Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 28/4/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

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Granada, miércoles, 28 de abril de 2021

NÚMERO 2.227

DIPUTACIÓN DE GRANADA
DELEGACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

Bases bolsa Técnico de Gestión EDICTO
Resolución nº 1284 de 20 de abril de 2021 por la que se aprueban las Bases específicas del proceso de selección para la elaboración de bolsas de empleo para el nombramiento de funcionarios/as interinos/as en la categoría de Técnico/a Medio/a de Igualdad por el sistema de concurso, turno libre, promoción interna o discapacidad.
Con el fin de atender futuras necesidades de personal de la Administración pública mediante la conformación de una bolsa de trabajo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 34.1.g de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en el Reglamento de Selección de personal temporal y bolsas de trabajo de la Diputación de Granada y en las correspondientes bases generales, resuelvo convocar el proceso de selección temporal para la conformación de una bolsa de trabajo conforme a las presentes bases:
BASES
BASE 1: SISTEMA SELECTIVO
1.1. Se convoca el presente proceso de selección de personal temporal, por el sistema de concurso, con la finalidad de dotar a la Diputación de Granada de una bolsa de trabajo que permita atender futuras necesidades de la Administración mediante el nombramiento de funcionarios interinos, de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, en la categoría profesional de Técnica/o medio/a de Igualdad, turno libre, promoción interna o discapacidad en cualquiera de las modalidades previstas en el art. 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
1.2. Las características de las plazas se detallan en el Anexo I.
1.3. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.
BASE 2: REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
Los candidatos deberán reunir, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos:
1. Nacionalidad.
1.1 Tener la nacionalidad española.
1.2 También podrán participar en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:
a Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

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B.O.P. número 79

c Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b, así como los extranjeros incluidos en el apartado c, deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.
2. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3. Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
4. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5. Titulación: Poseer la titulación exigida, determinada en el anexo I.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia, y los aspirantes con titulaciones no universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
6. Podrá exigirse el cumplimiento de otros requisitos específicos que guarden relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar. En todo caso, habrán de establecerse de manera abstracta y general se determinarán, en su caso, en el Anexo I.
7. No ser funcionario de carrera o personal laboral fijo de la Diputación de Granada en la misma categoría profesional a la que se refiere la convocatoria.
BASE 3: REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA EL ACCESO POR LOS TURNOS DE PROMOCIÓN INTERNA
TEMPORAL Y DISCAPACIDAD
1. Quienes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de selección de personal temporal y bolsas de trabajo de la Diputación de Granada, participen en el proceso de selección por los turnos restringidos de promoción interna temporal y discapacidad, únicamente podrán participar por un único turno, debiendo reunir los requisitos generales de titulación y las demás condiciones exigidas para participar en las pruebas de acceso, además de los requisitos específicos que se prevén en los siguientes apartados.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 28/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha28/04/2021

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones5506

Primera edición01/06/2002

Ultima edición10/05/2024

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