Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 18 de 2020.-

885

Boletín Oficial Nº 112

ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas.
Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia para conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 720-E/2020.EXPTE Nº 1056-4465-2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAR. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2020 a la Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la Señora Teodosia Teofana Valdiviezo, CUIL N 27-14424671-9, Personal de Planta Permanente, de la Escuela N 193 "Baldomero Fernández Moreno", dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2020.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N 6149, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "F4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro" denominada 01-01-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N
5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas.
Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia para conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 721-E/2020.EXPTE Nº 1056-6539-19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAR. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2020 a la Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la Señora Elda Isabel Rojas, CUIL N 27-10998623-8, Personal de Planta Permanente, de la Escuela N 64 "Independencia", dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N
5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2020.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N 6149, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "F4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro" denominada 01-01-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N
5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas.
Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia para conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 722-E/2020.EXPTE Nº 105681952018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAR. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2020 a la Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la Señora Liandra Quispe, CUIL N 27-13367724-6, Personal de Planta Permanente, de la Escuela N 249 "Gauchos de Gemes", dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:

Ejercicio 2020.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N 6149, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "F4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro" denominada 01-01-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N
5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas.
Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia para conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 884-E/2020.EXPTE Nº 1056-11820-17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 MAYO 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Modifícase la Planta de Personal de los Ministerios de Educación y ministerio de Hacienda y Finanzas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ley N 6149, Ejercicio 2020, como se indica a continuación:
TRANSFIERASE DE
JURISDICCIO
"F" .
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
N U. de O.
F-4
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
FINALIDAD
5 CULTURA Y EDUCACIÓN
CULTURA
Y EDUCACIÓN
SIN
FUNCION
5 DISCRIMINAR
ESCALAFÓN
HO
ESCALAFÓN GENERAL LEY N 3161
Categoría 4

Cantidad 1

A:
JURISDICCIO
N U. de O.
FINALIDAD
FUNCION

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

1
1

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
ADMINISTRACIÓN GENERAL
ADMINISTRACIÓN GENERAL SIN
DISCRIMINAR
ESCALAFÓN GENERAL LEY N 3161

7

ESCALAFÓN
Categoría 4

"C"

HO
Cantidad 1

ARTICULO 2.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ley N
6149, Ejercicio 2020, como se indica a continuación:
TRANSFIERASE DE
JURISDICCION
"F" MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. de O.
F-4 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
FINALIDAD
5 CULTURA Y EDUCACIÓN
CULTURA Y EDUCACIÓN SIN
FUNCION
5 DISCRIMINAR
PARTIDA 1-1-1-1454.459,00
6 Asignación de la Categoría 1
A:
JURISDICCION
U. de O.
FINALIDAD
F UNCION
PARTIDA 1-1-1-11

C MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
1 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
1 ADMINISTRACIÓN GENERAL
ADMINISTRACIÓN GENERAL SIN
7 DISCRIMINAR
Asignación de la Categoría Julio-Dic/2019
6

454.459,00

ARTICULO 3.- Como consecuencia de lo dispuesto en los artículos anteriores, dispóngase, a partir de la fecha del presente Decreto, la transferencia definitiva de cargo y persona de la Sra.
Silvia Carolina Velasco, C.U.I.L. N 27-29206331-3, personal de Planta Permanente, auxiliar, administrativa del Departamento de Prensa y Difusión del Ministerio de Educación al Ministerio de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 4.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar la transferencia de los Créditos Presupuestarios que resulten necesarios para la atención de lo dispuesto en los artículos anteriores.ARTICULO 5.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y Ministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Jujuy.ARTICULO 6.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas.
Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase sucesivamente a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, pase a conocimiento del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

Provincia de JUJUY
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha17/09/2020

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

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