Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 6/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 166

n
Granada, martes, 6 de octubre de 2020

O. La realización de comportamientos prohibidos conforme al protocolo de acoso sexual contemplado en el artículo 47 de este Reglamento.
P. Dar un trato discriminatorio a las personas en el ejercicio de sus funciones por alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 14 de la Constitución Española.
Q. Las demás acciones u omisiones de carácter muy grave que puedan recogerse en este Reglamento como infracciones.
R. Haber sido sancionado por la comisión de tres faltas graves en un año.
2. Las faltas muy graves se sancionarán con suspensión de 180 días a dos años y, en su caso, con la expulsión definitiva de la ALPCSF, conforme al artículo 43.3
de este Reglamento.
3. Las faltas muy graves prescribirán a los 3 años.
4. Las sanciones por faltas muy graves prescribirán a los 3 años.
Artículo 46. PROTOCOLO ACOSO SEXUAL.
No se tolerará cualquier comportamiento, verbal, físico o telemático, durante un servicio en esta agrupación, ni en ninguna de otro municipio, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. Art. 7.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.- Para lo no previsto en este Reglamento se estará a lo dispuesto en el Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por lo que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la comunidad Autonómica de Andalucía.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente reglamento entrará en vigor a los quince días de su publicación.
ANEXO I
SOLICITUD DE INCORPORACIÓN A LA AGRUPACIÓN LOCAL DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DE SANTA FE
D. residente en con DNI número nacido el de de 20 con domicilio en c/ nº
teléfono móvil. correo electrónico
EXPONE:
Que teniendo conocimiento de la existencia de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil de Santa Fe, en la cual pueden participar los ciudadanos/as que cumplan lo especificado en Decreto 159/2016, de 4
de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Santa Fe, en todo caso, con carácter altruista y voluntario, en las tareas de estudio y prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, así como colaborar en la protección y socorro de las personas y los bienes cuando dichas situaciones se produzcan; reuniendo los requisitos a tal fin.

n
Página 29

SOLICITO
Ser admitido como voluntario en la Agrupación local de Voluntarios de Protección Civil de Santa Fe, declarando de forma expresa y bajo mi responsabilidad lo siguiente:
Que no estoy inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
Que no he sido expulsado/a de una Agrupación por resolución administrativa firme.
Que carezco de antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos, o por delitos de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas, o por delitos de terrorismo en programas cuyos destinatarios hayan sido o puedan ser víctimas de estos delitos.
Que no he sido condenado/a por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata y explotación de menores.
Que tengo pleno conocimiento y acepto sin condición alguna a lo dispuesto en el Reglamento de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil de Santa Fe y en la normativa aplicable.
Documentación que aporto:
- DNI.
- Certificado de empadronamiento.
- Certificado Médico oficial.
- Documento acreditativo de haber superado el curso de formación básica para voluntariado de protección civil, según lo dispuesto en el artículo 27.1.b. del Reglamento de la ALPCSF.
- Certificación negativa del Registro Central de Penados por los delitos del artículo 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, ya referidos.
En a de
Firma.
Lo que se hace público para general conocimiento en Santa Fe, a 22 de septiembre de 2020.-El AlcaldePresidente, fdo.: Manuel Alberto Gil Corral.

AYUNTAMIENTO DE VÁLOR Granada
NÚMERO 4.065

Convocatoria funcionario interino Arquitecto Técnico EDICTO
Doña M Asunción Martínez Fernández, AlcaldesaPresidenta del Excmo. Ayuntamiento de Válor Granada, HACE SABER: Que en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 81, de 22 de mayo de 2020, se publicaron íntegramente las bases que rigen el proceso para la provisión por sistema de acceso libre de una plaza de funcionario interino, perteneciente al Grupo A2, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Categoría Arquitecto Técnico Municipal de Válor.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 6/10/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha06/10/2020

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones5522

Primera edición01/06/2002

Ultima edición04/06/2024

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