Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 21 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 120

El Dr. Esteban Javier Arias Cau Presidente de Trámite-Vocal de la Sala I, Vocalía Nº 2
de la Cámara Civil y Comercial, en autos Expte. Nº C-146455/2019, caratulados Ejecución de Sentencia en Exp. Principal C-045608/2015: SADAIC Y OTRA c/
FIGUEROA CRISTINA DEL CARMEN, procede a notificar el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 20 de Septiembre de 2019. 1.-.- 2.-.- 3.-Téngase por deducida ejecución de sentencia y honorarios en contra de CRISTINA DEL CARMEN
FIGUEROA y, por consiguiente líbrese mandamiento de pago y citación de remate, por la cantidad de Pesos Cincuenta y Seis Mil Ciento Cuarenta y Cinco con 84/100
$56.145,84 en concepto de capital e intereses fijados en el expediente principal conforme planilla de liquidación aprobada, con más la cantidad de Pesos Veintidós Mil Cuatrocientos Cincuenta y Ocho $22.458 que se presupuestan por acrecidas legales y por la cantidad de Pesos Once Mil Doscientos Veintinueve con 16/100 $11.229,16 que se reclama por honorarios regulados en expte. C-045608/15 Cobro de Pesos: SADAIC
c/ Figueroa, Cristina Del Carmen, con más la cantidad de Pesos Cuatro Mil Cuatrocientos Noventa y Uno $4.491 que se presupuestan por acrecidas legales. En defecto de pago, cítesela de remate para que en el plazo de cinco días concurra a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de ordenarse mandar llevar adelante la presente ejecución. Por igual plazo intímaselo a constituir domicilio legal, en el radio de los tres Kms. del asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 52 del C.P.Civil.- 4.-Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau-Vocal HabilitadoAnte mí: Dr. Ignacio José Guesalaga Secretario.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 23 de Septiembre de 2019.-

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Hago saber que el Dr. Miguel Antonio Medina, Juez Federal Subrogante, en el Expte. Nº FSA 15544/2017, caratulado: BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ RIVERO
JUAN ATILIO S/ EJECUCIONES VARIAS, que tramita por ante este Juzgado Federal Nº 1 de Jujuy, Secretaría Civil y Comercial a cargo de la Dra. Karina Mezzena, sito en calle Belgrano N 1252 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, ha dispuesto notificar la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 29 de noviembre de 2017.- Atento lo informado por Secretaría, y de conformidad a lo dispuesto por el art. 526 tercer párrafo del C.P.C.C.N., líbrese mandamiento de intimación de pago en contra de RIVERO, JUAN ATILIO, hasta hacerse la parte actora íntegro pago de la suma de Pesos Veintiocho Mil Ochocientos Noventa y Dos con Noventa y Cuatro Centavos $28.892,94 en concepto de capital, con más la suma de Pesos Cuatro Mil Trescientos Treinta y Tres con Noventa y Cuatro centavos $4.333,94 calculada provisoriamente para responder a acrecidas del juicio.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del accionado, hasta cubrir los importes mencionados, los que serán denunciados en el momento de la traba por el apoderado de la actora y/o la persona que el mismo indique, debiendo designarse depositario judicial de los mismos al propio afectado o a persona de responsabilidad y arraigo. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones legítimas dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y el emplazamiento para que en el mismo plazo constituya electrónico conforme Acordadas n 31/11, 14/13 y 38/13
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, bajo apercibimiento de tenérselo por notificado Ministerio de Ley.- Notificaciones en Secretaría: martes y viernes.- Fdo. Mariano Wenceslao Cardozo Juez Federal de Jujuy.- Publíquense edictos en boletín oficial y diario local durante 2 días.- San Salvador de Jujuy, 15 de agosto de 2.019.-

