de diciembre de 2020 y sólo se tendrá en cuenta la prestación efectiva de servicio dentro de la Administración Pública Provincial.ARTÍCULO 3º.- A los fines de la aplicación de lo establecido en el presente decreto-acuerdo se computará la re jerarquización dispuesta por el artículo 2 del Decreto Acuerdo N 3555-S-2021.ARTICULO 4º.- Las disposiciones del presente serán de aplicación a partir del 1 de septiembre de 2021.ARTICULO 5º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo previsto en el presente se atenderá con la partida gastos en personal prevista en el presupuesto vigente.ARTICULO 6º.- Remitase el presente a la Legislatura de la Provincia para su ratificación.ARTICULO 7.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial, siga su curso a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto. Pase al conocimiento de Contaduría de la Provincia. Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Ministerios del Poder Ejecutivo Provincial. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5400-G/2022.EXPTE Nº 0400-5136-2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 ABR. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Otórgase Asueto Administrativo y Escolar, en todos sus niveles, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, el d ía 19 de Abril de 2022, con motivo de conmemorarse el 429º Aniversario de su Fundación.ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Educación.ARTICULO 3º.- Registrese, tome razón de Fiscalia de Estado y Contaduría de la Provincia, comuniquese, publiquese sintéticamente en el Boletin Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido girese al Ministerio de Educación y Dirección Provincial de Personal para conocimiento y registro interno. Fecho, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION N 045-SOTyV/2022.EXPTE. N 617-432/2021.AGRE. EXPTE.: 618-450/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 ABR. 2022.EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Declárese la caducidad de los derechos y acciones de la SRA. BARRIONUEVO ANA CAROLINA D.N.I. N 37094136, y del SR. MOYA
CRISTIAN ANDRES D.N.I. N 327726804, junto a su grupo familiar, acordados por CERTIFICADO DE POSESION N 530 sobre el lote 28, Manzana 07, ubicado en el loteo denominado "150 Has, Padron A-92059 PARC. 1171 Alto Comedero, de la ciudad de S. S. de Jujuy; Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, el cual fuera emitido en el marco Programa de Emergencia Habitacional "Un lote para cada familia jujeña que lo necesite"; y por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- Por medio del Registro Único de Postulante e Infractores procédase a realizar la anulación del CERTIFICADO DE POSESION
N 530 sobre el lote 28, Manzana 07, ubicado en el loteo denominado "150 Has. - Padrón A92059 - Parcela 1171 - Alto Comedero", de la ciudad de S. S. de Jujuy; Departamento Dr. Manuel Belgrano, Pr ovincia de Jujuy a nombre de las personas mencionadas en el artículo anterior. -

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/4/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha18/04/2022

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

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