Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 22/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 4

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Granada, viernes, 22 de noviembre de 2019

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B.O.P. número 224

Por todo ello, vistos los preceptos legales citados, y conforme a la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el Real Decreto 1.955/2000, de 01 de diciembre, y la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación forzosa, esta Delegación del Gobierno RESUELVE
PRIMERO: Conceder la Autorización Administrativa Previa y de Construcción del referido Proyecto de Línea aérea de Alta Tensión 220 kV Fargue-Saleres Tramo 1, en los términos municipales de Albolote, Calicasas, Granada, Víznar, Alfacar, Peligros, Pulianas, Jun, Gevéjar y Atarfe Granada, cuyos datos más específicos se reseñan a continuación, así como Declarar en concreto la Utilidad Pública de la misma, que implica la necesidad urgente de ocupación de los bienes y derechos afectados que constan en el expediente.
Descripción y características de la instalación que se autoriza y se la declara de utilidad pública:
Peticionario: Red Eléctrica de España con domicilio en calle Inca Garcilaso 1, Isla de la Cartuja 41092 Sevilla y CIF: A85309219.
Características: Línea eléctrica de alta tensión 220 kV S/C El Fargue-Saleres Tramo 1 de 19,15 km de longitud, conductor AL/AW Cóndor 454,5 mm, cable tierra OPGW-Tipo 1-17 kA-15.3, apoyos metálicos de celosía, aislamiento U160BS 460 kV, y capacidad de transporte: Verano 711 MVA/circuito, Invierno 861 MVA/circuito, sito en tt.mm. de Granada, Jun, Víznar, Alfacar, Pulianas, Gevéjar, Peligros, Albolote, Calicasas y Atarfe.
Presupuesto: 6.462.618 euros.
Finalidad: Incrementar la fiabilidad, calidad del suministro y capacidad de la red de transporte de la zona.
SEGUNDO: La autorización Administrativa de Construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. Se establece un plazo de ejecución de la obra de 18 meses a contar desde el levantamiento de Actas Previas de Ocupación, debiendo ser iniciada dentro de los 6 meses siguientes a la fecha. La empresa queda obligada a comunicar a esta Delegación de Gobierno la fecha de inicio de las obras.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación de Gobierno en Granada, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
TERCERO: A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013 esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente.
CUARTO: Declarar la Utilidad Pública en Concreto de la instalación referida, a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa Red Eléctrica de España S.A.U., la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.
El procedimiento expropiatorio se tramitará por la Delegación de Gobierno en Granada, de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía.
Esta resolución se notificará en los términos previstos de los artículos 40 al 46 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a cada interesado en el expediente, publicación en el BOE, BOJA y BOP
de Granada y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Albolote, Calicasas, Granada, Víznar, Alfacar, Peligros, Pulianas, Jun, Gevéjar y Atarfe, sirviendo la misma como notificación, conforme a lo previsto en el art. 44 de la Ley 39/2015 y en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos propietarios respecto de quienes sea ignorado su paradero.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante esta Delegación de Gobierno o directamente ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Industria y Energía, órgano competente para resolver, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 09/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
El Delegado del Gobierno. Fdo.: Pablo García Pérez.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 22/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha22/11/2019

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones5516

Primera edición01/06/2002

Ultima edición24/05/2024

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