Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 12 de abril de 2024

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
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dispuesto en el art. 26 del Reglamento SJE. El saldo del precio de compra, se deberá abonar dentro de los cinco 5 días hábiles de aprobarse el remate mediante transferencia electrónica a la cuenta N:5-968068/3 -CBU
3860005803000096806831 art. 24 del Reglamento SJE o por cualquiera de los medios habilitados por el Portal, bajo el apercibimiento establecido en el art. 25 Reglamento SJE.- d Postor remiso; llamado al 2do o 3er postor:
En caso de declararse postor remiso al primer postor por no verificarse el pago alguno de los importes correspondientes en los plazos indicados en el apartado anterior, se dará aviso desde el Portal y el mail denunciado en la inscripción como postor a quienes hubieren ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la compra, se cumplimente con las obligaciones para resultar adquirente del bien subastado art. 25 Reglamento SJE. En caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta.- e Perfeccionamiento de la venta: Aprobado el remate y verificada la integración del precio de compra por el tribunal, se procederá a la tradición del bien inmueble, quedando perfeccionada la venta -art. 572 CPCC-.- f Compensación del precio para el acreedor: La eximición de todo o parte del precio obtenido en subasta a favor del acreedor, sólo se admitirá en caso de autorización judicial previa art. 15
Reglamento SJE.- g Obligaciones del comprador desde la toma de posesión: El adquirente estará obligado al pago de las contribuciones, impuestos y tasas fiscales, desde el día de la toma de posesión de los mismos o desde que se hallare en condiciones de tomarla, art. 149 del Código Fiscal.- h Impuestos y gastos de transferencia: Dentro de los quince 15 días de notificada la aprobación del remate -art. 240 Código Fiscal-, y para habilitar la transferencia del bien adquirido, el comprador deberá acreditar el pago del sellado previsto por el art.
205 del Código Fiscal y el art. 13. inc. 5 a de la Ley Impositiva, debiendo soportar todos los gastos relativos a la inscripción - arts. 1138 y 1141 del Cód. Civil y ComercialQueda a disposición de las partes interesadas el expediente para el examen del título y deudas que pesan sobre el inmueble. Publíquese edictos por dos 2 veces en el Boletín Oficial y en un medio local de esta ciudad. Visitas se podrá coordinar con el martillero del día y hora en las Of. Rocamora 585, contacto 3442-645778. Concepción del Uruguay, Entre Ríos Juez, Dra Nora A. Garín, Secretario Diego G. Cherot.
Diego G. Cherot, secretario.

F.C. 04-00050099 2 v./15/04/2024

USUCAPION
NOGOYA

La Sra. Jueza María Gabriela Tepsich, Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de la Ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos; Secretaría Única de la Dra. María Laura Alasino, en los autos caratulados: Díaz Diego Rubén y Otra C/ Propietario Desconocido S/ Usucapión Expte N 7477, cita y emplaza por el término de quince 15 días contados a partir de la última publicación del presente a: Propietarios Desconocidos y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble sito en el Departamento Nogoyá, Ejido Nogoyá, Planta Urbana de esta Ciudad, Manzana N 254, Domicilio parcelario Calle Belgrano S/N a 46,30m de calle La Rioja, de una superficie de: TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS OCHENTA
DECÍMETROS CUADRADOS 357 m2, 80 dm2, según Plano de Mensura N 20.879, Partida Provincial N 09 109835/3; con los siguientes límites y linderos: NORTE: recta 1 2 sur 80 00 Este de 15,30m con Carlos Ibalos poseedor; ESTE: recta 2 3 sur 14 13 oeste de 25,55 m con Calle 3 de Febrero; SUD: recta 3 4 norte 85 07
oeste de 12,26m con Rosario Díaz poseedor; OESTE: recta 4 1 al N 7 23 E de 26,60m con Calle Belgrano;
para que comparezcan a juicio a tomar la intervención correspondiente, bajo apercibimiento de nombrárseles Defensor de Ausentes, con el que se seguirán los trámites de la causa -art. 329 y 669 inc. 2 y 3 del CPCC-. Se deja expresa constancia que la presente se suscribe mediante firma digital.
Nogoyá, 15 de marzo de 2024 - María Laura Alasino, secretaria.
F.C. 04-00050073 2 v./15/04/2024

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha12/04/2024

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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