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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 14/1/2022
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 9
Viernes, 14 de enero de 2022
Pág. 415
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
ÁREA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO AMBIENTE Y
CAMBIO CLIMÁTICO
2022/149 Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2022 del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático.
Anuncio Con fecha de 12-01-2022, por el Sr. Diputado Delegado del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático, se ha dictado Resolución núm. 11, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2022 del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático, cuyo texto es el que sigue:
Vista la Propuesta del Director del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático, de fecha 12 de enero de 2022, relativa a la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2021 del Área de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de la Diputación Provincial de Jaén, del siguiente tenor literal:
La presente propuesta tiene por objeto establecer el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático de la Diputación Provincial de Jaén para el año 2022, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su reglamento de desarrollo y en las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial para el ejercicio 2022.
Introducción.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante, LGS, dispone en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán contar con un Plan Estratégico de Subvenciones. En dicho Plan, se deberán concretar los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Por su parte el artículo 10.1 del Reglamento de la LGS aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece que los planes estratégicos de subvenciones, a que se hace referencia en el artículo 8 de la Ley General de Subvenciones, se configuran como un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
En el ámbito de la Diputación Provincial de Jaén, de acuerdo con el art. 35.5 de las Bases de Ejecución del Presupuesto, cada Área elaborará dentro del primer trimestre del ejercicio