Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 3/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 121

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Granada, lunes, 3 de agosto de 2020

- La recuperación de las horas correspondientes al permiso retribuido impuesto por el R.D.L. 10/2020, tiene como fecha límite el día 31 de diciembre de 2020, por mandato del art. 3.1 de dicha norma.
CUARTO. A la vista de lo expuesto y con la finalidad de orientar a las empresas del sector en la recuperación de las 7 jornadas laborales que se vieron afectadas en el calendario laboral de Granada por este motivo, la Comisión Negociadora del convenio acuerda recomendar a empresas y trabajadores alcanzar acuerdos en los siguientes términos, respetando el contenido del Real Decreto Legislativo 10/2020:
1º Aplicar a dicha recuperación, las 6 horas de exceso de jornada en cómputo anual, establecidas en el calendario laboral para el año 2020.
2º Recuperar 10 horas procediendo a implementar la jornada continuada de 7 horas, comprendida entre los días 3 y 14 de agosto, ambos inclusive en 1 hora, quedando finalmente una jornada de 8 horas, es decir de 7:00 horas a 15:00 horas.

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3º A partir del mes de septiembre, se realizará 1 hora más de jornada diaria los 5 días restantes 40 horas, hasta finalizar la devolución de los días inhábiles, retribuidos y recuperables que correspondan a cada trabajador o trabajadora, quedando exentos de dicha recuperación, las personas que no hayan disfrutado de dicho permiso retribuido y las que hayan sido consideradas como servicios esenciales en sus centros.
4º No obstante lo anterior, prevalecerán los acuerdos que pudiesen alcanzarse entre la R.L.T. y las empresas para la recuperación de dichas horas, siempre que se ajuste a los criterios legales establecidos en el R.D.L. 10/2020.
A fin de dar cumplimiento al Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, la Comisión autoriza a D Eva Rodríguez Pérez, para presentar telemáticamente el presente Acuerdo ante la Administración competente.
Lo que firmamos en Granada en el día y hora arriba señalado, y no habiendo más asuntos que tratar, se aprueba la presente ACTA, suscribiendo la misma todos los asistentes.

NÚMERO 2.970

JUNTA DE ANDALUCÍA
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO, FORMACIÓN, TRABAJO AUTÓNOMO, ECONOMÍA, CONOCIMIENTO, EMPRESAS Y UNIVERSIDAD. GRANADA

Plan de Igualdad de la Asociación en favor de Personas con Discapacidad Intelectual San José RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2020, de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Plan de Igualdad de la Asociación en Favor de Personas con Discapacidad Intelectual San José, VISTO el texto del Plan de Igualdad de la Asociación en favor de Personas con Discapacidad Intelectual San José con código de convenio nº 18100142112020 adoptado entre la representación de la empresa y de los trabajadores, presentado el día 10 de julio de 2020 ante esta Delegación Territorial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y demás disposiciones legales pertinentes, esta Delegación Territorial de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, ACUERDA:
PRIMERO. Ordenar la inscripción del citado Plan de Igualdad en el mencionado Registro de esta Delegación Territorial.
SEGUNDO. Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Granada, 23 de julio de 2020.-La Delegada Territorial, Virginia Fernández Pérez.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 3/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha03/08/2020

Nro. de páginas101

Nro. de ediciones5501

Primera edición01/06/2002

Ultima edición03/05/2024

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