16/18/21 OCT. LIQ. N 19045 $615,00.18/21 OCT. LIQ N 18834 $410,00.El Dr. Diego Armando Puca, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, Secretaría N 4, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, en el Expte.
N C-102035/17, caratulado: Ejecutivo: AUTOLUX S.A. c/ ZAPANA ESTER DEL
MILAGRO, procede a notificar a la Sra. ESTER DEL MILAGRO ZAPANA, la resolución que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 12 de Junio de 2019.- Autos y Vistos: Resuelve: 1 Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por AUTOLUX S.A. en contra de ZAPANA ESTER DEL MILAGRO, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de Pesos Ciento Setenta y Un Mil $171.000 con más los intereses que correspondan conforme a la tasa activa Tasa Activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. B-145731/05, Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio Silvia Zulema contra Achi Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, Fº 673/378 Nº 235 tomando como compensatorio desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada desde la fecha de suscripción 18/01/2017 18/02/2017
18/03/2017, considerada esta a la fecha, y de allí en más los mimos deben ser imputados como moratorio y hasta su efectivo pago e IVA si correspondiere.- 2 Diferir la regulación de honorarios hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en atrios.3 Imponer las costas a la parte vencida Art. 102 del C.P.C..- 4 Hacer efectivo el apercibimiento ordenado oportunamente, notificando la presente resolución por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de Ley, Art. 52 del C.P.C..- 5 Firme la presente por secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- 6 Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- Fdo.: Dr. Diego Armando Puca, Juez, ante mi: Dra.
Silvana Tejerina-Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario de circulación de la Provincia de Jujuy, por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 24 de Setiembre de 2.019.16/18/21 OCT. LIQ. Nº 19008 $615,00.El Dr. R. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial N 4 Secretaria N 8 en el Expte. N C-086806/17, caratulado: Ejecutivo: VASQUEZ, SINECIO c/
VELAZQUEZ, CARINA ALEJANDRA.- procede a notificar el siguiente proveído:
San Salvador de Jujuy, 18 de Septiembre de 2018.- Atento las constancias de autos y lo manifestado precedentemente por la actora, notifíquese por Edictos a la demandada:
SRA. VELAZQUEZ, CARINA ALEJANDRA, D.N.I. N 29.915.700 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo provisto por los arts. 472 y 478 del CPC, intimase al accionado a depositar la suma de Pesos Treinta Mil $30.000- que se reclaman por capital, con más la suma de Pesos Nueve Mil $9.000.- para acrecidas legales.- Asimismo cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro de los cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaria, bajo apercibimiento de mandar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes art. de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- Córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el que antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para el traslado se encuentran a su disposición en secretaria de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ello fuere feriado.Por el mismo término intimase a la demandada a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado. A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- Notifíquese y líbrese Edictos Art. 154
CPC.- Fdo. Dr. Sebastian Cabana, Juez ante mi Dra. María Cecilia Hansen, Prosecretaria.- Publíquese edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 25 de Septiembre de 2028.- Secretaria N 8, a cargo de la Dra. María Cecilia Hansen, Prosecretaria.18/21/23 OCT. LIQ N 18893-18892-18986 $615,00.-

