Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 5/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

n
Granada, viernes, 5 de junio de 2020

NÚMERO 1.873

DIPUTACIÓN DE GRANADA
DELEGACIÓN DE ECONOMÍA Y PATRIMONIO

Aprobación inicial expediente de modificación presupuestaria nº 13/2020
ANUNCIO
El Pleno de la Diputación de Granada, en sesión celebrada con fecha 28 de mayo, adoptó acuerdo de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 13/2020 anunciándose la apertura del periodo de exposición pública por plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar, en su caso, reclamaciones ante el Pleno, entendiéndose definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presenta reclamación alguna.
Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento de lo establecido en el artículo el art. 169, en relación con el artº. 177, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Granada, 1 de junio de 2020.-El Diputado Delegado de Economía y Patrimonio, fdo.: Antonio García Leiva.

n
B.O.P. número 87

Contra la presente Sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Granada, que deberá prepararse ante este mismo Juzgado mediante escrito o comparecencia de acuerdo con lo dispuesto en la LRJS, dentro de los cinco días siguientes a aquel en que se produzca su notificación, debiendo la empresa condenada si fuere ésta la que recurriere, presentar resguardo acreditativo de haber ingresado el importe de la condena y el depósito de 300 euros previsto en el artículo 229 de la LRJS en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
MagistradoJuez.
Y para que sirva de notificación en forma a Custodio Molina, S.L. único representante legal Ángel Custodio Molina Moya, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el B.O.P. de Granada, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Granada, 22 de mayo de 2020.-La Letrada de la Administración de Justicia, fdo.: Ana María Nestares Pleguezuelo.

NÚMERO 1.912
NÚMERO 1.902

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE
GRANADA
EDICTO
D Ana Nestares Pleguezuelo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Granada, En Granada en el día de su firma.
HAGO SABER: que en los autos nº 639/18, se ha dictado la sentencia nº 416/2019, cuyo encabezamiento y parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:
Los presentes autos sobre reclamación de cantidad han sido vistos por D. Antón Henares Casas, Magistrado-Juez en comisión de servicio del Juzgado de lo Social nº uno de Granada, siendo en los mismos parte demandante Achraf Abouchoaib representado y defendido por el letrado señor García Agudo, y parte demandada, la sociedad Custodio Molina, S.L., que no han comparecido.
FALLO: Que estimando la demanda formulada por Achraf Abouchoaib contra la sociedad Custodio Molina, S.L., que no ha comparecido debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la demandante la cantidad de 5.295,48 euros, cantidad que devengará el interés de demora.

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE MOTRIL
Granada
Ejecución nº 10/20
EDICTO
Domitila García Gallego, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Motril, HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la Ejecución nº 10/2020, a instancia de Jennifer Reyes Campos contra Motril Tropical, S.L. Chiringuito La Marea, en la que con esta fecha se ha dictado Decreto cuya Parte Dispositiva dice sustancialmente lo siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
DECRETAR EMBARGO sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que la parte ejecutada mantenga o pueda contratar con las entidades financieras dadas de alta en el Sistema de embargos de Cuentas a la Vista en el Punto Neutro del CGPJ, hasta cubrir los importes reclamados de 1.192,10 euros de principal, más otros 178,00 euros presupuestados

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 5/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha05/06/2020

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones5510

Primera edición01/06/2002

Ultima edición16/05/2024

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