Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/4/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

38

BOLETIN OFICIAL

Paraná, jueves 18 de abril de 2024

ARTICULO 3º: Es requisito fundamental para postularse para tal fin contar con una antigedad mínima de un año, no tener una sancion disciplinaria en vigencia aplicada por el Tribunal de Disciplina y estar al día con la cuota profesional.
ARTICULO 4º: De conformidad a las previsiones del artículo 2, articulo 11 inc. t de la ley 9739, de los artículos 68 y 74 del Reglamento Interno, y el Procedimiento para Elección de Delegados aprobado por Asamblea General Extraordinaria de fecha 23 de febrero de 2024 podrán votar para elegir a sus representantes, todos aquellos matriculados que acrediten encontrarse al día con sus cuotas hasta el día previsto para la fecha de votación.
TITULO II
DE LA VOTACION PARA LA RENOVACION DE DELEGADOS
ARTÍCULO 5º: La votación se realizará mediante la presentación de lista, o bien en forma individual siempre y cuando notifiquen las opciones a secretaria dentro de las 72 horas antes de realizar la votación. Los delegados que resulten elegidos duraran en su cargo por un periodo de 2 dos años pudiendo ser reelegidos mediante nueva convocatoria de elecciones.
ARTÍCULO 6º: En el Cuarto Oscuro, cada matriculado elegirá en forma secreta a la persona y/o lista que quiere que los represente ante el Consejo Directivo.
ARTICULO 7º: Finalizado el sufragio, los integrantes de Mesa procederán a abrir la urna electoral y contabilizar.
Finalizado el escrutinio, el representante designado del Consejo Directivo, procederá a leer el resultado y proclamará quiénes serán los Delegados que los representarán ante el Consejo Directivo.
TITULO III
DE FORMA
ARTÍCULO 8º: Comuníquese a los matriculados por todos los medios de que el COLEGIO dispone, publíquese, regístrese, y archívese.
María Paula Armándola, presidente, Norberto José Bernay, secretario.
F.C. 04-00050304 2 v./19/04/2024

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha18/04/2024

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930