Hago saber que el Dr. Sebastian Diego Argibay, Juez Federal Subrogante del Juzgado Federal N 2 de Jujuy, Secretaría Civil, en el expediente N FSA 29782/2018, caratulado: BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ SOTO, NILDA MILAGRO S/
EJECUCIONES VARIAS, ha dispuesto notificar a NILDA MILAGRO SOTO lo siguiente: San Salvador de Jujuy, de agosto de 2019.- Al escrito de fs. 35: Visto lo manifestado y solicitado por la actora en el escrito que se provee, las constancias de autos y lo dispuesto por los art. 343 y 531 inc. 2 tercer párrafo del CPCCN publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial y en emplazando a la demandada Nilda Milagro Soto, para que en el término de cinco 5 días comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso y oponga las excepciones que estime pertinentes, bajo apercibimiento de ley.- Téngase presente el informe policial que antecede, con noticia de la parte actora.- Fdo. Sebastian Diego ArgibayJuez Federal Subrogante.- Líbrese mandamiento de intimación de pago en contra de NILDA MILAGRO SOTO, D.N.I. N
5.890.619, para que pague en el la suma de Pesos Veinticinco Mil Seiscientos Diez con Cuarenta y Nueve centavos $25.610,49 reclamada en concepto de capital, con más la suma de pesos Tres Mil Ochocientos Cuarenta y Uno $3.841, presupuestada provisoriamente por intereses y costas del juicio.- La intimación de pago importará la citación de remate, para oponer excepciones legítimas dentro del término de cinco 5
días art.542, inc. 1 del Código de rito, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución, emplazando, asimismo al deudor para que constituya en igual plazo, domicilio legal dentro del radio de esta ciudad, bajo apercibimiento art. 41 del mencionado código de darle por notificadas las sucesivas providencias automáticamente en la forma y oportunidad que prevé el art. 133 del mismo código art. 542 del mismo código, y bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Notificaciones en Secretaria: Martes y Viernes, o el siguiente día de nota si alguno de ellos fuere feriado.Fdo. Sebastian Diego ArgibayJuez Federal Subrogante.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario local durante dos días.- San Salvador de Jujuy, a los 04 días del mes de Septiembre de 2019.18/21 OCT. LIQ N 18835 $410,00.La Sra. Juez del Tribunal de Familia, Vocalía N 3 de la Provincia de Jujuy Dra. Marta A. Rosemblth, en los autos caratulados EXPTE. N C-138192/2019 Aumento de Cuota Alimentaria en Expte. Principal C-061797/2016 Alimentos Zenarruza Ana Laura c/ Trejo Javier Antonio que tramita ante la Vocalía a mi cargo, procede a notificar al Sr. Trejo Javier Antonio de los proveídos que a continuación se transcriben: San Salvador de Jujuy, 29 de Julio de 2019.- I.- Admítase la presente demanda de Aumento de Cuota Alimentaria en contra del Sr. Javier Antonio Trejo. De la misma traslado al accionado, para que la conteste en el término de diez 10 días, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere en los términos del Art. 298 del C.P.C. de la Provincia de Jujuy.- Intímeselo asimismo para que en igual término constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Tribunal de Familia, sito en calle Gral.
Paz Nº 625, Capital, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de considerarse notificados por Ministerio de Ley todas las resoluciones posteriores Art. 52 del C.P.C..II.- Comisiónese a la Dra. Amalia Beatriz Pigino, para la confección y diligenciamiento de las medidas ordenadas Art. 72, 5 y 50 del C.P.C., en el plazo de cinco días de notificada la presente.- III.- Notifíquese por cédula Art. 155 y 156 del C.P.C. de la Provincia de Jujuy.- Fdo. Dra. Marta A. Rosemblth, Juez.- Ante mi Dra. María Carolina Frías, Pro-Secretaria. San Salvador de Jujuy, 04 de Septiembre de 2019.- I.A lo solicitado por la Dra. Amalia Beatriz Pigino, a fs. 70, notifíquese al Sr. GUSTAVO
TREJO mediante la publicación de edictos.- II.- Comisiónese a la Dra. Amalia Pigino, para la confección y diligenciamiento de las medidas ordenadas Art. 72, 5 y 50 del C.P.C., los que deberán ser presentados en Secretaría dentro de los cinco días de notificada, para su control y firma.- III.- Notifíquese por cédula Art. 155 del C.P.C. de la Provincia de Jujuy.- Fdo. Dra. Marta A. Rosemblth, Juez.- Ante mi Dra. María Carolina Frías, Pro-Secretaria.- La Publicación de Edictos deberá efectuarse en un diario local de amplia circulación y en el Boletín Oficial de la Provincia, por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 16 de Setiembre de 2019.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha19/10/2019

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

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