Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/8/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Agosto, 07 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 89

DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase, a partir del 1 de Enero de 2019, a la Categoría 24 Agrupamiento Administrativo del Escalafón General -Ley N
3161/74, a la señora MARIA BERTA LILIANA GARAY, CUIL 2712618314-9, personal de planta permanente de la Dirección Provincial del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Categoría 19 del Escalafón General de la Administración Pública Provincial, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación se atenderá con afectación a la Partida de Gastos en. Personal que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2019 Ley N 6113 para la U. de O. 4B -Dirección Provincial de Registro Civil y Capacidad de las Personas, la que en caso de resultar insuficiente se reforzará tomando créditos de la Partida: 01-01-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502", prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTICULO 3.- Instruyese a la DIRECCION PROVINCIAL DE
PERSONAL el control cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3º del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias; quedando la agente intimada en los términos del Artículo 100 bis de la Ley N 3161/74, modificada por Ley N 5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9538-HF/2019.EXPTE. Nº 514-07/2019.Y AGREGADOS.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase las Resoluciones dictadas por la DIRECCION PROVINCIAL DE PRESUPUESTO, en el periodo comprendido entre el 1 y el 28 de febrero de 2019, que a continuación se detallan:
Resolución Nº 55-DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 202-AD-14/2019.Resolución Nº 56- DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 202-AD-1103-2018.Resolución Nº 57- DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 400-3965-M/2019.Resolución Nº 58-DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 500-47/2019.Resolución Nº 59- DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 600-80/2019.Resolución Nº 60- DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 600-129/2019.Resolución Nº 61- DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 600-172/2019.Resolución Nº 62 - DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 612-59/2019.Resolución Nº 63 - DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 733-CM-030/2019.Resolución Nº 64 - DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 930-46/2019.Resolución Nº 65 - DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 2013-002/2019.Resolución Nº 66 - DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 2013-003/2019.Resolución Nº 67 - DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 2024-07/2019.Resolución Nº 68 - DPP-2019 Tramitada en Expte. Nº 2010-016/2019.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9632-G/2019.EXPTE. Nº 0411-2923-2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase, a partir del 1 de Enero de 2019, a la Categoría 24 Agrupamiento Administrativo del Escalafón General -Ley N 3161/74, a la señora MARTA LEONOR MOGRO, CUIL 2713729611-5, personal de planta permanente de la Dirección Provincial del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Categoría 22 del Escalafón General de la Administración Pública Provincial, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo 1 del Decreto N
8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502, por las razones expuestas en el exordio.-

943

ARTICULO 2.- La erogación se atenderá con afectación a la Partida de Gastos en Personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley N 6113 para la U. de O. 4B Dirección Provincial del Registro Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la Jurisdicción B Ministerio de Gobierno Justicia; la que en caso de resultar insuficiente se reforzará tomando créditos de la Partida: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502", de la U. de O. K, Jurisdicción K Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTICULO 3.- Instrúyese a la DIRECCION PROVINCIAL DE
PERSONAL el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3 del Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias; quedando la agente intimada en los términos del Artículo 100 bis de la Ley N 3161/74 incorporado por Ley N 5748.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9634-G/2019.EXPTE. Nº 0411-1194-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase, a partir del 1 de Enero de 2019, a la Categoría 24 Agrupamiento Administrativo, del Escalafón General -Ley N 3161/74, a la señora ILDA BLANCA FLORES, CUIL 2710375669-9, personal de planta permanente de la Dirección Provincial del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Categoría 18 del Escalafón General de la Administración Pública Provincial, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I de Decreto N
8865-H-07 reglamentario de la Ley N 5502, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2º.- La erogación se atenderá con afectación al Partida de Gastos en Personal que al afecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Calculo de RecursosEjercicio 2019 Ley Nº 6113 para la U. de O. 4BDirección Provincial de Registro Civil y Capacidad de las Personas, la que en caso de resultar insuficiente se reforzara tomando créditos de la Partida: 01-01-01-01-01-60 Adecuación Ley 5502, prevista en la Jurisdicción K Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la DIRECCION PROVINCIAL DE
PERSONAL el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Articulo 3º del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias; quedando la agente intimada en los términos del Artículo 100 bis de la Ley N 3161/74, modificada por Ley N 5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9701-HF/2019.EXPTE. Nº 500-341/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Dispónese la promoción de la señora NORMA
VARGAS, CUIL N 2711664483-0, al cargo Categoría 24, Agrupamiento Administrativo del Escalafón General de la Jurisdicción "C" Unidad de Organización C-1 Ministerio de Hacienda y Finanzas, a partir del 01-01-19, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con la partida de gastos en personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N 6113-Ejercicio 2019-, para la U de O. C-1
Ministerio de Hacienda y Finanzas, la que en caso de resultar insuficiente se reforzará tomando crédito de la partida prevista en la Jurisdicción "K"
Obligaciones a cargo del Tesoro denominado 01-01-01-01-01-60
"Adecuación Ley N 5502".-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/8/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha06/08/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones