Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 27 de marzo de 2024

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
37

RESOLUCIONES
PARANA

RESOLUCION Nº 0740/24 C.G.E.

CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN
Paraná, 19 de marzo de 2024

VISTO:
Las circulares 01 S.G. de fecha 9 de marzo de 2011 y 02 S.G. de fecha 17 de junio de 2015 y la necesidad de fijar un criterio al respecto; y CONSIDERANDO:
Que en las citadas circulares se reitera que ante la recepción de Cédulas, Oficios, Mandamientos y toda otra notificación judicial dirigida al Consejo General de Educación o a sus Apoderados Legales, las mismas debieran ser remitidas de forma urgente al área respectiva; y Que la Dirección de Asuntos Jurídicos vuelve a observar incumplimientos al respecto y solicita se reitere y comunique lo informado en las circulares citadas con información actualizada; y Que el incumplimiento por parte de los agentes docentes o auxiliares de educación, que reciban los instrumentos antes mencionados y no den aviso y/o no remitan la documentación a la superioridad, generarán un perjuicio para el organismo, dado que implican plazos judiciales distintos a los administrativos;
Que, por tal motivo, la Dirección General de Asesoría Legal y Técnica del organismo propone la confección de un reglamento para dichos procedimientos en la recepción de Cédulas, Oficios, Mandamientos y toda otra notificación judicial; con consecuencias disciplinarias ante su cumplimiento; y Que Vocalía del Organismo autoriza y dispone el dictado de la presente; y Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 263 y 264 de la Constitución Provincial y por los Artículos 166 a 168 de la Ley de Educación 9.890;
Por ello;
Consejo General de Educación RESUELVE:
Art. 1º - Aprobar el PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN DE CÉDULAS - OFICIOS - MANDAMIENTOS Y/O
NOTIFICACIONES JUDICIALES que, como anexo, forma parte de la presente, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º Establecer que el incumplimiento del presente reglamento dará lugar al ejercicio de la potestad disciplinaria por parte del organismo.
Art. 3º Dejar aclarado que el presente reglamento no se opone, ni modifica lo normado por la Directiva 8/16
SGG, sosteniendo su vigencia.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y remítase copia a: Presidencia, Vocalía, Secretaría General, Dirección de Asuntos Jurídicos, Dirección de Informática y Sistemas, Dirección de Innovación, Información y Planeamiento, Direcciones de Educación, Coordinación de Direcciones Departamentales de Escuelas, Direcciones Departamentales de Escuelas, establecimientos educativos. Cumplido, archívese.
Alicia M. Fregonese, presidente, Carla S. Dure, vocal, Santiago S.A. Laumann, vocal, Elsa Chapius, vocal, Susana Congo, vocal.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha27/03/2024

Nro. de páginas75

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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