Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 20/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

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JUNTA DE ANDALUCÍA

Granada, lunes, 20 de julio de 2020
NÚMERO 2.482

n
B.O.P. número 111

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

NÚMERO 2.703

CONSEJERÍA DE HACIENDA, INDUSTRIA Y ENERGÍA

SECCIÓN 3

Información publica expte.: 13.961/AT.

EDICTO

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por el que se somete a información pública, la solicitud de autorización administrativa y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica que se cita, expte. nº 13.961/AT.
A los efectos prevenidos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la petición, autorización administrativa previa y autorización de ejecución correspondiente a la instalación eléctrica que a continuación se indica:
Peticionario: Eduardo Sanz, S.L., con domicilio en Carretera de Córdoba km 432, C.P. 18015, Granada y CIF: B-18464941.
Características: Proyecto de ampliación de instalación fotovoltaica generadora con potencia instalada de 152,5 kW para autoconsumo con excedentes, consistente en la colocación de 54 paneles fotovoltaicos de 330 Wpy 195 paneles de fotovoltaicos de 335Wp, en cubierta de dos aguas, con instalación de dos inversores de 25 kW y 27,5 kW que sumados a los ya existentes dan una potencia de 152,5 kW, sita en parcela urbana con referencia catastral: 1580409VG4118B0001YKR, Carretera de Córdoba km 432, Granada.
Presupuesto: 79.195,22 euros.
Finalidad: Fomentar la energía solar fotovoltaica como alternativa de producción de energía y disminución de la emisión de gases invernadero, contribuyendo a los objetivos de desarrollo sostenible.
Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación, sita en c/ Joaquina Eguaras, nº 2, o en el portal de la transparencia LinkPúblico:http www.juntadeandalucia.es/servicios/participación/todos-documentos y formularse al mismo tiempo las reclamaciones por duplicado que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

N.I.G.: 1808742120180031223
Nº procedimiento: recurso de apelación civil 50/2020
Asunto: 300056/2020
Autos de: procedimiento ordinario 739/2018
Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia nº 5
de Granada. Negociado: AM
Apelante: Makro Autoservicio Mayorista, S.A.
Procurador: María del Carmen Adame Carbonell Abogado: Ibán Abalde Sestelo Rebeldes: Out Catering, S.L., Administradora Ana Isabel López Baena Martínez y Miguel Ángel Avilés Robles
Granada, 6 de abril de 2020.-La Dirección General de Industria, Energía y Minas P.D. resolución de 9 de marzo de 2016, BOJA nº 51, el Delegado del Gobierno, fdo.: Pablo García Pérez.

En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del texto literal es el siguiente:
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial ha visto el recurso de apelación nº 50/2020, en los autos de juicio ordinario nº 739/2018 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Granada, promovido por Makro Autoservicio Mayorista, S.A., representada por la procuradora D María del Carmen Adame Carbonell y asistida por el letrado D. Ibán Abalde Sestelo; contra la mercantil Out Catering, S.L., y contra don Miguel Ángel Avilés Robles, en rebeldía.
FALLO: Estimamos el recurso de apelación presentado por Makro Autoservicio Mayorista, S.A., y revocamos parcialmente la sentencia de 9 de septiembre de 2019, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5
de Granada, en el juicio ordinario nº 739/2018 y estimando la demanda, condenamos solidariamente a Out Catering, S.L., y a don Miguel Ángel Avilés Robles a pagar a la parte actora 8.168,29 euros, los intereses de demora recogidos en la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad desde las fechas en que debieron abonarse los plazos de la deuda y hasta que se produzca el pago, condenándoles al pago de las costas ocasionadas en primera instancia, sin hacer condena por las costas del recurso, la devolución del depósito constituido.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada rebelde don Miguel Avilés Robles por resolución del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4, 164 y 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se acuerda su publicación en el Boletín Oficial de la Provincial en la Sede Electrónica Judicial.
Granada a 29 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 20/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha20/07/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones5508

Primera edición01/06/2002

Ultima edición14/05/2024

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