Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 14/5/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

n
Granada, viernes, 14 de mayo de 2021
NÚMERO 2.200

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y
EL RETO DEMOGRÁFICO

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
COMISARÍA DE AGUAS

Pública de solicitud de concesión de aguas públicas expte. 4981/2018
EDICTO

Se ha presentado en este organismo la siguiente petición de concesión de aprovechamiento de aguas públicas:
Nº Expediente: A-4981/2018
Peticionario: Urbanización Torre El Romeral USO: Abastecimiento Volumen Anual m3/año: 1.733,75
Captación:
- T.M.: Baza. Provincia: Granada - Procedencia: Aguas Superficiales - Manantial.
- M.A.S.: Embalse del Negratín.
- 1 X UTM: 509062, Y UTM: 4141293
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 y ss. del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el R.D. 849/1986, de 11 de abril, modificado por el R.D. 606/2003 de 23 de mayo, a fin de que, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este anuncio, puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, ante esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en la Plaza de España, Sector II. 41071 Sevilla, donde se halla de manifiesto la documentación técnica del expediente de la referencia, o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 23 de marzo de 2021.- La Jefa de Servicio, fdo.: Elena López Navarrete.

NÚMERO 2.531

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO DOS DE ALMUÑÉCAR GRANADA

Notificación de sentencia 21/2021
EDICTO

En Almuñécar, a 27 de enero de 2021.
Vistos por D María Cristina Merino Ávila, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Almuñécar y su partido, los autos de Juicio Ordinario, registrados con el número 164/2019, promovidos por el Procurador de los Tribunales D Aurora Cabrera Carrascosa en representación de D. Antonio Olmos Blanco y asistidos por el letrado D. Luis Manuel Daza Ramos, contra D. Laurenta Henri y contra la herencia yacente de D.

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B.O.P. número 91

Rafael García Caballero formada por sus hijos D. Manuel, D. Rafael, D. José Antonio y D Teresa García González y esposa D Carmen González Jiménez; y contra la herencia yacente de D María García Caballero, formada por D Salud y D Gracia González García y D Paula González Galiana, sobre acción declarativa de dominio.
FALLO
Se estima la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D Aurora Cabrera Carrascosa en representación de D. Antonio Olmos Blanco, contra D. Laurenta Henri y contra la herencia yacente de D. Rafael García Caballero formada por sus hijos D. Manuel, D. Rafael, D. José Antonio y D Teresa García González y esposa D Carmen González Jiménez y contra la herencia yacente de D María García Caballero, formada por D Salud y D Gracia González García y D Paula González Galiana y en consecuencia:
1º.- Se declara que D. Antonio Olmos Blanco es propietario del pleno dominio de la finca sita en la calle Juan Gris nº 8 de Almuñécar, conformada por una parcela de 237 metros cuadrados, en la que existe construida una vivienda de 85 metros cuadrados, que se corresponde con la parcela catastral 0974808VF4607D0001XW que linda por el Levante y Norte con la parcela catastral 0974807VF4607D0001CW, por Poniente linda con la parcela catastral 0974808VF4607D0001XW y por el Sur con la calle pública denominada c/ Juan Gris, de Almuñécar.
Y que se corresponde con la finca registral 5212 de Almuñécar.
2º.- En consecuencia, se acuerda librar mandamiento al Registro de la Propiedad de Almuñécar a fin de que practique la inscripción correspondiente de dominio a favor del actor, cancelando las inscripciones contradictorias si las hubiere. Y asimismo, se acuerda librar mandamiento a la Gerencia Provincial del Catastro Inmobiliario de Granada en orden a la atribución, previa rectificación oportuna, de la titularidad de dicha finca a favor del actor.
3º.- Las costas se imponen a la parte demandada.
Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días, contados desde el siguiente a la notificación de la presente, a preparar ante este juzgado y a sustanciar ante la Iltma.
Audiencia Provincial de Granada.
Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Publicación.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Juez que la suscribe en el mismo día de su fecha y estando celebrando audiencia pública.
Y encontrándose dicho demandado, Laurenta Henri, y contra la herencia yacente de D. Rafael García Caballero formada por sus hijos D. Manuel, D. Rafael, D. José Antonio y D Teresa García González, y esposa D Carmen González Jiménez; y contra la herencia yacente de D María García Caballero, formada por D Salud y D
Gracia González García y D Paula González Galiana, en situación de rebeldía procesal, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
Almuñécar, 14 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, fdo.: M Cristina Merino Ávila.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 14/5/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha14/05/2021

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones5515

Primera edición01/06/2002

Ultima edición23/05/2024

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