Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/1/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 03 de 2022.-

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Boletín Oficial Nº 1

tenerla por contestada si no lo hicieren art. 298 del C.P.C., Art. 531º del C.P.C. - Conf. modificación Ley 5486. A tales fines, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir. Ordénase, asimismo, la exhibición de los edictos en el Juzgado de Paz de Yala, Provincia de Jujuy y en la Comisión Municipal de la misma localidad.
Trasmitir mediante radiodifusión local durante treinta 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva conf. Art. 535º del C.P.C.- modif.
Ley 5486. 4. Intímaseles para que en igual término, constituyan domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores art. 52 del C. P. C.. 5. Atento lo dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación Ley nº 26.994, ordénase la anotación de litis en el Registro de la Propiedad Inmueble sobre el inmueble objeto de la presente causa. 6. Conforme constancias de fs. 150/151 y vta., rectifíquese la carátula, consignándose solamente a los prescribientes MARÍA EUGENIA BORQUEZ ROMANO y FERNANDO CIRO BORQUEZ ROMANO. Tome razón Mesa General de Entradas. 7. Notifíquese art. 155/6 del C.P.C.. Fdo. Dra.
Alejandra M. L. Caballero - Presidente de trámite. Ante mí: Dra. Liliana E.
Chorolque-Secretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días art. 162 del C.P.C..- San Salvador de Jujuy, 23 de noviembre de 2021.31 DIC. 03/05 ENE./2022 LIQ. Nº 26291 $1.038,00.Dr. Carlos Cosentini, Pte. de Tramite en la Vocalía N 7, de la Sala III, de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte.
N C-129478/18, caratulado: Ordinario por Prescripción Adquisitiva en Expte. Principal C-105347/17: CASTRO, SANTOS, ORELLANA, ANGELICA DINA c/ ROCHA DE BORDA, PLACIDA, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, Diciembre 12
del 2019.- 1 Atento a lo solicitado y lo informado por Secretaria precedentemente, hácese efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 52 contra la parte demandada Sra. PLACIDA ROCHA DE BORDA y/o sus herederos y téngase por contestada la demanda Art. 298 del C.P.C., debiéndose notificar a la accionada por Ministerio de la Ley las posteriores resoluciones que se dicten Art. 52 del C.P.C..- No estando notificado en persona el demandado, designase al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes en su representación, intimándolo para que en el término de cinco días de su notificación, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado.- Líbrese edictos que se publicarán por tres veces dentro de un periodo de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local.- 2
Asimismo, hácese efectivo el apercibimiento ordenado en dicha providencia;
en consecuencia, téngase por contestada la demanda por los eventuales titulares de derechos, en los términos del Art. 298 del C.P.C. Designase al Sr.
Defensor Oficial de Pobres y Ausentes en representación de los mismos, intimándolo para que, en el término de cinco días de su notificación, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado.- 3 Hácese efectivo el apercibimiento ordenado en el mismo proveído contra los Sres. MIGUEL ANGEL ZARAPURA, ESTELA
ADRIANA LEITHOLD, ORLANDO SANCHEZ Y ADRIANA
CARATTONI; en consecuencia, presúmese que sus incomparecencias no afectan sus derechos.- 4 Dese cumplimiento con lo dispuesto en providencia de fs. 88, 2do. Apartado.- 5 Proveyendo la presentación de fs. 94/99: Por presentado el Dr. José Miguel Cruz, en representación del Estado Provincial, a mérito del instrumento que adjunta, y por constituido domicilio.- Al franqueo solicitado, estése a las constancias de fs.96 vlta.- 6 A la presentación de fs. 100/104: Por presentado el Dr. Esteban Sebastian Guanca, en representación de la Municipalidad de Palpalá, a mérito del instrumento que adjunta, y por constituido domicilio.- Téngase presente lo manifestado por los letrados individualizados en los puntos 5 y 6- 7.- Cumpla la actora con la exigencia de la Ley 5486, Art. 536 Cartel Indicativo.- Notifíquese Art. 155 del C.P.C..- Fdo. Dr. Carlos CosentiniJuezAnte Mi. Dra.
Claudia CuevasSecretaria.- San Salvador de Jujuy, 29 de Diciembre de 2020.-

