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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 24/7/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 140
Lunes, 24 de Julio de 2017
Pág. 10153
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA JAÉN
NEGOCIADO DE RENTAS
3181
Aprobación definitiva modificación Ordenanza ICIO.
Anuncio No habiéndose presentado reclamaciones contra el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal núm. 2 reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, aprobado provisionalmente por este Ayuntamiento por acuerdo plenario de 27 de abril de 2017, se entiende definitivamente adoptado aquel acuerdo conforme al art. 17.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
En cumplimiento de lo establecido en el art. 17.4 del citado Texto Refundido a continuación se transcribe la parte resolutiva de dicho acuerdo:
3.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.Por la Sra. Interventora se da cuenta del expediente, así como del dictamen favorable de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Patrimonio y Agricultura, de fecha 20 de abril de 2017, cuyo tenor literal es el siguiente:
Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.- Por el Sr. Presidente se da cuenta del informe propuesta redactado por el Sr. Arquitecto Municipal con fecha 27 de marzo de 2017 para la modificación del art. 5
de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en razón a que no se percibe claramente el costo a aplicar en caso de presupuestos visados que sean groseramente bajos , así como informe favorable del Jefe Acctal. del Negociado de Rentas de 4 de abril. Consta igualmente el informe de intervención de 6 de abril en el que se indica que no existe impedimento legal para la adopción del acuerdo.
Sin que se promueva debate alguno, la Comisión, por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
Primero: Dictaminar favorablemente la modificación del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal nº 2, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que figura en el informe del Sr. Arquitecto Municipal y en del Sr. Jefe Acctal. del Negociado de Rentas que obra en el expediente.
Segundo: Someter el expediente a información pública durante el plazo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, mediante su publicación en el BOP y en uno