Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/12/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 16 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 147

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2020.EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Declárese la caducidad de los derechos y acciones que la SRA
VILLARREAL ANDREA SOLEDAD DNI N 28804336, junto a su grupo familiar, acordados por el CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN N 1716 sobre el lote 10, Manzana 221, ubicado en el loteo denominado "10 Hectáreas - SAN
JOSE", de la ciudad de PALPALA, Departamento PALPALA, Provincia de Jujuy, el cual fuera emitido en el marco Programa de Emergencia Habitacional "Un lote para cada familia jujeña que lo necesite" y por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- Por medio del Registro Único de Postulante e Infractores procédase a realizar la anulación del CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN N
1716 sobre el lote 10, Manzana 221, ubicado en el loteo denominado "10 Hectáreas - SAN JOSE", de la ciudad de PALPALA; Departamento PALPALA, Provincia de Jujuy a nombre de las personas mencionadas en el artículo anterior.ARTICULO 3.- Por medio de Dirección de Hábitat e Inclusión procédase a la continuación del trámite administrativo a favor Sra. VILTE ANDREA YOLANDA
D.N.I. N 27874105 y el Sr. ARCE JUAN MANUEL D.N.I. N 25287160, junto a su grupo familiar sobre el lote 10, Manzana 221, ubicado en el loteo denominado "10 Hectáreas - SAN JOSE", de la ciudad de PALPALA; Departamento PALPALA, Provincia de Jujuy.ARTICULO 4.- A los fines de su publicidad y conocimiento publíquese la presente por tres veces en cinco días por el diario local.ARTICULO 5.- Regístrese, pase a Dirección de Hábitat e Inclusión, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 2 y 3 del presente. Por Coordinación de Despacho General remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación -en forma sintéticay a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, archívese.Ing. Carlos Humberto García Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda RESOLUCIÓN Nº 132-SOTyV/2020.EXPTE Nº 617-357/2020.AGREG. N 618-243/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2020.EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Declárese la caducidad de los derechos y acciones que la SRA.
CRUZ EDITH EMILCE D.N.I. N 38745998 y el Sr PAZ LUCAS EDGARDO
D.N.I. N 37959050, junto a su grupo familiar, acordados por el CERTIFICADO
DE ADJUDICACIÓN N 901 sobre er lote 06 Manzana 223, ubicado en el loteo denominado "10 Hectáreas - SAN JOSE", de la ciudad de PALPALA, Departamento PALPALA. Provincia de Jujuy, el cual fuera emitido en el marco Programa de Emergencia Habitacional "Un lote para cada familia jujeña que lo necesite" y por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- Por medio del Registro Único de Postulante e Infractores procédase a realizar la anulación del CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN N
901 sobre el lote 06, Manzana 223, ubicado en el loteo denominado "10 Hectáreas - SAN JOSE", de la ciudad de PALPALA; Departamento PALPALA, Provincia de Jujuy a nombre de las personas mencionadas en el artículo anterior.ARTICULO 3.- Por medio de Dirección de Hábitat e Inclusión procédase a la continuación del trámite administrativo a favor Sra. QUISPE SILVIA ESTER.
DN.I. N 36379118 y el Sr. SOSA SERGIO DANIEL D.N.I. N 31581418, junto a su grupo familiar sobre el lote 06, Manzana 223, ubicado en el loteo denominado "10 Hectáreas - SAN JOSE", de la ciudad de PALPALA; Departamento PALPALA, Provincia de Jujuy.ARTICULO 4.- A los fines de su publicidad y conocimiento publíquese la presente por tres veces en cinco días por el diario local.ARTICULO 5.- Regístrese, pase a Dirección de Hábitat e Inclusión, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 2 y 3 del presente. Por Coordinación de Despacho General remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación -en forma sintéticay a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, archívese.Ing. Carlos Humberto García Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda RESOLUCIÓN Nº 133-SOTyV/2020.EXPTE Nº 617-383/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2020.EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Declárese la caducidad de los derechos y acciones que la SRA.
PUCCI IVANA SILVIA D.N.I. N 21393258 y el Sr. CARDENAS HECTOR
RICARDO D.N.I. N 20389746, junto a su grupo familiar, acordados por el ACTA
S/N sobre el lote 26, Manzana 62, ubicado en el loteo den minad "40 Hectáreas", de la ciudad de Libertador Gral. San Martín; Departamento LEDESMA, Provincia de Jujuy, el cual fuera emitido en el marco Programa de Emergencia Habitacional
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"Un lote para cada familia jujeña que lo necesite" y por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- Por medio del Registro Único de Postulante e Infractores procédase a realizar la anulación del ACTA S/N sobre el lote 26, Manzana; 62, ubicado en el loteo denominado "40 Hectáreas", de la ciudad de Libertador Gral.
