Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 30 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 112

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO Nº 9099-E/2019.EXPTE Nº 1052-593-16.C/Agreg. 1057-118-17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12ABR. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Créase el Colegio Secundario N 56 CUE 3800953-00, Tercera Categoría, Jornada Simple, ubicado en la ciudad de El Carmen, Provincia de Jujuy a partir del inicio del termino lectivo 2017, por las razones expresadas en el exordio.ARTÍCULO 2.- Establécese que el Colegio Secundario N 56 se regirá por la Normativa Provincial vigente para el nivel de Educación Secundaria.ARTÍCULO 3.- La erogación que demande el funcionamiento del Colegio Secundario N 56 será atendida con las partidas presupuestarias asignadas al Ministerio de Educación.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9731-G/2019.EXPTE Nº 0300-566-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la "FUNDACION
PROGRESO Y MUCHO MAS", con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de veintitrés 23
Artículos y, como Escritura Pública N 55/19 del Registro Notarial N 33 de Jujuy, corre agregado de fs. 31 a 37 de autos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9968-E/2019.EXPTE Nº 1056-5140-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase Con retroactividad al 1 de enero de 2019 a la Categoría 24 Agrupamiento Servicios Generales del escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la Sra. Amelia Lidia Hernández C.U.I.L N 27-127633784, Personal de Servicios Generales categoría 10 del Escalafón General, de la Escuela N 201 "Salvador Canuto Martínez" del departamento Palpala, dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3 Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N
5502/05, por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019: Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley N 6113, para la U. de O.: "4" - Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tornando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a cargo del tesorodenominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 100º bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N 5748/12.ARTICULO 4- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda Y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9970-E/2019.EXPTE Nº 1056-5569-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2019 a la Categoría 24 Agrupamiento Servicios Generales del escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la Sra. Hilda Susana Zapata C.U.I.L N 27-06726281-1, Personal de Servicios categoría 15 del Escalafón General, de la Escuela N 176
"De la Patria" del Departamento Palpalá, dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3 Anexo I del Decreto N 8865H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por los motivos expuestos en el exordio.-

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ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019: Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley N 6113, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "4" - Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tomando Créditos de la Partida prevista en la U.
de O. "K" Obligaciones a cargo del tesoro - denominada: 1-1-1-1-1-60
"Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 100
bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N 5748/12.ARTICULO 4- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9972-E/2019.EXPTE Nº 1056-5942-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero del 2017 a la Categoría 24 Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la SEÑORA RITA CANCHI, CUIL N 27-11494979-0;
Personal de Planta Permanente, Categoría 15 del Escalafón General, en el Bachillerato Provincial N 6 "Islas Malvinas" dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019.- Gastos en Personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2019, Ley N 6113, prevé para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 0101-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502" U. de O. "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.Ejercicios Anteriores - Período No consolidado Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 "Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestaria en Ejercicios Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines, la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidaciones, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N 5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10062-E/2019.EXPTE Nº 1056-2682-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero del 2019 a la Categoría 24 Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, al SEÑOR ELADIO ALTAMIRANO ABAN, CUIL N 2093449464-5, Personal de Planta Permanente, Categoría 10 Agrupamiento Servicios Generales en la Escuela N 4 "Esteban H Leach", Departamento San Pedro, dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N
5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2019, Ley N 6113, prevé para la Jurisdicción. "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 0101-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502" U. de O. "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha29/09/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

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