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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 8/5/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 87
Viernes, 08 de mayo de 2020
Pág. 5338
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALBANCHEZ DE MÁGINA
JAÉN
2020/1408 Aprobación definitiva del Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Albanchez de Mágina.
Edicto Don Diego Fernández Muñoz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Albanchez de Mágina, Jaén.
Hace saber:
Que por acuerdo del Pleno de fecha 5 de febrero de 2020, se aprobó inicialmente el REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE ALBANCHEZ DE MÁGINA, por lo que conforme al art.49 de la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases del Régimen Local, quedó expuesto el expediente al trámite de información pública por plazo de 30 días hábiles, para que por los legítimamente interesados puedan examinarlos e interponer reclamaciones ante el Pleno, entendiéndose definitivamente aprobado de no haber ninguna reclamación, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia número 38 de fecha 25 de febrero de 2020. No habiéndose producido reclamaciones ni sugerencias durante el plazo de exposición pública, el mismo queda definitivamente aprobado, ordenándose la publicación del texto íntegro del Reglamento en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, entrando en vigor al día siguiente de dicha publicación. Se hace saber que contra la aprobación definitiva del Reglamento cabe interponer recurso contencioso-administrativo directo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
A continuación insértese el texto íntegro del citado Reglamento.
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO DE ALBANCHEZ DE MÁGINA JAÉN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Entre las actuaciones que el artículo 9.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos para favorecer el ejercicio en plenitud de los derechos y libertades individuales, se contempla la de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, siendo la participación en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, un derecho de los ciudadanos otorgado por el artículo 23 de nuestra Carta Magna que, en el ámbito local, ha sido recogido por el Capítulo IV información y participación ciudadanas del Título V de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local LRBRL en adelante.