Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 27/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 57

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Granada, viernes, 27 de marzo de 2020

nica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias. El apartado 3 del mismo artículo establece que, cada Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas.
Del artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se desprende que la norma de creación podrá ser una Resolución del titular del Organismo Público, respetando la publicación a realizar en el diario oficial correspondiente y contando con el contenido mínimo que se recoge en el apartado segundo del citado artículo.
Considerando que, a efectos de lo dispuesto en el apartado 4 de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la aprobación de esta Resolución resulta indispensable de cara al funcionamiento básico de los servicios municipales, para evitar su paralización y el perjuicio que supondría a los ciudadanos no disponer de la sede electrónica para realizar gestiones de manera telemática, al encontrarse puntualmente suspendidos los canales de atención presencial con motivo de las medidas de prevención adoptadas en el contexto del estado de alarma.
Así pues, con el objetivo de dar adecuado cumplimiento a las disposiciones legales, y con el fin de dotar a los ciudadanos de un nuevo sistema de comunicación a través de medios electrónicos y/o telemáticos con el Ayuntamiento de Cúllar Vega.
Esta Alcaldía, a tenor de lo dispuesto en el artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, HA RESUELTO:
Primero.- Crear la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cúllar Vega como la dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de las redes de telecomunicaciones, cuya titularidad, gestión y administración corresponde al Ayuntamiento de Cúllar Vega, en los términos y en virtud de los fundamentos jurídicos establecidos en la parte expositiva de la presente resolución.
La Sede Electrónica se instituye como medio para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos al acceso electrónico y de relación electrónica con la administración municipal, dotándose del régimen jurídico y seguridad en el ámbito de aplicación de la Administración Local del municipio de Cúllar Vega.
Segundo.- La dirección electrónica de acceso a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cúllar Vega será cullarvega.sedeelectronica.es, con las siguientes características e indicaciones:
- El Ayuntamiento de Cúllar Vega es responsable de la gestión de los diferentes contenidos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos, así como de la integridad, veracidad y actualización de la información, los diferentes servicios administrativos en el ejercicio de sus respectivas competencias.

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Página 13

- La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cúllar Vega utilizará para identificarse y garantizar las comunicaciones seguras con los ciudadanos, en aquellos casos que así sea necesario, sistemas de firma electrónica conforme a lo establecido en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. En cualquier caso, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cúllar Vega estará accesible para su consulta la relación de certificados digitales aceptados por la Sede Electrónica, así como indicación de dónde se pueden obtener.
- La información, servicios y contenidos incluidos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cúllar Vega responderán a los principios y criterios de transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, disponibilidad, accesibilidad, utilidad, seguridad, neutralidad e interoperabilidad que se deriven de la normativa que resulte de aplicación y de la Ordenanza Municipal de Administración Electrónica.
Tercero.- El ámbito de aplicación de la Sede Electrónica será el Ayuntamiento de Cúllar Vega.
Cuarto.- Serán canales de acceso a los servicios disponibles en la sede:
- Acceso electrónico, a través de las redes de telecomunicaciones desde la propia Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cúllar Vega.
- Presencial o por correo postal ante el Registro General y Oficina de Atención al Público del Ayuntamiento de Cúllar Vega, sitos en Calle Pablo Picasso, nº. 21 de Cúllar Vega Granada.
- Telefónico: Se facilitará información sobre los servicios ofrecidos a través de la Sede Electrónica y su acceso electrónico a través del teléfono 958585480.
- Mediante correo electrónico.
- Cualquier otro canal de acceso que la tecnología permita utilizar en el futuro.
Quinto.- A través de la Sede Electrónica se podrá acceder a la tramitación por vía telemática del procedimiento para la presentación de quejas y sugerencias y otros trámites.
En todo caso, para la presentación de sugerencias y quejas seguirán estando disponibles los medios tradicionales recogidos en el apartado anterior presencial, por correo postal, telefónico o por correo electrónico.
Sexto.- Paulatinamente, se irán incorporando los distintos procedimientos que puedan ser gestionados por el canal telemático en la Sede Electrónica.
El inventario de procedimientos que se pongan en funcionamiento podrá ser consultado en la misma de manera actualizada.
Séptimo.- Dar traslado de la presente Resolución a todas las Áreas y Servicios Municipales, así como a las diferentes Concejalías, para su conocimiento y efectos.
Octavo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la provincia de Granada.
Así lo manda y lo firma el Sr. Alcalde en Cúllar Vega, en la fecha indicada en la firma digital al margen, de lo que doy fe a los únicos efectos de garantía de integridad y autenticidad del presente Decreto y de su transcripción en el Libro Electrónico de Resoluciones.
Cúllar Vega, 23 de marzo de 2020.-El Alcalde, fdo.:
Jorge Sánchez Cabrera. n

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 27/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha27/03/2020

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones5497

Primera edición01/06/2002

Ultima edición29/04/2024

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