Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 15/1/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

JUNTA DE ANDALUCÍA

n
Granada, miércoles, 15 de enero de 2020

NÚMERO 6.891/19

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA E INTERIOR
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN GRANADA
Expte.: 13.849/A.T.
RESOLUCIÓN de 19 de agosto de 2019, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución, de la instalación eléctrica que se cita. Exp. núm. 13.849/AT.
Visto el expediente incoado en esta Delegación, cuya descripción se reseña a continuación, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica; esta Delegación, en virtud de las competencias delegadas en materia de instalaciones eléctricas por resolución de 9 de marzo del 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas B.O.J.A. nº 51, de 16 de marzo de 2016; ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se reseña:
Peticionario: Energía Eólica Accitana, S.L., con domicilio en c/ Marqués de Mondéjar, nº 20, entreplanta, de Granada y CIF: B-19.654.177.
Características: Parque eólico experimental Guadix de 3,4 MW. 1 aerogenerador en coordenadas UTM
X:495.608 Y:4.128.332, tipo Vensys/Goldwind 3,5 MW136-HH de 132 m de altura de buje, y potencia limitada a 3,4 MW, con centro de transformación interior 0,620/20 kV 3.900 kVA y protecciones celdas 24 kV protección+remonte, Línea de evacuación aéreo/subterránea de MT 20 kV S/C de 5.693 m de longitud, 4 tramos subterráneos de 2.736 m de longitud total y dos tramos aéreos de 2.957 m de longitud total, conductores RHZ1OL 12/20 kV 1x95kAL+H16 y RHZ1-OL 18/30 kV
1x95KAl+H16 y fibra óptica PKP 48 en canalización entubada y conductor 47-AL1/8-ST1A y cable fibra óptica ASSS48, apoyos metálicos galvanizados y aislamiento por cadenas 3 elementos U40BS hasta nuevo Centro de Control y Medida tipo interior y a ceder a la empresa distribuidora Centro de Seccionamiento tipo interior y tramo RSMT hasta barras de MT 20 kV de la SET Accitana, sito en paraje Llano Contreras, en t.m.
de Guadix.
Presupuesto: 2.545.992,87 euros.
Finalidad: Generación y evaluación del recurso de energía eólica en la zona.
Esta aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, sobre Autorización de Instalaciones Eléctricas, Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, de Reglamento Técnico de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Real Decreto
n
B.O.P. número 8

223/2008, de 15 de febrero, sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación.
El plazo de puesta en marcha será de 24 meses contados a partir de esta resolución, para la cual será necesario la presentación de certificación final de obra suscrito por técnico competente.
Esta autorización administrativa se otorga condicionada al cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 6
del artículo 52 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y, en concreto, a la necesaria prestación de garantías por una cuantía igual al importe de los gastos de restitución de los terrenos a su estado original, con un total de treinta y dos mil cuatrocientos sesenta y cinco euros y treinta céntimos 32.465,30 euros, que deberá constituirse ante el Ayuntamiento de Guadix.
Una vez ejecutada la instalación y aportado el documento de cesión de la parte de instalación de conexión a ceder a la empresa suministradora, de acuerdo con lo establecido en el art. 25.5 del Real Decreto 1.048/2013, de 27 de diciembre, así como en los arts. 133 y 134 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, se otorgará autorización de explotación de dichas instalaciones de conexión, a favor de la empresa suministradora correspondiente.
Esta instalación cuenta con calificación ambiental favorable otorgada por el Ayuntamiento de Guadix con fecha 22 de julio de 2019.
A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente, así como de los posibles terceros afectados.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Industria y Energía, en el plazo de un 1 mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 45, 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
La Secretaría General de Industria, Energía y Minas, P.D. resolución 9 de marzo 2016, BOJA nº 51; el Delegado del Gobierno, fdo.: Pablo García Pérez.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 15/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha15/01/2020

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones5501

Primera edición01/06/2002

Ultima edición03/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031