Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 6/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 85

Miércoles, 06 de mayo de 2020

Pág. 5242

ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
ÁREA DE EMPLEO Y EMPRESA
2020/1470 Resolución número 439 de fecha 2 de mayo de 2020, por la que se aprueban las Normas reguladoras para la inscripción a las acciones de teleformación para desempleados, autónomos y emprendedores, en el marco del Plan de Empleo y Empresa de la provincia de Jaén, correspondiente al año 2020.

Anuncio La Diputada de Empleo y Empresa P.D. Resolución núm. 709 de 11-07-19 ha dictado Resolución número 439 de fecha 2 de mayo de 2020, por la que se aprueban las Normas reguladoras para la inscripción a las acciones de teleformación para desempleados, autónomos y emprendedores, en el marco del Plan de Empleo y Empresa de la provincia de Jaén. Año 2020; que es del siguiente contenido:
Con la entrada en vigor del Estado de Alarma decretado por el Gobierno de España el día 14 de marzo de 2020 y su reciente ampliación hasta el próximo 9 de Abril hemos entrado en una situación excepcional. Las consecuencias han sido inmediatas en cuanto al impacto tanto en el empleo como en las empresas. Esta situación de paro empresarial casi total, conllevará en los próximos meses una situación muy difícil para los emprendedores, para los empresarios y para los desempleados de la provincia de Jaén.
La Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 marzo, prorrogado por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, referente a la suspensión de plazos administrativos, establece en su apartado 1 que Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo; si bien en su apartado 3 que No obstante lo anterior, el órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo; y en su apartado 4 que Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, desde la entrada en vigor del presente real decreto, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.
Conscientes de esto, desde la Diputación de Jaén se van a adoptar una serie de medidas que sirvan para reorientar nuestras actuaciones previstas y poder contribuir en la medida de nuestras posibilidades a superar esta situación coyuntural.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 6/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha06/05/2020

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones5604

Primera edición02/01/2003

Ultima edición06/05/2024

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