Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 16/11/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 26

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Granada, jueves, 16 de noviembre de 2023

B GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITAL
VI: Inversiones reales 123.293,53 €
VII: Transferencias de capital 0,00 €
VIII: Activos financieros 0,00 €
IX: Pasivos financieros 0,00 €
TOTAL GASTOS:
880.672,61 €
PLANTILLA DE PERSONAL
A PERSONAL FUNCIONARIO:
Secretaría-Intervención 1: A1-30 Agrupado con Sorvilán. Ocupada FHCN
Administrativo Admón. Gral. 1: C1-20 Vacante.
Auxiliar Administrativo Admón. Gral. 1: C2-18 Ocupada Interinidad.
Auxiliar Policía Local 1: C2-14 Ocupada interinidad Arquitecto Técnico 1: A2-23 Vacante Operario servicios múltiples 1: E-14 Vacante B PERSONAL LABORAL:
Oficial 1 1 Servicio a tiempo completo Dinamizadora Guadalinfo 1 Servicio a tiempo parcial Aux. Ayuda a domicilio 5 Servicio a tiempo parcial Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Sorvilán, 6 de noviembre de 2023.-La Alcaldesa-Presidenta, fdo.: Pilar Sánchez Sabio.

NÚMERO 7.172

AYUNTAMIENTO DE SORVILÁN Granada
Padrón basura 6º bimestre 2023
EDICTO
D Pilar Sánchez Sabio, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Sorvilán Granada, HAGO SABER; Que mediante Decreto de la Alcaldía nº 228/2023 de fecha 06/11/2023 ha sido aprobado el Padrón municipal correspondiente a la tasa de Basura 6º Bimestre del ejercicio 2023.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que contra los actos de liquidación contenidos en el mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLRHL, se formulara ante dicho órgano el recurso de reposición a que se refieren tanto el artículo 108 de la ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local como el precepto citado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la inserción del presente edicto en el BOP, previo al contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-Administrativo de Granada, en la forma y plazos previstos en la ley reguladora de dicha jurisdic-

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B.O.P. número 218

ción, estando a tales efectos el padrón a disposición de los interesados en las oficinas municipales.
Se advierte que la interposición de recurso, no detendrá en ningún caso, la ejecución del acto impugnado.
Sorvilán, 6 de noviembre de 2023.-La Alcaldesa, fdo.: Pilar Sánchez Sabio.

NÚMERO 7.173

AYUNTAMIENTO DE SORVILÁN Granada
Modificación de crédito EDICTO
D Pilar Sánchez Sabio, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Sorvilán Granada, HACE SABER: En cumplimiento del art. 169.1, por remisión del 177,2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 28 de septiembre de 2023, sobre el Expediente de modificación de crédito n.º 326/2023, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales, resultante de la liquidación del ejercicio anterior, con el siguiente resumen:
1 - SUPLEMENTO EN PARTIDAS DE GASTOS.
338-22609 Fiestas, Cultura y Deporte: 26.000,00 euros 2 - SUPLEMENTO EN PARTIDAS DE INGRESOS.
87000 Remanente de Tesorería para gastos generales: 26.000,00 euros.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Sorvilán, 6 de noviembre de 2023.-La Alcaldesa, fdo.: Pilar Sánchez Sabio. n

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 16/11/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha16/11/2023

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones5514

Primera edición01/06/2002

Ultima edición22/05/2024

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