Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 21 de marzo de 2024

BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
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DECRETOS
MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 331/24 MPIyS
DESIGNACIÓN DE TOLER, MARIO G.R.
Paraná, 14 de febrero de 2024
VISTO:
El Art. 15 de la Ley N 9678; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se dispone que el Ente Regulador del Recurso Termal de Entre Ríos será dirigido y administrado por un Directorio Integrado por tres miembros, todos designados por el Poder Ejecutivo, de los cuales uno será el Presidente, otro el Vicepresidente y otro Vocal;
Que atento a la vacancia del cargo de Vocal, a efectos de dar cumplimiento a los lineamientos de trabajo fijados para dicho Ente, se propone la designación del Sr. Mario Guillermo Ramón TOLER, quien reúne los requisitos e idoneidad para el desempeño del mismo;
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 15 de la Ley N 9678;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Desígnase a partir del 26 de enero del corriente año, como Vocal del Ente Regulador del Recurso Termal de Entre Ríos, al Sr. Mario Guillermo Ramón TOLER, M. I. N 17.777.966.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE
PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS.Art. 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.ROGELIO FRIGERIO
Abel R. D. Schneider -----DECRETO Nº 344/24 MPIyS
CONVENIO DE PAGOS
Paraná, 22 de febrero de 2024
LA VICEGOBERNADORA DE LA PROVINCIA A CARGO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E T A:
Art. 1º.- Facúltese al Ministro de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, a partir de la sanción del presente Decreto, para que en representación del Gobierno de la Provincia, por si y/o en forma conjunta con los titulares de los entes descentralizados y autónomos del Estado Provincial a cuyo cargo se encuentre la ejecución de obras públicas, a suscribir convenios de pago de mutuo acuerdo con los Contratistas, en los cuales se disponga la cancelación de la deuda por certificados de obra básicos y redeterminados, exigibles, no cedidos y con órdenes de pago autorizadas al 31 de diciembre de 2023, bajo condición de desistimiento y renuncia de los reclamos administrativos o acciones judiciales existentes sobre los mismos y conforme a las siguientes pautas:
a Pagaderos en hasta en tres 3 cuotas mensuales y consecutivas.
b Un último pago, que se efectivizará dentro de los noventa 90 días de suscripto cada convenio, en concepto de intereses moratorios desde el vencimiento de cada certificado y hasta la fecha de celebración del convenio, conforme liquidación que deberá practicarse y aprobarse oportunamente, y con renuncia a intereses devengados a partir de la fecha de celebración del convenio.
Art. 2.- Disponer que el Ministro de Planeamiento, Infraestructura y Servicios y los titulares de los Entes Descentralizados y Autónomos del Estado Provincial, aprobaran mediante resolución, previa intervención de Fiscalía de Estado, los acuerdos celebrados.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha21/03/2024

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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