Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 6 de febrero de 2024

BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
35

Artículo 10.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Artículo 11º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ROGELIO FRIGERIO
Manuel Troncoso -----DECRETO Nº 141/24 MGT
DESIGNACION DE JUNTA DE GOBIERNO DE ARROYO LAS TUNAS
Paraná, 22 de enero de 2024
VISTO:
Las Elecciones Provinciales del 22 de octubre del corriente año; y CONSIDERANDO:
Que, se eligió los representantes del pueblo para los cargos Legislativos y Ejecutivos, Provinciales, Municipales, Comunales y de Juntas de Gobierno; y Que, en la provincia hay Centros Rurales de Población que no cuentan con circuitos electorales exclusivos, imposibilitando la elección de sus Juntas de Gobierno por el voto popular tal como indica la normativa aplicable; y Que, la Senadora Provincial del Departamento Federal Nancy Miranda adjuntó nómina y copias de DNI de ciudadanos solicitando la designación de los miembros de la Junta de Gobierno del Centro Rural de Población de Arroyo Las Tunas del Departamento Federal; y Que, a fojas 10/17 obra acta de la Junta Electoral del Departamento Federal de la que surge que la Junta de Gobierno de Arroyo Las Tunas no cuenta con Circuito Electoral establecido; y Que, a fojas 18/19 el Departamento Asesoría Técnica de la Dirección de Juntas de Gobierno dictaminó que:
la Junta de Gobierno de Arroyo Las Tunas, no cuenta con Circuito Electoral establecido, por ello es que se utiliza Decreto del Ejecutivo para la designación de sus miembros, tal como se hacía en todas las Juntas de Gobierno de la Provincia previo a la Sanción de la Ley N 9.480 que incorpora la elección de los integrantes mediante el voto universal, secreto y obligatorio de los ciudadanos domiciliados en la Jurisdicción correspondiente, por lo que el trámite se hallaría motivado en la misma causal del acto emitido oportunamente y finaliza diciendo que: Por todo lo expuesto y de acuerdo a la normativa aplicable, esta asesoría concluye que no existirían objeciones de tipo jurídicas para el nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno de Arroyo Las Tunas, la que debería realizarse mediante Decreto; y Que, existe como antecedente el Decreto N 287/20 MGJ, donde no habiendo sido posible desarrollar los comicios para la elección de autoridades de la Junta de Gobierno del mencionado Centro Rural de Población, se procedió a designar a los integrantes de la Junta de Gobierno mediante Decreto; y Que, con fundamento en el antecedente antes mencionado, corresponde proceder a designar a los miembros de la Junta de Gobierno del Centro Rural de Población de Arroyo Las Tunas del Departamento Federal, Por ello;
El Gobernador de la Provincia DECRETA:
Artículo 1.- Desígnase los miembros de la Junta de Gobierno del Centro Rural de Población de Arroyo Las Tunas del Departamento Federal, por el período que marca la Ley Provincial N 7.555 y sus modificatorias la que quedará constituida de la siguiente manera:
Presidente: Teófilo Gustavo Godoy, DNI N 22.065.681.
Vocales titulares: Selva Soledad Short, DNI N 42.241.349; Jacinto Nahuel Ramírez, DNI N 35.717.648;
Araceli Lujan Short, DNI N 40.406.969; Sergio José Varela, DNI N 47.521.486.
Vocales Suplentes: Luciana Agostina Ruiz Diaz, DNI N 42.241.384; Antonio Exequiel Díaz, DNI N
40.790.772; Magdalena Jaqueline Espíndola, DNI N 40.790.646.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha06/02/2024

Nro. de páginas61

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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