Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 8/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 168

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Granada, jueves, 8 de octubre de 2020

BDNS Identif.: 524950
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/524950
Primero. Beneficiarios:
Jóvenes de 12 a 20 años, residentes en Granada, con interés en este tema y que deseen participar.
Segundo. Objeto:
Concurso de Micro-relatos contra la violencia de género. La participación en el concurso se llevará a cabo a través de la elaboración y presentación de un micro-relato de un máximo de 100 palabras que refleje los objetivos del concurso:
Reflejar las trampas del amor romántico.
Mostrar un trasfondo positivo, que destaque la fuerza de las mujeres frente a los malos tratos, su capacidad de recuperación y el rechazo social a estas conductas.

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Promover comportamientos respetuosos y consensuados en las relaciones sexuales.
Contribuir a la sensibilización, sobre todo de adolescentes y jóvenes, acercándose a sus experiencias.
Tercero. Bases reguladoras:
Bases de Ejecución presupuestaria para el año 2020.
Cuarto. Cuantía:
El premio consistirá en un E-book o libro electrónico con un valor máximo de 300 euros.
Quinto. Plazo de presentación:
Desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 31 de octubre de 2020.
Sexto. Otros datos:
Los micro-relatos, escritos en castellano a ordenador, deberán ser enviados por e-mail a: micro-relatos@dipgra.es en archivo con extensión odt o doc.
Granada, 23 de septiembre de 2020.- La DiputadaDelegada de Igualdad y Juventud, Mercedes Garzón Ruiz.

NÚMERO 4.248

DIPUTACIÓN DE GRANADA
DELEGACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Aprobación definitiva del Plan Provincial de Intervenciones Urbanísticas en Entornos de Viviendas-Cueva de municipios de la provincia de Granada 2020
EDICTO
El Pleno de la Diputación Provincial de Granada en sesión ordinaria y semipresencial/telemática celebrada el día 30
de septiembre de 2020, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar definitivamente el PLAN PROVINCIAL DE INTERVENCIONES URBANÍSTICAS EN ENTORNOS
DE VIVIENDAS-CUEVA DE MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE GRANADA 2020 que queda integrado por las actuaciones recogidas en el Anexo adjunto.
SEGUNDO.- Facultar, a efectos de ejecución material, al Excmo. Sr. Presidente a la autorización mediante resolución/es, dando cuenta de la/s misma/s al Pleno en la primera sesión que éste celebre, de cualquier ajuste, exigido para la efectividad de lo acordado, respecto del citado Plan, así como a modificar los créditos iniciales asignados en los capítulos 6 y 7 a tales actuaciones, sin alteración de la cuantía total del Plan.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado Quinto.6 de la Convocatoria, aprobado definitivamente el Plan, se publicará en el BOP de Granada para su entrada en vigor y comienzo de los cómputos de los plazos previstos en el Reglamento regulador del PPOYS BOP 10/02/16, así como en la página web de la Diputación de Granada a efectos informativos.
Según se dispone en el artículo 13.3 de dicho Reglamento, los proyectos de obra cuya redacción haya sido asumida por las Entidades Locales beneficiarias del Plan deberán ser presentados en la Oficina de Supervisión de Proyectos de la Diputación en el plazo de 3 meses desde esta publicación. Si se incumpliera dicho plazo, los mismos serán redactados por los técnicos de la diputación, que procederá además a su contratación, previa tramitación del ajuste que corresponda.
Este acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada en el plazo de dos meses computado a partir del día siguiente al de la presente publicación. No obstante, con carácter previo al recurso judicial indicado, podrá presentarse ante el Pleno de la Diputación un requerimiento previo para que dicho acto se anule, en el plazo de dos meses, computado a partir del día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.1 de la Ley 29/1998, de 134 de julio, de la Jurisdicción contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Granada, 5 de octubre de 2020.- El Diputado Delegado, José María Villegas Jiménez.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 8/10/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha08/10/2020

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones5502

Primera edición01/06/2002

Ultima edición06/05/2024

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