Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 25/10/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

JUNTA DE ANDALUCÍA

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Granada, miércoles, 25 de octubre de 2023

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B.O.P. número 203
NÚMERO 6.517

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINAS EN GRANADA

DUP Expte.: E-4405; 14104/AT P.E. Barranco del Agua II e infraestructuras de evacuación. Escúzar y Alhendín EDICTO
Anuncio de fecha 9 de octubre de 2023 de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado Parque Eólico Barranco del Agua II, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Escúzar y Alhendín Granada.
Expediente E-4405; 14.104/AT.
De conformidad con lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y la de construcción y la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto de referencia, cuyas características principales se señalan a continuación:
a Peticionario: GLOBAL TRADE WIND, S.L., con CIF nº B19642651 y domicilio social en la calle Santa Lucía nº 1K de Churriana de la Vega Granada.
b Objeto de la petición: declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación denominada Parque Eólico Barranco del Agua II, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Escúzar y Alhendín Granada.
c Emplazamiento: términos municipales de Alhendín y Escúzar Granada.
d Características: el parque eólico Barranco del Agua II de 24 MW de potencia está formado por seis aerogeneradores, accesos, viario interno y canalizaciones para la red de media tensión y comunicaciones. El acceso al parque se realiza a través de la carretera autonómica A-338, de Granada a Alhama de Granada, aprovechando un camino asfaltado existente que parte de la margen izquierda de ésta, sentido Alhama. Se aprovechará, en parte, la red de caminos agrícolas y forestales existente, que serán acondicionados a tal efecto. La conexión de este parque eólico con la subestación colectora se realizará a través de una línea eléctrica de alta tensión subterránea a 30 kV de doble circuito.
e Finalidad: producción de energía de origen eólico.
La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha Ley.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública, por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos meramente informativos de dicha obligación.
Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
A estos efectos, en el anexo adjunto, se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de sus titulares.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto de 26 de abril de 1957, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen oportunos a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada. En caso de que alguno de los titulares afectados e incluidos en la citada relación tenga firmado un acuerdo de ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá aportarlo a los efectos de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Expropiación forzosa.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 e de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite de información pública en el Portal de Transparencia de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 25/10/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha25/10/2023

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones5505

Primera edición01/06/2002

Ultima edición09/05/2024

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