Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 19/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

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Granada, miércoles, 19 de agosto de 2020

NÚMERO 2.822

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO
DIECIOCHO DE GRANADA

Juicio verbal desahucio precario -250.1.2 1609/18
EDICTO
En el presente procedimiento juicio verbal desahucio precario -250.1.2 1609/2018 seguido a instancia de Global Pantelaria, S.A., frente a Victoria Amador Carmona, Tamara Pisa Navarro, Luisa Navarro Amador y Antonio Fernández Fernández se ha dictado sentencia, que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
En Granada, a veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve Doña Adela Frías Román, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia núm. 18 de esta ciudad ha visto los autos de juicio verbal 1069/2018 promovidos por Banco Santander, S.A., representado por la procuradora de los tribunales D María José Rodríguez García y asistido por el letrado D. Eduardo Luis Martínez Martínez contra D. Antonio Fernández Fernández, D Victoria Amador Carmona, D Luisa Navarro Amor y D Tamara Pisa Navarro y contra cualquier otro ocupante u ocupantes del inmueble objeto del pleito sobre acción de desahucio por precario FALLO
Se estima la demanda interpuesta por Banco Santander, S.A., frente a don contra D. Antonio Fernández Fernández, D Victoria Amador Carmona, D Luisa Navarro Amor y D Tamara Pisa Navarro y contra cualquier otro ocupante u ocupantes del inmueble objeto del pleito, y en consecuencia:
1. Declarar que D. Antonio Fernández Fernández, D Victoria Amador Carmona, D Luisa Navarro Amor y D Tamara Pisa Navarro y cualquier otro ocupante u ocupantes, carecen de título que justifique el uso o disfrute de la vivienda unifamiliar ubicada en Barriada de la Paz, calle Maestre Diego nº 2, Granada.
2. Condenar a D. Antonio Fernández Fernández, D Victoria Amador Carmona, D Luisa Navarro Amor y D Tamara Pisa Navarro y a cualquier otro ocupante u ocupantes, a que desalojen el inmueble, dejándolo libre, vacuo y expedito y a disposición de Banco Santander, S.A., apercibiéndoles de que en caso de que esta resolución no sea recurrida se procederá a su lanzamiento si con carácter previo el demandado no ha abandonado voluntariamente la vivienda de autos, con apercibimiento de proceder al descerrajamiento en caso de ser necesario.
3. Condenar en costas a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada art. 455 L.E.C..
El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna artículo 458 L.E.C..
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía
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B.O.P. número 133

de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander nº 4827 0000 03 1609 18, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código 02, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985
del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dichos demandados, Victoria Amador Carmona, Tamara Pisa Navarro, Luisa Navarro Amador y Antonio Fernández Fernández, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismos.
Granada, 3 de julio de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

NÚMERO 3.347

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE
GRANADA

Autos nº 72/19
EDICTO
En el Juzgado de Instrucción número Dos de Granada, con sede en Avda. del Sur número 5, 5 planta, de Granada, se sigue procedimiento juicio inmediato sobre delitos leves 72/2019, en el que con fecha 18/11/2019 ha recaído sentencia número 316/2019 contra Mireia Bustamante Heredia, titular del Documento Nacional de Identidad/Permiso de Residencia 20887553B, a quien a través de la presente publicación se emplaza para que, en el término de diez días, comparezca ante el Juzgado expresado para que pueda tener conocimiento íntegro de tal acto y ser informado de los recursos que contra la misma pudiera interponer.
Y para que conste y sirva la presente de notificación a Mireia Bustamante Heredia, expido y firmo la presente en Granada, a 30 de julio de 2020.-El Letrado de la Administración de Justicia, firma ilegible.

NÚMERO 3.366

AYUNTAMIENTO DE ALBUÑOL Granada
Apertura plazo presentación de solicitudes de una licencia de autotaxi EDICTO
María José Sánchez Sánchez, Alcaldesa Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Albuñol Granada

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 19/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha19/08/2020

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones5506

Primera edición01/06/2002

Ultima edición10/05/2024

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