San Martín; Departamento LEDESMA, Provincia de Jujuy a nombre de las personas mencionadas en el artículo anterior.ARTICULO 3.- Por medio de Dirección de Hábitat e Inclusión procédase a la continuación del trámite administrativo a favor Sra. MARTINEZ ESTEFANIA
BELEN D.N.I. N 38961742, junto a su grupo familiar sobre el lote 26, Manzana 62, ubicado en el loteo denominado "40 Hectáreas", de la ciudad de Libertador Gral. San Martín; Departamento LEDESMA, Provincia de Jujuy.ARTICULO 4.- A los fines de su publicidad y conocimiento publíquese la presente por tres veces en cinco días por el diario local.ARTICULO 5.- Regístrese, pase a Dirección de Hábitat e Inclusión, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 2 y 3 del presente. Por Coordinación de Despacho General remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación -en forma sintéticay a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, archívese.Ing. Carlos Humberto García Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda RESOLUCIÓN Nº 134-SOTyV/2020.EXPTE Nº 617-392/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2020.EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Declárese la caducidad de los derechos y acciones que la SRA.
GARCIA BEATRIZ MARIA DEL VALLE DNI. N 27105328, junto a su grupo familiar, acordados por el ACTA S/Nº sobre el lote 04. Manzana 27, ubicado en el loteo denominado "40 Hectáreas de la ciudad de Libertador Gral. San Martín, Departamento LEDESMA, Provincia de Jujuy el cual fuera emitido en el marco Programa de Emergencia Habitacional "Un lote para cada familia jujeña que lo necesito" y por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- Por medio del Registro Único de Postulante e Infractores procédase a realizar la anulación del ACTA S/N sobre el lote 04, Manzana 27, ubicado en el loteo denominado "40 Hectáreas", de la ciudad de Libertador Gral.
San Martín; Departamento LEDESMA, Provincia de Jujuy a nombre de las personas mencionadas en el artículo anterior.ARTICULO 3.- Por medio de Dirección de Hábitat e Inclusión procédase a la continuación del trámite administrativo a favor Sra. CHOQUE ABIGAIL
CAROLINA BELEN D.N.I. N 34333658, junto a su grupo familiar sobre el lote 04, Manzana 27, ubicado en el loteo denominado "40 Hectáreas", de la ciudad de Libertador Gral. San Martín; Departamento LEDESMA, Provincia de Jujuy.ARTICULO 4.- A los fines de su publicidad y conocimiento publíquese la presente por tres veces en cinco días por el diario local.ARTICULO 5.- Regístrese, pase a Dirección de Hábitat e Inclusión, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 2 y 3 del presente. Por Coordinación de Despacho General remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación -en forma sintéticay a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, archívese.Ing. Carlos Humberto García Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda RESOLUCIÓN Nº 135-SOTyV/2020.EXPTE Nº 617-394/2020.ABREG. N 618-338/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2020.EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Declárese la caducidad de los derechos y acciones que la SRA
IRIARTE MARISOL VERONICA DNI N 30801572, junto a su grupo familiar acordados por el CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN N 996 sobre el lote 03, Manzana 232, ubicado en el loteo denominado 10 Hectáreas - SAN JOSE", de la ciudad de PALPALA, Departamento PALPALA, Provincia de Jujuy, el cual fuera emitido en el marco Programa de Emergencia Habitacional "Un lote para cada familia jujeña que lo necesite" y por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- Por medio del Registro Único de Postulante e Infractores procédase a realizar la anulación del CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN N
996 sobre el lote 03, Manzana 232, ubicado en el loteo denominado "10 Hectáreas - SAN JOSE", de la ciudad de PALPALA; Departamento PALPALA, Provincia de Jujuy a nombre de las personas mencionadas en el artículo anterior.ARTICULO 3.- Por medio de Dirección de Hábitat e Inclusión procédase a la continuación del trámite administrativo a favor Sra. CARI FATIMA ROCIO
D.N.I. N 42150626 y el Sr. CORREA OSVALDO EFRAIN D.N.I. N 32625932, junto a su grupo familiar sobre el lote 03, Manzana 232, ubicado en el loteo denominado "10 Hectáreas - SAN JOSE", de la ciudad de PALPALA;
Departamento PALPALA, Provincia de Jujuy.-

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/12/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha16/12/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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