Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 6/4/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

n
Granada, martes, 6 de abril de 2021

NÚMERO 1.417

JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA INTERIOR
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN GRANADA
SERVICIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Información pública solicitud transmisión instalación eléctrica, expte. 13980/A.T.

n
B.O.P. número 63

en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Granada, 17 de marzo de 2021.-La Dirección General de Energía P.D. Resolución de 9 de marzo de 2016, BOJA
nº 51, el Delegado del Gobierno P.S. Resolución de 2 de febrero de 2021 El Delegado Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, fdo.: Antonio Jesús Granados García.

EDICTO
NÚMERO 1.458

RESOLUCIÓN de la Delegación del Gobierno en Granada, por la que se autoriza la transmisión de la Instalación Eléctrica con exp. núm. 13980/A.T. Ref. E-4110-JFR.
De acuerdo con el anuncio de esta Delegación, de fecha 9 de abril de 2019, B.O.P. nº 75, de 23/04/2019, y visto el expediente incoado en esta Delegación, cuya descripción se reseña a continuación, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica; el Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas normas reguladoras de procedimientos administrativos de industria y energía; esta Delegación del Gobierno en Granada, en virtud de las competencias delegadas en materia de instalaciones eléctricas por resolución de 9 de marzo del 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas B.O.J.A. nº 51, de 16 de marzo de 2016; ha resuelto autorizar la transmisión de la instalación eléctrica que a continuación se reseña:
Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., con domicilio en Granada C.P. 18009, c/ Escudo del Carmen 31 y CIF: B82846817.
Propietario: San Francisco de Asís de Montefrío, S.C.A.
Características: 52 m de red subterránea MT 20 kV
D/C y Centro de Seccionamiento, sito en término municipal de Montefrío.
Esta aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el art. 133 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por la que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro, y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda y Financiación Europea, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO SOCIAL. GRANADA

Recurso suplicación 660/20 MJ
EDICTO
D María Dolores Hernández Burgos, Letrada de la Administración de Justicia y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social, sede Granada, CERTIFICO: En el recurso de suplicación 660/20 se ha dictado sentencia con fecha 5/11/20, cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:
En el recurso de suplicación núm. 660/2020, interpuesto por D. Francisco Javier Pachón Corrales, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm.
Cuatro de los de Granada, en fecha 3 de septiembre de 2019, aclarada mediante auto de 18 de septiembre de 2019, en autos núm. 503/2018, ha sido Ponente el Ilmo.
Sr. Magistrado D. Francisco Manuel Álvarez Domínguez.
I. Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso de suplicación interpuesto por D. Francisco Javier Pachón Corrales, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Granada de fecha 3
de septiembre de 2019, aclarada mediante auto de 18
de septiembre de 2019, en el procedimiento seguido a instancias del recurrente, frente a Yolanda Mesa, S.L., Asepeyo, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social número 151. Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social en reclamación de Seguridad Social, modificando la sentencia recurrida en el solo aspecto de establecer que la base reguladora mensual correspondiente al trabajador es la de 622,76 euros, y manteniendo los restantes pronunciamientos de la misma.
Notifíquese esta sentencia a las partes y al Excmo.
Sr. Fiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, contra ella, cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá ser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala, firmado por abogado -caso de no constar previamente, el abogado firmante deberá acreditar la representación de la parte-, expresando el propósito de la parte de formalizar el recurso; y en el mismo deberá designarse un domicilio en

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 6/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha06/04/2021

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones5500

Primera edición01/06/2002

Ultima edición02/05/2024

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