Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 09 de 2019.-

1247

Boletín Oficial Nº 116

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10071-ISPTyV/2019.EXPTE Nº 200-115-2018.y agdos. Nº 614-80/2016.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO.2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Rechazase por improcedente el recurso interpuesto por el Ing. SERGIO MARCELO APARICIO, D.N. I. N 13.121.362, personal Planta Permanente de Dirección Provincial de Vialidad por las razones expresadas en el exordio.ARTÍCULO 2.- El dictado del presente Acto Administrativo no significa reabrir plazos y/o instancias fenecidas, sino que es dictado solo al efecto de dar cumplimiento con la obligación de expedirse que tiene la administración pública, según lo normado por el Art.
33 de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10072-ISPTyV/2019.EXPTE Nº 200-615-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Rechazase el Reclamo Administrativo Previo deducido por la Dra.
MARIA ELISA ANDRÉS en nombre y representación del Sra. ELVIRA HILDA
ARAOZ D.N.I N 10.616.352, ex personal Planta Permanente dependiente, de la Dirección Provincial de Vialidad, por las razones expresadas en el exordio.ARTICULO 2.- Por aplicación del principio, de eventualidad procesal, déjese opuesta en subsidio, la defensa de prescripción bienal prevista en el Art. 256 de la Ley de Contrato de Trabajo.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10079-MS/2019.Expte. Nº 200-169/2017
c/agdo Nº1400-046/2016.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Recházase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por la Sra. Leila Carola Calisaya, D.N.I. Nº 35.824.320 con patrocinio letrado del Dr.
Sergio Eduardo Valdecantos, en contra de Resolución Nº 000072-MS/16, por las consideraciones expuestas en el exordio.ARTICULO 2º.- Déjase establecido que lo dispuesto por el presente Decreto no implica rehabilitar instancias y/o plazos vencidos, sino, solo dar repuestas a la presentación efectuada, en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial en su artículo 33º, impone a los funcionarios públicos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10089-MS/2019.EXPTE Nº 1414-558/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del SUB OFICIAL PRINCIPAL COPA OMAR
ENRIQUE, D.N.I. N 21.815.036, Legajo N 12.939, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTICULO 2º.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio por Antigedad Cumplida del SUB OFICIAL PRINCIPAL COPA OMAR ENRIQUE, D.N.I. N 21.815.036, Legajo N 12.939, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14
inc. n de la Ley Nº 3759/81.ARTICULO 3º.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10098-MS/2019.EXPTE. N 1414-1262/2018
c/agdo. Nº 1414-101/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del SUB OFICIAL PRINCIPAL CHAMBI JOSÉ
LUIS, D.N.I N 24.029.962, Legajo N 12.771, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.-

ARTICULO 2º.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del SUB OFICIAL
PRINCIPAL CHAMBI JOSÉ LUIS, D.N.I N 24.029.962, Legajo N 12.771, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto Nº 1161-MS/16.ARTICULO 3º.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10123-MS/2019.EXPTE Nº 200-168/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Recházase la aclaratoria solicitada por la DRA. SONIA ESTELA
ALFARO ABOGADA APODERADA DE SR. HINOJOSA JORGE LUIS, D.N.I N
25.798.300, por las consideraciones expuestas en el exordio.ARTÍCULO 2.- Déjase establecido que lo dispuesto por el presente Decreto no implica rehabilitar instancias y/o plazos vencidos, sino, solo dar, repuestas a la presentación efectuada, en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial en su artículo 33, impone a los funcionarios públicos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10124-MS/2019.EXPTE Nº 1414-187/2019.c/agdo. Nº 1414-438/2016.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO CACHAGUA WALDO MATIAS, D.N.I N 29.132.973, Legajo N 15.316, de acuerdo a las previsiones del artículo 93
inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTÍCULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO CACHAGUA
WALDO MATIAS, D.N.I N 29.132.973, Legajo N 15.316, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto Nº 1161-MS/16.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10132-MS/2019.EXPTE Nº 1414-557/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del SUB OFICIAL PRINCIPAL LAMAS
MARIO RODOLFO, D.N.I. N 22.187.780, Legajo N 12.880, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N
2810-G/01.ARTÍCULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio por Antigedad Cumplida del SUB OFICIAL PRINCIPAL LAMAS MARIO RODOLFO, D.N.I. N 22.187.780, Legajo N 12.880, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14
inc. n de la Ley Nº 3759/81.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 10133-MS/2019.EXPTE. N 1414-341/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Concédase a partir del día subsiguiente a su notificación, sesenta 60
días de Licencia Excepcional con goce de haberes, a favor del personal dependiente de Policía de la Provincia que siguientemente se nomina, conforme las previsiones del artículo 25º inc. f, del Reglamento del Régimen de Licencias Policiales R.R.L.P.:
01

Oficial Principal
TORRES EMILIO OSVALDO

02

Sargento Ayudante
CHAÑI RAUL MARCELO

03

Sargento Ayudante
MARTINEZ FERNANDO ALBERTO

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo
Legajo 13.193
Legajo 12.108
Legajo 13.339

Nº Nº Nº

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha09/10/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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