Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 21/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 112

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Granada, martes, 21 de julio de 2020

saludables de vida, etc.; cursos de primeros auxilios y cursos de cocina.
Se excluye del presente ámbito la formación reglada.
6.2.3. Otras titulaciones. Hasta un máximo de 2 puntos.
- Por estar en posesión de otra titulación de las exigidas en la Base 2. Apartado c, además de la obligatoria para el acceso: 0.50 puntos por cada titulación adicional.
- Por estar en posesión de titulaciones académicas distinta a las exigidas para la participación en el proceso selectivo, con una puntuación máxima de 2 puntos y de acuerdo a la siguiente escala:
- Diplomatura universitaria o equivalente: 1 punto.
- Grado o Licenciatura universitaria: 2 puntos.
Las titulaciones deberán ser otorgadas, reconocidas y homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.
Será necesario fotocopia de la documentación acreditativa de la titulación académica.
No se admitirá la presentación de documentos justificativos de méritos no alegados una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.
En cualquier momento del proceso, el Tribunal Calificador podrá solicitar a los candidatos que acrediten la veracidad de los méritos alegados.
En caso de empate, se realizará entrevista profesional estructurada consiste en la realización de la misma, que permita al Tribunal obtener información sobre el aspirante relacionada con las funciones del puesto de trabajo a desarrollar. La puntuación máxima alcanzará los 2 puntos. La duración máxima de la prueba será de 60 minutos. En este supuesto se comunicará a los aspirantes en los que concurra la situación de empate día y hora de celebración de la entrevista.
SÉPTIMO. RELACIÓN DE CANDIDATOS SELECCIONADOS.
La calificación y puntuación final de la selección, se obtendrá con la suma de los apartados que componen la fase de concurso de méritos, Experiencia profesional, cursos de formación y titulaciones y en su caso y si fuese necesario la realización de la entrevista, si se produjera un empate.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, la Comisión de Valoración hará público en el Tablón de Edictos de la Corporación y en la sede electrónica municipal del Ayuntamiento de Zagra, la relación de candidatos seleccionados por orden de puntuación, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de las vacantes convocadas, indicándose los nombres de los aspirantes seleccionados por orden de puntuación, en este caso se seleccionan dos aspirantes.
En el caso que únicamente pudiera seleccionarse a un aspirante, por falta de concurrencia de aspirantes o por concurrir otras circunstancias, en lugar de efectuar dos contrataciones por una duración cada una de ellas de un mes, se realizará una única contratación por un periodo de dos meses.
Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación para que proceda al nombramiento y formalización del correspondiente contrato. El candidato propuesto aportará ante la Administración, dentro del plazo de cinco días naturales desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los siguientes documen-

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tos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:
- Fotocopia compulsada del DNI.
- Fotocopia compulsada del certificado de escolaridad o equivalente.
- Declaración jurada de no estar afectado por ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad, ni haber sido despedido laboralmente mediante despido laboral procedente.
- Certificado médico acreditativo d no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física psíquica que sea incompatible para el desempeño de las funciones propias de la plaza convocada.
Podrán excusar la presentación de los documentos que obren en la Administración y se hubieran exigido presentar junta con la solicitud.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación indicada en la presente Base o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. En todo caso el tribunal formulará propuesta a favor del siguiente en la lista.
Cumplidos los requisitos precedentes y una vez aprobado el nombramiento para el puesto por la Alcaldía -Presidencia, se procederá a la formalización del contrato laboral correspondiente.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos, previa justificación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
OCTAVA. FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE
TRABAJO.
El Ayuntamiento constituirá a partir de los aspirantes que no hayan sido seleccionados una bolsa de trabajo, ordenadas de mayor a menor según las puntuaciones por ellos obtenidas.
Su llamamiento se producirá en los casos de sustitución por baja, vacaciones, enfermedad, del puesto cubierto por el aspirante que obtuvo mayor puntuación, es decir del seleccionado, durante el periodo de duración de las citadas contrataciones.
Causas de baja en la Bolsa:
- No presentarse en el plazo máximo de 48 horas al llamamiento realizado, salvo causa debidamente justificada.
- Rechazar la oferta de trabajo, salvo por tener otro contrato de trabajo o nombramiento de funcionario, o laboral interino en vigor o porque acrediten debidamente una enfermedad, situación de embarazo o maternidad, u otra causa debidamente justificada. La Justificación se realizará presentado una copia del contrato de trabajo, o certificación por el órgano competente, en caso de funcionario, copia de la situación de incapacidad, fotocopia del libro de familia, donde este registrados, en su caso, e natalicio o reto de documentos válidos en derecho administrativo que justifiquen la eventualidad.
- No superar el periodo de prueba correspondiente, en caso de exigirse el mismo.
- Tener un informe desfavorable de bajo rendimiento, de falta de puntualidad o faltas de asistencia reiteradas y o justificadas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 21/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha21/07/2020

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones5519

Primera edición01/06/2002

Ultima edición29/05/2024

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