Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 31/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 141

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Granada, lunes, 31 de agosto de 2020

del Reglamento de los Consejos Municipales Sectoriales de la Concejalía de Derechos Sociales, Educación y Accesibilidad del Ayuntamiento de Granada. La Comisión Municipal de Delegada de Cultura, Patrimonio, Derechos Sociales, Igualdad, Deportes y Accesibilidad por delegación del Excmo. Ayuntamiento Pleno, acordó igualmente aprobar inicialmente la modificación, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de noviembre de 2019.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y teniendo en cuenta el citado acuerdo de la Comisión Municipal, se sometió la mencionada norma a información pública y audiencia a las personas interesadas por plazo de treinta días para la presentación de alegaciones y sugerencias.
Que no se han presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, quedando, por consiguiente, automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo inicial de la Comisión Municipal de Derechos Sociales, Educación y Accesibilidad aprobatorio del Reglamento de los Consejos Municipales Sectoriales del Área de Derechos Sociales, Familia, Infancia, Igualdad y Accesibilidad del Ayuntamiento de Granada, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Reglamento de los Consejos Municipales Sectoriales del Área de Derechos Sociales, Familia, Infancia, Igualdad y Accesibilidad del Ayuntamiento de Granada CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Definición y sectores de actividad 1. Los Consejos Municipales Sectoriales regulados en el presente Reglamento se constituyen como órganos de carácter consultivo para la participación democrática de las entidades, asociaciones e instituciones relacionadas con determinados sectores o ámbitos de intervención del municipio de Granada.
Tienen como finalidad organizar y canalizar la participación de la ciudadanía, asociaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro en los asuntos en que el Ayuntamiento de Granada desarrolla en determinados sectores o ámbitos de actuación.
2. Los Consejos Municipales Sectoriales se regirán por el presente Reglamento, el Reglamento Municipal de Información y Participación Ciudadana, el Reglamento Orgánico Municipal y aquellas otras disposiciones que le sean de aplicación.
3. Se podrán constituir los Consejos Municipales Sectoriales en materia de Asuntos Sociales y Educación que se consideren oportunos con el objetivo de mejorar y ampliar la participación de la ciudadanía, las asociaciones y las entidades sin ánimo de lucro en la gestión de los asuntos municipales.
4. Los sectores o ámbitos en los que se constituirán Consejos Municipales Sectoriales, en el marco de las competencias municipales, serán al menos los siguientes:
a Accesibilidad y personas con discapacidad: Promoción de la accesibilidad universal y del bienestar de las personas con discapacidad.
b Personas mayores: Participación, integración social y promoción del bienestar de las personas mayores.

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c Cooperación internacional: Contribuir a la erradicación de la pobreza en el mundo a través del desarrollo humano, sostenible y equitativo de los países más desfavorecidos.
d Drogodependencias y adicciones: Prevención, atención e integración social de las personas en riesgo o expuestas a las drogodependencias y adicciones.
e Migraciones: Promoción e integración social en materia de migraciones, extranjería y personas refugiadas.
f Infancia, adolescencia y frente a la pobreza infantil:
Participación de la ciudadanía infantil y adolescente y entidades relacionadas.
g Personas sin hogar: prevención del sin hogarismo, atención e integración social de personas y familias sin hogar, puesta en marcha del modelo Vivienda Primero o Housing first.
h Otros que la concejalía o concejalías competentes en materia de Asuntos Sociales y Educación considerasen oportunos, atendiendo en cualquier caso a criterios de economía organizativa. Su creación, que corresponde al Pleno, se ajustará en cualquier caso a las prescripciones del artículo 22 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, o de la normativa que le sustituya.
Artículo 2. Funciones Los Consejos Municipales Sectoriales tendrán por objeto la elaboración de estudios, informes y propuestas encaminadas a las actuaciones municipales en la materia específica y correspondiente a cada consejo.
2.1. Funciones de los Consejos Municipales Sectoriales:
a Asesorar al Ayuntamiento de Granada en la materia, sector o ámbito competente del consejo, en especial en el diseño de políticas municipales al respecto.
b Promover y servir de cauce para la participación de la ciudadanía las asociaciones y entidades en los asuntos municipales, en especial aquellos que afecten directamente al sector o ámbito de su correspondiente consejo.
c Propiciar y servir de cauce para la colaboración y cooperación entre asociaciones y demás entidades que lleven a cabo actuaciones en el municipio de Granada.
d Colaborar con las restantes Administraciones e Instituciones públicas en todos aquellos asuntos que contribuyan a mejorar la coordinación y generar espacios de confluencia entre todas ellas.
e Asesorar e informar sobre el impacto de las políticas municipales en aspectos relacionados con las desigualdades sociales que se puedan producir.
f Proponer al Ayuntamiento estudios, programas y actuaciones que mejoren las condiciones de vida de las personas y colectivos del ámbito material de actuación del correspondiente consejo.
g Fomentar el asociacionismo, estimulando la creación y el desarrollo de asociaciones.
h Dar a conocer a las instituciones y particulares la problemática de las personas y colectivos que integran el consejo, promoviendo soluciones al respecto.
i Impulsar y apoyar el desarrollo de iniciativas con otros consejos municipales.
j Contribuir a la difusión de los valores democráticos en nuestra sociedad.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 31/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha31/08/2020

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones5508

Primera edición01/06/2002

Ultima edición14/05/2024

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