autos del rubro, ordena notificar la parte pertinente de los proveídos que se detallan a continuación: Acta de fs. 220/221 y 224: En la ciudad de Humahuaca, a los 15 días del mes de diciembre de 2021, los Sres. Vocales Dres. José Alejandro López Iriarte, Elba Rita Cabezas y Esteban Javier Arias Cau, bajo la Presidencia del nombrado en primer término, se hacen presentes en ciudad antedicha a los fines. Abierto nuevamente el acto en la sede del Juzgado de Paz de la ciudad de Humahuaca, y habiéndose efectuado en horas de la mañana el recorrido del inmueble, el Sr. Presidente de tramite informa que se advierte que resta notificar a los terceros y hacer efectivo el apercibimiento dispuesto por proveído de 28/06/2019 fs. 116. Cedida la palabra a la Dra. Orrillo Federici, solicita se haga efectivo el apercibimiento de todos los terceros, se notifique el proveído de fs. 116 y se disponga a la publicación de edictos; a lo que Presidencia dispone: 1 Tener presente la petición de la letrada de la actora. 2 Atento la incomparecencia, hacer efectivo el apercibimiento dispuesto de fs. 116, en consecuencia, dese por decaído el derecho a todos los terceros que se consideren con derechos sobre el inmueble. 3 Disponer que por Secretaria se publique la providencia de fs.
116 y la presente acta, por edictos en el término de cinco días. 4 Diferir la recepción de alegatos y el llamamiento de autos para sentencia a la acreditación de la publicación de los edictos ordenados supra y lo que de las mismas resultare.. A lo que el Tribunal Resuelve: 1 Ratificar lo que se ha dispuesto en orden a la publicación de edictos y apercibimiento hecho efectivo antes de ahora. 2 Recibir la prueba testimonial 3 Diferir los alegatos a las resultas de la publicación de edictos Fdo. Dr. José A. López IriarteJuez. Ante mi: Dra. Eleonora A. CallusoProsecretaria.- Proveído fs. 116:
San Salvador de Jujuy, 28 de junio de 2019.- 1.- Proveyendo al escrito de fojas 115: atento el informe actuarial que antecede y a lo solicitado por la Dra.
Carolina Hebe Orrillo Federici, dese a los terceros citados conforme Art.534
del CPC. TIMOTEA CONCEPCION PAREDES, CARMEN ESTER
MAMANI Y MAINE VICTORIO por decaído el derecho que dejaron de usar, haciéndose efectivo el apercibimiento dispuesto a fojas 46, teniendo por no afectado sus derechos Art. 534 CPC.2.- En consecuencia, procédase a notificar el apercibimiento en el domicilio denunciado en autos, mediante Juez de Paz de Humahuaca.3.- Al no haberse notificado en persona el Sr.
Maine VICTORIO, dese intervención al Sr. Defensor Público Civil del MPDC, que por turno corresponda, para que actúe en nombre y representación del ausente.
Art. 196 del CPC.4.- Agréguese en autos el recibo adjuntado a fojas 104 por la Dra. Carolina ORILLO FEDERICI, asimismo hágase saber a la letrada que deberá adjuntar constancias de transmisión por el término de treinta días conforme art. 535
del CPC, como así también de la exhibición de edictos en la Municipalidad de Humahuaca.5.- Proveyendo al párrafo 4 del escrito de fojas 115: de la demanda por Prescripción Adquisitiva de dominio interpuesta, córrase traslado al ESTADO
PROVINCIAL, ALEJANDRO TACTACA, NELIDA INES TACTACA, FABIAN
EDUARDO TACTACA, AMANDA TACTACA, SILVIA CRISTINA TACTACA
Y ALBERTO OSCAR LAMAS y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir individualizado como Circunscripción 1, Sección 1, Parcela 19, Manzana 38 b, Padrón J-4170, Matrícula J-2519 ubicado en calle Misiones S/Nº Depto. De Humahuaca, para que la contesten dentro del plazo de quince días hábiles más dos días en razón de la distancia para los Sres.
ALEJANDRO TACTACA, NELIDA INES TACTACA, FABIAN EDUARDO
TACTACA, AMANDA TACTACA, SILVIA CRISTINA TACTACA y ALBERTO OSCAR LAMAS, bajo apercibimiento por darle por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren Art. 298 del CPC y Art. 531 del CPCConf.
Modificación Ley Nº 5486/05.6.- A tal efecto líbrese oficio al Juez de Paz de Humahuaca a los fines de notificar a los Sres. ALEJANDRO TACTACA, NELIDA INES TACTACA, FABIAN EDUARDO TACTACA, AMANDA
TACTACA, SILVIA CRISTINA TACTACA Y ALBERTO OSCAR LAMAS y cédula de notificación para notificar al ESTADO PROVINCIAL, hágase saber a la letrada que deberá confeccionar las diligencias ordenadas en el presente, para su posterior control y firma ante Secretaría de esta Vocalía Nº 2, quedando facultada para su diligenciamiento y/o persona autorizada.7.- Notifíquese por cédula. Fdo.
Dra. Elba R. Cabezas-Juez habilitada. Ante mí: Dra. Camila MammanaProsecretaria.- Publíquese los edictos por tres veces en 5 días en el Boletín Oficial y en un Diario Local de circulación masiva.- Secretaria Dra. Eleonora A. Calluso, Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 20 diciembre de 2021.03/05/07 ENE. LIQ. Nº 26631 $1.038,00.-

31 DIC. 03/05 ENE. /2022 LIQ. Nº 25952 $1.038,00.EDICTOS DE NOTIFICACION
Dr. José Alejandro López IriarteVocal de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial, Vocalía 2, Presidente de tramite en el Expte. N
C-133.318/19, caratulado: Prescripción Adquisitiva De Inmueble:
SALAS, HUGO
c/
ESTADO
PROVINCIAL;
TACTACA, ALEJANDRO; TACTACA, NELIDA INES; TACTACA, FABIAN
EDUARDO; TACTACA, AMANDA, TACTACA, SILVIA CRISTINA y LAMAS, ALBERTO OSCAR, de conformidad con lo dispuesto en los
Mirta del Milagro VegaJueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 9, Secretaria N 18, Centro Judicial San Pedro de Jujuy, en el Expte.
N D-031096/2019, caratulado: Cesación de Cuota Alimentaria: CERPA, ORLANDO OSCAR c/ VINAL, NORMA BEATRIZ y CERPA, ERIKA ROCIO, procede a notificar a las señoras NORMA BEATRIZ VINAL DNI 17.680.677 y ERIKA ROCIO CERPA DNI 37.633.094 cuyo último domicilio declarado es: Río
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/1/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha03/01/2022

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

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