Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 19/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 53

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Granada, jueves, 19 de marzo de 2020

Visto el expediente tramitado para la aprobación de la Ordenanza Fiscal nº 28, reguladora del procedimiento de incorporación de alteraciones catastrales mediante comunicaciones expediente 2085/2019, que responde a la necesidad de aprobar un Procedimiento de Comunicación por el que se obliga a poner en conocimiento de la Gerencia Provincial del Catastro los hechos, actos o negocios susceptibles de generar un alta, baja o modificación catastral, derivados de actuaciones para las que se hayan otorgado la correspondiente licencia o autorización municipal o de cambios en la titularidad catastral, relativos a los bienes inmuebles situados en su ámbito territorial, a fin de dar cumplimiento al Convenio de Colaboración en Materia de Gestión Catastral suscrito entre este Ayuntamiento y la Secretaría de Estado de Hacienda Dirección General del Catastro.
Visto el texto de la meritada Ordenanza Fiscal nº 28, firmada por la Concejala Delegada de Economía y Hacienda, así como el informe favorable del Sr. Secretario evacuado en fecha 10 de diciembre de 2019.
Vista la legislación aplicable siguiente 1. Artículo 76.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, en relación con el artículo 14.b del Real Decreto Legislativo de 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
2. El procedimiento para la aprobación de las ordenanzas fiscales municipales viene determinado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales en su artículo 17 y siguientes.
La Comisión Informativa General y Especial de Cuentas, por siete votos a favor 5 del Grupo Popular, 1 del Grupo Adelante y 1 del Concejal no adscrito y cuatro abstenciones 3 del Grupo Socialista y 1 del Grupo Ciudadanos de los once miembros que legalmente la forman, ACUERDA: Proponer al Pleno la adopción de los siguientes ACUERDOS:
Primero. Aprobar provisional la Ordenanza Fiscal nº 28, reguladora del procedimiento de incorporación de alteraciones catastrales mediante comunicaciones expediente 2085/2019
Segundo. Someterla a exposición pública durante treinta días en el tablón de anuncios, en el Portal de Transparencia de la página Web oficial del Ayuntamiento y mediante edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Al tratarse de un municipio de población superior a 10.000 habitantes el anuncio de exposición deberá publicarse, además, en un diario de los de mayor difusión de la provincia.
Tercero. Si no se produjesen reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. En el caso de que se produzcan, deberán ser resueltas por el Pleno, con igual quórum.
Cuarto. Publicar el acuerdo y del texto íntegro de la ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y en el Portal de Transparencia, sin que entre en
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vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.
Tras el oportuno debate, el Pleno, por unanimidad de los dieciséis miembros hasta ese momento presentes, de los diecisiete que legalmente lo forman, ACUERDA:
Primero. Aprobar el dictamen transcrito, en sus propios términos.
Segundo. Facultar al Sr. Alcalde tan ampliamente como en Derecho sea necesario para la mejor ejecución de este acuerdo.
ORDENANZA FISCAL Nº 28, REGULADORA DEL
PROCEDIMIENTO DE INCORPORACIÓN DE ALTERACIONES CATASTRALES MEDIANTE COMUNICACIONES.
Artículo 1. Naturaleza, fundamento y objeto.
En uso de las facultades conferidas por el artículo 76.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, en relación con el artículo 14.b del Real Decreto Legislativo de 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, el Ayuntamiento se acoge al Procedimiento de Comunicación por el que se obliga a poner en conocimiento de la Gerencia Provincial del Catastro los hechos, actos o negocios susceptibles de generar un alta, baja o modificación catastral, derivados de actuaciones para las que se hayan otorgado la correspondiente licencia o autorización municipal o de cambios en la titularidad catastral, relativos a los bienes inmuebles situados en su ámbito territorial.
Artículo 2. Responsables.
El área de Urbanismo de este Ayuntamiento será el responsable de comunicar al área de Catastro la información necesaria para formalizar ante la Gerencia del Catastro la tramitación de las alteraciones catastrales en los términos, formatos y plazos regulados en esta Ordenanza.
Artículo 3. Hechos, actos o negocios objeto de comunicación.
El procedimiento de comunicación tendrá por objeto los siguientes hechos, actos o negocios, para los que, según corresponda en cada caso, se otorgue de modo expreso:
a Licencia de obras de construcción de edificaciones e instalaciones de todas clases.
b Licencia de obras de ampliación de edificios e instalaciones de todas clases existentes.
c Licencia de modificación, rehabilitación o reforma que afecte a la estructura de los edificios e instalaciones de todas clases existentes.
d Licencia de demolición o derribo de las construcciones.
e Licencia de modificación del uso o destino de edificios e instalaciones en general.
f Licencia de segregación.
g Cualquier otra licencia o autorización equivalente a las anteriores de acuerdo con la legislación aplicable.
h Los cambios en la titularidad catastral de los inmuebles afectados por hechos, actos o negocios objeto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 19/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha19/03/2020

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones5528

Primera edición01/06/2002

Ultima edición12/06/2024

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