Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 1/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 85

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Granada, lunes, 1 de junio de 2020

La excepción contemplada en la Disposición adicional 3 del Real Decreto 463/2020, habilita al órgano competente de la Administración local, en este caso su Alcalde, para reactivar aquellos procesos selectivos de personal que se considere necesario para el funcionamiento básico de los servicios o para la protección del interés general.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1
m de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Alcalde podrá dictar resolución, dando cuenta de ella al Pleno, precisando los servicios esenciales en su correspondiente término municipal para la protección de las personas del COVID-19
y/o para el funcionamiento adecuado de sus servicios en este estado de alarma, puesto que como quedó fijado ab initio el artículo 6 del R.D. 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, las entidades locales siguen manteniendo la competencia para la gestión ordinaria de sus servicios en orden a adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma.
La Orden SND/295/2020, de 26 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos en el ámbito de los servicios sociales ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19, cuya vigencia se extiende hasta la finalización del estado de alarma y sus prórrogas, produciendo efectos desde el mismo día de su publicación, viene a desarrollar el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, teniendo por objeto el establecimiento de medidas especiales en materia de recursos humanos para la garantía del correcto funcionamiento del sistema de servicios sociales en su conjunto y la continuidad de los mismos. Su ámbito de aplicación se circunscribe a todos los centros y entidades que presten cualquiera de los servicios contenidos en el Catálogo de Referencia aprobado por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia el 16 de enero de 2013, con independencia de su titularidad, así como a sus trabajadores y trabajadoras cualquiera que sea la naturaleza de su relación contractual o administrativa.
Acreditada la necesidad de reorganización de la estructura básica de los Servicios Sociales de Guadix para hacer frente a necesidades de la población que como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, han quedado en estado de vulnerabilidad grave, Visto lo expuesto anteriormente, ACUERDO, PRIMERO. La reanudación, por razones de protección del interés general y para garantizar el funcionamiento básico de los Servicios Sociales de la ciudad de Guadix, del proceso selectivo por el sistema de libre disposición del puesto de Director/a de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Guadix, garantizándose la realización del mismo con la observancia de las medi-

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das contenidas en la Orden SND/295/2020, de 26 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos en el ámbito de los servicios sociales ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19 y aquellas otras que se deriven de las disposiciones que se establezcan como consecuencia de la transición a la nueva normalidad.
SEGUNDO. La presente resolución será publicada para su conocimiento general en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Guadix.
TERCERO. El plazo de los 10 días de presentación de instancias recogido en la Base Quinta de la Convocatoria, empezará a computarse a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Granada, de la presente resolución reanudando el proceso selectivo.
CUARTO. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1 i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Lo que pongo en general conocimiento Guadix, 22 de mayo de 2020.-El Alcalde-Presidente, fdo.: Jesús Rafael Lorente Fernández.

NÚMERO 1.735

AYUNTAMIENTO DE HUÉNEJA Granada
Aprobación proyecto de actuación instalación explotación intensiva aves perdiz EDICTO
Por Acuerdo del Pleno de fecha 22 de mayo de 2020, se aprobó definitivamente el Proyecto de Actuación para la construcción de una explotación intensiva de aves perdiz a instancias de José Ruz Puga en terrenos que tienen el régimen del suelo no urbanizable, lo que se publica a los efectos del artículo 43.1.f de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
PRIMERO. Aprobar el Proyecto de Actuación presentado por D. José Ruz Puga para la construcción de una explotación intensiva de aves perdiz, en el polígono 17 parcela 130 en el paraje denominado Salogral del t.m. de Huéneja, terreno clasificado como no urbanizable por las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 1/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha01/06/2020

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones5519

Primera edición01/06/2002

Ultima edición29/05/2024

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